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El deterioro del conflicto colombiano se agudiza en los últimos
años, con la aplicación del Plan Colombia que inicia
en 1999 y en el régimen presidencial de Álvaro Uribe
Vélez, acentuando el problema de violencia y generando
una grave crisis humanitaria y de derechos humanos para millones
de colombianos y colombianas, que se ven obligados a hacer desplazamientos
internos y a atravesar las fronteras buscando "protección
internacional" en los países vecinos y otros del mundo.
En el caso ecuatoriano, desde enero del 2000 hasta mayo del 2003
han solicitado refugio alrededor de 17mil colombianos/as. Este
incremento masivo del número de solicitantes de refugio
rebasó las posibilidades de respuesta de las instituciones
como el ACNUR y la Oficina de Derechos Humanos-Refugio de la Cancillería,
lo que ha provocado una gran vulnerabilidad a los derechos de
los solicitantes de refugio en nuestro país.
Aunque el conflicto colombiano es un tema de mucho interés
regional e internacional, que convoca a muchas reuniones, éstas
se han centrado en discusiones sobre la lucha "antiterrorista",
el problema del narcotráfico, la venta ilegal de armas
y las medidas de seguridad a los largo de la frontera colombiana.
Para nada se discute las consecuencias de este conflicto sobre
la población civil. La problemática social del desplazamiento
interno y refugio internacional no es motivo de análisis
ni reflexión de parte de los Estados para visualizar la
problemática y proporcionar respuestas dando cumplimiento
a lo que señalan las normas internacionales sobre los refugiados.
Se estima que de los registros oficiales de solicitantes de refugio
, esta es apenas una fracción del total , pues existe un
número importante de colombianos que por desinformación
o miedo ingresan silenciosamente.
Plan Colombia recrudecimiento del conflicto y las consecuencias
en la sociedad civil colombiana
El Plan Colombia surge estrechamente vinculado al discurso de
paz del presidente Andrés Pastrana, quien sin mucha difusión
lo dio a conocer en diciembre de 1998 y formó parte de
los preacuerdos entre el gobierno y las FARC con anterioridad
a su instalación oficial, el 7 de enero de 1999. El Plan
Colombia fue inicialmente programado como un programa de desarrollo
integral para Colombia que pretendía actuar simultáneamente
en cuatro frentes: fortalecimiento institucional y desarrollo
social, recuperación económica y social, negociación
política del conflicto, lucha contra el narcotráfico.
Lo que se destaca con mayor fuerza e inversión es el reforzamiento
militar y policial en entrenamiento contra el narcotráfico,
que trajo como consecuencia un enorme costo humano y económico
para las poblaciones campesina de las regiones intervenidas "Se
estima que debido a la lucha antinarcótica y antiguerrilla
de gobierno, existe en Colombia más de dos millones de
desplazados por razones de violencia"(1).
En estos últimos tres años, como consecuencia de
la agudización de la violencia generalizada, la salida
de miles de colombianos/as es huir hacia los países hermanos
y otros del mundo.
Siendo uno de los centros de operaciones del Plan Colombia la
zona del Putumayo, frontera con el Ecuador, el impacto es evidente
y se traduce en miles de desplazados colombianos en la frontera
norte, lo que fue generando desequilibrios sociales y económicos
en zonas que históricamente presentan altos niveles de
pobreza e indigencia, incursiones de fuerzas guerrilleras y paramilitares
en territorio ecuatoriano en forma de secuestros, intimidación,
ejecuciones, posibilidades de traspaso de cultivos de coca y amapola,
intervención del Ecuador en el conflicto en el sentido
de que la Base de Manta tendrá un papel clave en operaciones
de intercepción aérea dentro del Plan Colombia,
pues el apoyo financiero de los EEUU contempla el apoyo a las
instalaciones operativas en Manta para el combate del narcotráfico.
De esta manera, se evidencia que la propuesta del Plan Colombia
al conflicto colombiano se ha traducido en un problema militar
no en un programa de inversión social, con serias repercusiones
en la población colombiana como de incidencia regional.
