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La Comisión de Derechos Humanos,
Guiada por la Declaración Universal de Derechos
Humanos, la Carta de las Naciones Unidas, los Pactos Internacionales
de derechos humanos y la Convención Internacional sobre
la Eliminación de todas las Formas de Discriminación
Racial,
Recordando el compromiso alcanzado en la Declaración
y Programa de Acción de Viena aprobados en junio de 1993
por la Conferencia Mundial de Derechos Humanos (A/CONF.157/23)
sobre la eliminación del racismo, la discriminación
racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia,
Recordando también sus resoluciones 2000/40, de
20 de abril de 2000, 2001/43, de 23 de abril de 2001, y 2002/39,
de 23 de abril de 2002,
Tomando nota de la Declaración y Programa de Acción
de Durban, aprobados en septiembre de 2001 por la Conferencia
Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la
Xenofobia y las Formas Conexas de Intolerancia (A/CONF.189/12),
Teniendo presente la responsabilidad de los gobiernos
de garantizar la igualdad que se propugna en los instrumentos
internacionales y regionales de derechos humanos pertinentes,
entre otros en la Declaración Universal de Derechos Humanos,
en los Pactos Internacionales de derechos humanos y en la Convención
Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas
de Discriminación Racial,
Reafirmando que los actos de violencia y discriminación
raciales no constituyen legítimas expresiones de opinión,
sino delitos,
Alarmada aún por el aumento del racismo, de la
discriminación racial, de la xenofobia y de las formas
conexas de intolerancia en los círculos políticos,
en la opinión pública y en la sociedad en general,
Reconociendo el papel fundamental de la educación
y de otras políticas activas en la promoción de
la tolerancia y del respeto del prójimo y en la construcción
de sociedades pluralistas e incluyentes,
1. Sigue convencida de que las plataformas políticas y
las organizaciones basadas en el racismo, la xenofobia o las doctrinas
de superioridad racial y la discriminación conexa deben
condenarse por ser incompatibles con la democracia y la gestión
transparente y responsable de los asuntos públicos;
2. Condena la legislación y las prácticas basadas
en el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y
las formas conexas de intolerancia por ser incompatibles con la
democracia y la gestión transparente y responsable de los
asuntos públicos;
3. Reafirma que el racismo, la discriminación racial,
la xenofobia y las formas conexas de intolerancia aprobados por
políticas gubernamentales violan los derechos humanos y
pueden poner en peligro las relaciones de amistad entre los pueblos,
la cooperación entre las naciones, la paz y la seguridad
internacionales y la armonía entre las personas que conviven
dentro de un mismo Estado;
4. Reafirma también que toda forma de impunidad aceptada
por las autoridades públicas respecto de los delitos motivados
por actitudes racistas y xenófobas contribuye a debilitar
el estado de derecho y la democracia y tiende a fomentar la repetición
de tales actos;
5. Condena la persistencia y la reaparición del neonazismo,
el neofascismo y de ideologías nacionalistas violentas
basadas en prejuicios raciales o nacionales, y declara que esos
fenómenos no se pueden justificar en ningún caso
ni bajo ninguna circunstancia;
6. Insta a los Estados a reafirmar su compromiso de promover
la tolerancia y los derechos humanos y luchar contra el racismo,
la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas
de intolerancia como medio de fortalecer la democracia, el estado
de derecho y la gestión transparente y responsable de los
asuntos públicos, y a ese respecto recomienda medidas como,
por ejemplo, la introducción o el fortalecimiento de la
educación en materia de derechos humanos en las escuelas
y en las instituciones de enseñanza superior;
7. Destaca la función clave que los dirigentes y los partidos
políticos pueden y deben desempeñar en el fortalecimiento
de la democracia mediante la lucha contra el racismo, la discriminación
racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, y alienta
a los partidos políticos a que tomen medidas concretas
para promover la solidaridad, la tolerancia y el respeto;
8. Invita a los mecanismos de la Comisión y a los órganos
creados en virtud de tratados a que sigan prestando particular
atención a las violaciones de los derechos humanos derivadas
del aumento del racismo y la xenofobia en los círculos
políticos y en la sociedad en general, especialmente en
lo que respecta a su incompatibilidad con la democracia;
9. Toma nota del informe de la Alta Comisionada de las Naciones
Unidas para los Derechos Humanos (E/CN.4/2003/62 y Add.1);
10. Toma nota también de los resultados del seminario
de expertos celebrado en Ginebra, en noviembre de 2002, por la
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos sobre la interdependencia entre democracia y derechos
humanos, que se exponen en el documento E/CN.4/2003/59;
11. Invita al Relator Especial sobre las formas contemporáneas
de racismo, discriminación racial, xenofobia y formas conexas
de intolerancia a que actualice y amplíe el estudio sobre
la cuestión de las plataformas políticas que promueven
la discriminación racial o incitan a ella (A/CONF.189/PC.2/21
y Corr.1 y 2) y a que lo presente a la Comisión en su 60º
período de sesiones;
12. Decide seguir examinando esta materia en su 60º período
de sesiones con relación al mismo tema del programa.
58ª sesión,
23 de abril de 2003.
[Aprobada sin votación.
Véase cap. XI. - E/CN.4/2003/L.11/Add.4]
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