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Frente a la actual crisis en las cárceles
ecuatorianas, la Comisión Ecuménica de Derechos
Humanos considera que:
El actual estado de tensión en las cárceles pudo
haberse prevenido de no aprobarse medidas que responden a una
filosofía del endurecimiento, sin pensar en las condiciones
de reclusión ni las consecuencias que generarían.
Una muestra de esta "filosofía del endurecimiento"
es la aprobación de la "detención en firme"
(Art. 160 del Código de Procedimiento Penal, vigente
desde enero de 2003), que impide la aplicación del Art.
24, Num. 8 de la Constitución, el cual establece la prescripción
de la prisión preventiva para las personas que no hubieren
obtenido sentencia en seis meses (si el delito se pena con prisión)
o un año (si el delito se sanciona con reclusión).
Una consideración fundamental para la aprobación
del Art. 24 era que el 70% de los reos en las cárceles
ecuatorianas no contaba con sentencia. Es verdad que este artículo
debía normarse con precisión, a fin de que los
reos que no se presentaran a las audiencias para dilatar el
juicio y salir libres no pudieran acogerse a él, pero
no quedar sin efecto.
Otro ejemplo es la reforma del Art. 33 del Código de
Ejecución de Penas, que eliminó el "dos por
uno", por el cual los internos que habían demostrado
buena conducta obtenían una reducción de 180 días
anuales desde la fecha de su detención. Este artículo
buscaba la descongestión de las cárceles ecuatorianas,
uno de los mayores problemas de los centros de detención
en el país. Sin embargo, el remedio ha sido peor que
la enfermedad: la "detención en firme" ha logrado,
en un solo año, abarrotar las cárceles y ponerlas
en el actual estado de tensión.
Si bien la CEDHU está consciente de que la crisis actual
se origina en un problema estructural del sistema carcelario,
que debe resolverse en lo mediato, como mecanismo urgente para
resolver la coyuntura carcelaria propone estas medidas:
La repatriación de los internos extranjeros. Sobre este
tema existen ya antecedentes. El presidente de la Corte Suprema
de Justicia, por ejemplo, ha afirmado que a inicios de año
fueron repatriados 10 reos españoles. El mecanismo para
la repatriación, entonces, ya es operativo, sin embargo,
es importante que exista una normativa para su aplicación
ágil.
La aplicación un sistema de rebaja de penas con base
en la buena conducta de los reos.
La realización de una auditoria independiente sobre
los bienes incautados al narcotráfico, ya que, según
la ley, una parte del dinero obtenido de su remate debe aportar
al presupuesto del Sistema Nacional de Rehabilitación,
cuyo déficit actual es otra de las causas de la actual
situación de tensión. Sin embargo, muchos de esos
bienes, en lugar de ser rematados, han sido entregados en comodato
a la policía.
*CEDHU. La Comisión Ecuménica
de Derechos Humanos, es una organización social cuya misión
es promover la vigencia de los derechos humanos y fomentar el
respeto a la dignidad de todas las personas.
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