El fracaso de paz del presidente Pastrana fue canalizado por
Álvaro Uribe Vélez, quien asume el poder en agosto
del 2002, declarando el estado de emergencia, lo que le permite
legislar por decretos y restringir los derechos civiles, crea
la "Red de Informantes" con lo que involucra a la sociedad
civil como auxiliares como informantes desarmados como parte de
la política de ampliar la guerra hacia sectores de la sociedad
civil. De esta manera se generaliza la violencia en todo Colombia
lo que agudiza el desplazamiento forzado interno y para miles
de personas fue cruzar las fronteras a países fronterizos
como el Ecuador. A criterio del Dr. Santiago Martínez,
responsable de la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones
Exteriores del Ecuador, a partir de la presidencia de Uribe el
numero de solicitantes de refugio subió a un promedio de
1200 solicitudes por mes, llegando a enero del 2003 a receptar
1642 por mes.
El Gobierno ecuatoriano frente al Plan Colombia y la política
de seguridad en la frontera norte
Los hechos del 11 de septiembre del 2001 establecieron un nuevo
contexto en la esfera de la política estadounidense en
el mundo y particularmente en la región Andina, la guerra
contra el terrorismo. Así en Colombia la lucha contra la
insurgencia y los grupos irregulares se convierten en el escenario
antiterrorista.
En el Ecuador, desde el primer semestre del 2002, se empiezan
a dar iniciativas de cierre de frontera, la municipalidad de Lago
Agrio dictamina la orden de limitar las horas de operación
del puente del río San Miguel, se intensifican los operativos
de control por parte de la policía, quien argumenta el
aumento de la delincuencia y se solicitan documentos de identificación
a las personas principalmente de origen colombiano. Para el mes
del agosto del mismo año el presidente Gustavo Noboa dictamina
que se aumente el control de la frontera norte y en septiembre
se cierra el Puente Internacional de Rumichaca desde las 22horas
hasta las 6 de la mañana del día siguiente. Al mismo
tiempo el embajador colombiano Eliseo Restrepo señalo que
en Ecuador con muy poco fundamento se tiende asociar a colombianos/as
con actividades delictivas, advirtió además que
las medidas de seguridad adoptadas por el gobierno ecuatoriano
para controlar los flujos migratorios desde Colombia podían
perjudicar el comercio bilateral y crear sentimientos xenófobos".
En el 2003, el nuevo gobierno de Lucio Gutiérrez inicia
sus acciones anunciando a la prensa nacional e internacional,
en su visita a los EEUU, convertirse en el mejor aliado en la
lucha por la paz. Expresó:" Si no apoyamos todos,
de manera más protagónica a Álvaro Uribe,
seguramente se seguirá sacrificando la vida de más
gente", para abril del 2003 promulga el decreto ejecutivo
para declarar áreas de reserva de 20 kilómetros
de ancho en la frontera con Colombia, así como 10 millas
náuticas en el Pacífica para reforzar la seguridad
y protección del ambiente comercial. Esta disposición
preocupa a los organismos de derechos humanos, pues conllevaría
a la limitación de los derechos y garantías de las
poblaciones de estas zonas y entre ellos a los solicitantes de
refugio colombianos.
Cifras del incremento de colombianos/as que solicitan refugio
en el Ecuador
Según los datos reportados por la Oficina de los Refugiados
del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del año
2000 se da un incremento sin precedentes en las solicitudes de
refugio de población colombiana al Ecuador. Sucesos como
la agudización del conflicto interno colombiano con la
aplicación del Plan Colombia, mayores enfrentamientos entre
los grupos armados, violencia generalizada, complican la situación
de la sociedad civil que se ve más afectada y busca como
alternativas de vida salir del país para recibir protección
internacional.
En el año 2000, hubieron 323 solicitudes de refugio de
colombianos/as, para el 2001 se incrementó a 1770, en el
2002 llegaron a 6244 y en el año 2003, hasta el mes de
mayo ya se registraban 6106. De estos datos se visualiza con claridad
que las solicitudes de enero a mayo del presente año (6130),
ya representan el 98% del total de las solicitudes recibidas en
el año 2002 (6244 solicitudes). Lo que significa que para
fines de año habrá el doble de las solicitudes en
relación al año anterior. Estas cifras nos revelan
también, que la gran cantidad de solicitudes rebasó
la capacidad técnico-administrativa de la Oficina de Refugiados/as
de la Cancillería, según versión de Santiago
Martínez, responsable de esta Oficina.
Otro dato que se revela en los solicitantes de refugio colombianos/as,
es que ya no solo están llegando y viviendo en provincias
fronterizas, como sucedía hace dos o tres años,
sino que se dirigen al interior del país en busca de mejores
posibilidades de sobrevivencia y más opciones laborales.
(Quito, Santo Domingo de los Colorados, Cuenca, Guayaquil y otros).
Se argumenta además que estas cifras oficiales representan
apenas una fracción del conjunto real de las personas que
ingresan silenciosamente al Ecuador (unas por temor o seguridad
personal u otras por que no saben del programa de refugio).
Frente a esta realidad es ya imposible invisibilizar la presencia
de esta gran cantidada de población colombiana que llega
huyendo de la violencia, buscando refugio formal o informalmente.
Según Martín Gottwald del ACNUR, "...el hecho
de no tener la documentación adecuada, como de refugiado/a
o solicitante de refugio, coloca a estas personas en situación
de vulnerabilidad, porque sin papeles carecen de muchos derechos
(estudiar, trabajar, etc.....pues se debería atender sin
tomar en cuanta el estatus legal de estas personas" (2).
Solicitantes de refugio en la Ciudad de Ibarra
De dónde vienen y que los motivó a salir
de su país
Según testimonios de los hombres y mujeres colombianos
en la ciudad de Ibarra, las causas de desplazamiento interno como
internacional hacia países vecinos tienen que ver con amenazas
colectivas a poblaciones enteras por parte de guerrilleros y paramilitares,
por enfrentamientos armados (temor a estar en medio del fuego
cruzado), las masacres, el deseo de evitar el reclutamiento forzado
por parte de los actores armados. Bajo este panorama (violencia
generalizada) en la actualidad ya no vienen únicamente
campesinos de las zonas de fronterizas de Nariño y Putumayo,
sino que están llegando gente de zonas urbanas y del resto
de departamentos de Colombia.
|
Departamento
|
Nº de Solicitantes
|
| Del Valle |
116
|
| Quindío |
96
|
| Nariño |
50
|
| Cauca |
37
|
| Cundinamarca |
21
|
| Caldas |
20
|
| Tolima |
17
|
| Putumayo |
16
|
| Antioquia |
16
|
| Norte de Santander |
9
|
| Meta |
7
|
| Risaralda |
6
|
| Caquetá |
5
|
| Chocó |
4
|
| Cesar |
2
|
| Barranquilla |
2
|
| Magdalena |
2
|
| Huila |
1
|
| Bolívar |
1
|
| Boyacá |
1
|
Fuente Base de Datos Pastoral Migratoria-ACNUR
de Ibarra, Enero a Junio del 2003
De los 33 departamentos que tiene Colombia han llegado de 20,
lo que evidencia la generalización del conflicto y la agudización
del la problemática para población civil.
Del registro de los solicitantes de refugio en Ibarra, los motivos
por los que salen del país son: por amenazas de guerrilleros
y paramilitares el 55%, por violencia el 16.5%, por reclutamiento
forzado el 14.4%, por vacunas el 5.3%, por desempleo el 8.5% y
por la delincuencia el 1.1%. Evidenciándose de esta manera
que los motivos están directamente relacionados con la
agudización del conflicto colombiano con la aplicación
del Plan Colombia.
Quienes son los solicitantes de refugio
De los registros en Ibarra , en los seis primeros meses del 2003,
existen 447 solicitudes de población colombiana, de los
cuales 337 son hombres que representa el 75.3% y 110 son mujeres
el 24.6%. Este número representa las solicitudes individuales,
pero en muchos casos cada solicitud implica más miembros
familiares, generalmente menores de edad.
En cuanto a las edades, alrededor del 90% oscila entre los 18
y 50 años son personas jóvenes y adultas que están
dentro de la categoría de población económicamente
activa. Otra característica que se evidencia de los datos
y entrevistas es que el perfil de la población es muy diversa
con ocupaciones que van desde comerciantes, artesanos, agricultores,
amas de casa, obreros de la construcción y también
aparecen profesionales universitarios (médicos, terapeutas,
licenciados, contador, dentista, etc). Estos últimos a
criterio de la Hermana Johana da Silva de la Pastoral Migratoria,
son los que más dificultad tienen para ubicarse laboralmente
y la mayoría está en el comercio informal. Otro
grupo vulnerable es el caso de las mujeres solas con hijos que
enviudaron o reclutaron a sus parejas, con estas mujeres se emprende
acciones de seguimiento y apoyo más regular.
Itinerario que hacen los solicitantes de refugio de Ibarra
El trayecto de los desplazados/as colombianos/as al ingreso por
la frontera empieza en "Rumichaca", lugar donde se notifica
su ingreso y les otorgan un permiso de entrada. Este permiso tiene
que ser presentado en la Policía de Migración quien
les otorga un permiso de permanencia, válido para tres
meses. Teniendo conocimiento de la existencia de la oficina de
ACNUR-Pastoral Migratoria acuden, el trámite empieza llenando
un cuestionario amplio que lo hace una abogada, datos que ayudan
a determinar si los/as solicitantes cumplen con los requisitos
para ser considerados/as como refugiados/as. Una segunda instancia
es luego de que son enviadas a la Oficina de Refugio del Ministerio
de Relaciones Exteriores en Quito; en estas dependencias entra
al registro y estudio por parte de la "Comisión de
Elegibilidad" que en la actualidad se está reuniendo
dos veces por semana y acuden a las oficinas de Ibarra para hacer
entrevistas personales a los solicitantes de refugio, luego de
lo cual en un mes y medio según Santiago Martínez
entran a reunión de la comisión para la resolución.
Para este tiempo de espera se otorga un Certificado Provisional
para el Solicitante de Refugio válido para tres meses.
Para muchos este trámite es muy largo de cinco a seis meses
y hasta un año. Este problema se agudiza en este último
período por el aumento masivo de solicitudes , alrededor
de 1210 por mes, que ha llegado a desbordar la capacidad técnica
y administrativa de la Oficina de Refugiados.
Ibarra, una ciudad pequeña, más al interior de
la frontera, constituye para unos/as solicitantes el espacio de
estadía temporal hasta legalizar su situación; luego
buscan otra ciudad más dinámica y que les brinde
más oportunidades, esta aseveración la hacen los
hombres solos. Para las mujeres solas con hijos o los grupos familiares
manifiestan mantenerse viviendo en esta ciudad en donde , con
la ayuda de la Pastoral y ACNUR, han logrado capacitarse e ir
encontrando alternativas.
Contexto jurídico de los solicitantes de refugio
Aplicabilidad de las normas establecidas en los instrumentos
nacionales e internacionales
A los miles de solicitantes de refugio colombianos/as los ampara
los principios y normas internacionales, establecidas en la Convención
de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo
de 1967, instrumentos que han sido suscritos y ratificados por
el Estado ecuatoriano. De manera adicional, nuestra legislación
secundaria incorporó los principios de la Declaración
de Cartagena de 1984. Lo imperativo en cuanto a la aplicabilidad
de la Convención y el Protocolo está en las obligaciones
y responsabilidades de todo Estado que firmado y ratificado estos
instrumentos.
Partiendo de lo que establece el artículo 1 A(2) de la
Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados,
el término "refugiado" se aplica a cualquier
persona que "debido a temores fundados de ser perseguida
por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia
a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra
fuera del país". Adicionalmente, la Declaración
de Cartagena amplía el concepto de refugiado, al establecer:
"que se considere a las personas que han huido de sus
países por que su vida, su seguridad y su libertad han
sido amenazadas por la violencia generalizada, los conflictos
internos, la violación masiva de los derechos humanos
u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden
público.(parte III, inciso 3)
Otra consideración en la convención, es la referida
en el Art. 31, que establece:
"Los Estados Contratantes no impondrán sanciones
penales, por cuenta de su entrada o procedencia ilegales, a
los refugiados que, llegando directamente del territorio donde
su vida o su libertad estuviera amenazada en el sentido previsto
en el Art. 1, hayan entrado o se encuentren en el territorio
de tales Estados sin autorización , a condición
de que se presenten sin demora a las autoridades o aleguen causa
justificada de su entrada o presencia ilegales".
Otra disposición de la Convención y reiterada en
la Declaración de Cartagena como piedra angular de la protección
internacional es el principio de "no devolución"
en las fronteras para los refugiados.
Todas estas normas se insertan en el caso de los/as colombianos/as
que acuden a nuestro país. Bajo estos parámetros
el ACNUR delimita que los colombianos/as que no pueden regresar
a su país son personas que requieren protección
internacional, dada la escalada de la violencia y en razón
de la presencia de grupos guerrilleros y paramilitares en todo
el territorio. Bajo este contexto, muchas de las solicitudes de
asilo, podrían caer en el ámbito de lo que establecen
los instrumentos internacionales.
En la experiencia real, la situación de miles de solicitantes
de refugio colombianos/as se torna de gran vulnerabilidad por
los mecanismos y procedimientos de la normativa del Estado ecuatoriano.
El largo trayecto de la tramitación de la solicitud de
refugio y la disposición que durante este tiempo no pueden
trabajar, los coloca en condición de dependencia de programas
de asistencia. Las nuevas dificultades que enfrentan generan y
agudizan problemas emocionales que ya los tenían, como
angustia, depresiones, baja autoestima, etc. Ante esta realidad
social emergente se tiene que trazar política de respuesta
viables y oportunas que disminuya el sufrimiento y penalidad de
esta población, la cual viene acarreando rupturas familiares,
lazos sociales y culturales.
Situación laboral de los solicitantes de refugio
colombianos/as en la ciudad de Ibarra
El trabajo como derecho fundamental para el desarrollo integral
de las personas y bienestar familiar está ampliamente normado
a nivel nacional e internacional. Toda persona tiene como necesidad
básica de vida la ocupación y la retribución
por ésta, como medio para poder subsistir, el o ella y
su familia.
Dada la importancia del trabajo como factor organizador y estabilizador
de la vida psíquica y las condiciones de subsistencia humanas,
es necesario anotar las repercusiones en la vida de los/as solicitantes
de refugio, al no contar con este derecho fundamental.
Normas y principios del derecho al trabajo en la Constitución
Política Ecuatoriana y en la normativa internacional
A nivel nacional e internacional, las normas relacionadas con
el derecho al trabajo están muy desarrolladas, inclusive
en lo relacionado con los derechos laborales.
El Pacto Interamericano de Derechos Económicos Sociales
y Culturales PIDES (1966), el trabajo es uno de los primeros derechos
específicos reconocidos en su Art. 6, y reza: "el
derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida
mediante un trabajo"; Art. 7 "...el derecho de toda
persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y en especial:
a) Una remuneración que proporcione como mínimo
a todos los trabajadores: i) Un salario equitativo e igual por
trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna clase...,
ii):Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias..."
En el Convenio 133 de la OIT sobre política de empleo,
en el Art. 122 y en la Declaración Universal de Derechos
Humanos(1948), en el Art. 23, se plantea "el derecho al trabajo
a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas
y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el
desempleo".
Todas estas evoluciones en el derecho internacional, conllevan
a determinar la importancia de analizar el "derecho al trabajo"
desde una perspectiva de derecho humanos y a partir de ahí
visualizar las peculiaridades de lo que está sucediendo
con los solicitantes de refugio.
En el ámbito nacional, la Constitución Política
del Estado en su Art. 13, plantea: "Los extranjeros gozarán
de los mismos derechos que los ecuatorianos con las limitaciones
establecidas en la Constitución y la ley. En nuestro país
está garantizado el derecho a "la libertad de empresa
con sujeción a la ley" (Art 23 No 16); a la libertad
de trabajo y la prohibición expresa de que ninguna persona
podrá ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso"
(Art. 23 No.17). El Art. 35 es más decidor al establecer:
"El trabajo es un derecho y un deber social, que goza de
la protección del Estado, el que asegurará al trabajador
el respeto a su dignidad, una existencia decorosa y una remuneración
justa que cubra sus necesidades y las de su familia..."
Todo este marco constitucional constituye el marco jurídico
para demandar y crear legislación, el derecho humano al
trabajo que tienen los/as solicitantes de refugio.
Vulneración del derecho al trabajo
El panorama amplio legal y jurídico que ampara a las personas
no ha impedido que la situación de miles de solicitantes
de refugio colombianos se torne frágil. El Estado ecuatoriano
lejos de cumplir con sus obligaciones, vulnera el derecho al trabajo,
lo obstaculiza o no genera las condiciones o acciones positivas
bajo los estándares internacionales.
Durante el tiempo que transcurre entre la petición y la
resolución final, incluida la apelación en los casos
que se nieguen, a los solicitantes de refugio se les prohíbe
expresamente realizar cualquier actividad laboral. La Cancillería
otorga el certificado provisional, que a partir de febrero del
2003, es un carné, en el que se determina su condición
de solicitante, su estadía en el país, más
no pueden trabajar. Expresamente reza: "El portador de este
certificado no podrá ejercer labores remuneradas por cuenta
propia o independientemente hasta que su solicitud sea considerada
favorablemente por la Comisión para determinar la condición
de Refugiado en el Ecuador"
La indefensión jurídica sobre el derecho al trabajo
de los solicitantes de refugio ha conllevado a múltiples
dificultades y abusos ante posibles empleadores, policía
de migración y municipales. Se presentan casos de explotación
y mala remuneración.
De los datos oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores,
de enero a agosto de este año 2003, solo 1432 personas
(15,93% del total) han recibido estatus de refugiado, 2061 han
sido negadas (22,96%), 304 archivadas (3,38%), 499 pendientes
(5,56%) y el resto 4677 (52,12%) está en trámite,
en espera, lo que ubica a este gran conglomerado en una crítica
vulnerabilidad, principalmente en cuanto al derecho al trabajo.
Todo esto evidencia la grave problemática laboral que
diaria y cotidianamente enfrentan los/as solicitantes de refugio,
según funcionarios de organizaciones como la Fundación
Regional de Asesoría en Derechos Humanos-INREDH, muchos
acuden buscando orientación y asesoría por requerir
una certificación de trabajo. Se han presentado demandas
ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de manera extraordinaria
o especial, amparadas en el "derecho de petición"
Art. 23 No 15 de la CPE).
Lamentablemente no se ha dado respuestas y el planteamiento ha
sido que se está priorizando en la agilidad de los procesos
de solicitud de refugio.
Finalmente, es necesario acotar que el derecho a la igualdad de
trato está estrechamente vinculado al ejercicio y respeto
del principio de no discriminación, que por demás
nos permitirá comprender el ejercicio del derecho al trabajo
en poblaciones vulnerables como los solicitantes de refugio.
Nichos laborales y mecanismos de sobrevivencia de los solicitantes
de refugio en Ibarra
En la ciudad de Ibarra el trabajo disponible para los solicitantes
de refugio es duro, mal pagado y en muchos casos temporal. La
mayoría se dedican al comercio informal: venta de productos,
preparación de comidas que venden en la calle, artesanías
y caramelos en los buses. Estas labores son de carácter
familiar.
Desde la versión del Defensor del Pueblo de Imbabura,
el mayor problema de los ciudadanos colombianos/as en la ciudad
de Ibarra es el referido a trabajo es decir el desempleo. "...para
nuestra población ecuatoriana la preocupación es
que se les va a quitar el espacio de trabajo que tienen los ecuatorianos"
sin embargo esta apreciación se ve desvirtuada según
la explicación de José Gómez Oficial de Campo
de ACNUR en Imbabura, quien manifiesta que "...los colombianos
no están quitando puesto de trabajo, dado que estos se
insertan en la economía informal. La hermana Johana Da
Silva de la Pastoral Migratoria de Ibarra refiere que se han acercado
personas que ofrecen posibilidades de empleo a gente colombiana.
Lo que se presume en estos casos es que pueden tener un trato
inequitativo en lo salarial y en términos de relación
laboral, pues se han dado casos de explotación y usufructo
del trabajo de los solicitantes de refugio por parte de los empleadores
por su condición irregular. Lo que cabe señalar
es que difícilmente se puede hablar de encontrar empleo.
En la mayoría lo que más se evidencia en los solicitantes
de refugio en Ibarra es crear sus fuentes de trabajo con sus propios
medios en el sector informal.
"...somos emprendedores, al colombiano no le gusta ser
dependiente. Desde muchos años atrás ante el problema
de desempleo en Colombia, el colombiano tuvo que emprender creativamente
actividades independientes, tanto artesanales como comerciales,
tenemos camino recorrido e igual lo podemos hacer acá,
no nos gusta depender y buscar empleo es bien complicado, lo
que hacemos es crear fuentes de trabajo". (Hombre de 63
años, artesano y periodista deportivo, oriundo del Valle,
solicitante de refugio"
La población colombiana, a pesar de la adversidad, son
personas emprendedoras y buscan con mucho ingenio sobrellevar
su crítica situación y solventar sus necesidades
básicas de sobrevivencia
De los datos registrados en la Base de Datos de Ibarra, se encuentran
perfiles profesionales diversos, según ellos los itinerarios
laborales en principio se basan en actividades por debajo de sus
destrezas y capacidades laborales, encuentran ocupación
en servicio doméstico, en ventas ambulantes, que representan
actividades transitoriamente no deseadas, que les provoca frustración
y desesperanza, pero, son la respuesta a la lucha por la supervivencia.
Posteriormente, a través de vínculos y relaciones
o apoyo de programas se van generando pequeños negocios
en muchos casos familiares, como restaurantes con bocaditos colombianos,
confección de artículos como ropa de cama, tejidos,
etc.
Es importante resaltar en Ibarra, un proyecto de integración
de la población colombiana emprendida por la Pastoral Migratoria
y ACNUR, talleres de capacitación en diferentes ramas artesanales
en los que se ubican la mitad de cupos para colombianos/as y la
mitad para ecuatorianos/as. Lo que ha permitido emprender lazos
de amistad y solidaridad mutuos en la sociedad ibarreña.
Sin embargo, es indudable que acciones de ACNUR y la Pastoral
Migratoria de Ibarra no han logrado o tienen serias dificultades
de cubrir todas las demandas, protección y ayuda que requieren
los solicitantes de refugio. Según la hermana Valdette
Willeman a penas se logran atender a un 10 a un 15% de todas las
personas que buscan protección y ayuda.
No se puede descartar el problema que se tiene con la población
y autoridades ecuatorianas. Se dan vacilaciones cuando tienen
que emprender alguna relación con personas colombianas,
por desconocimiento no se sabe discernir entre quienes son los
violentos y cuales los víctimas de esa violencia y se generaliza,
muchos de estos criterios están fuertemente influenciados
por la información que trasmiten los medios de comunicación
masiva que relatan de Colombia solo la violencia.
Otro argumento es el referido a que muchos colombianos/as han
elegido venir como migrantes económicos para competir y
aprovecharse de los dólares. Estas razones han llevado
a ver como negativo su presencia, no darles posibilidades de trabajo
y no rescatar la parte positiva de ellos y ellas, como se señalaba
en cuanto a sus aptitudes y capacidades emprendedoras.
Conclusiones
- La población colombiana ha venido con esperanza y expectativa
de conseguir alguna fuente de trabajo, para satisfacer las necesidades
básicas personales y muchas veces familiares, pero lamentablemente
se encuentran con un país que está pasando por
difíciles momentos en lo económico y político.
- Nuestro país debe tomar en cuenta que tenemos procesos
de emigración y de inmigración, sin embargo, solo
se ha centrado la atención a la masiva emigración
de ecuatorianos/as hacia Europa y EEUU; pero no se asume con
mayor atención a que nos hemos convertido en un país
receptor de migrantes y refugiados/as.
- En base al breve recorrido sobre la situación de los
solicitantes de refugio y el derecho al trabajo en el ámbito
constitucional e internacional, se puede afirmar que nuestro
país lejos de cumplir con sus obligaciones, vulneran
el ejercicio del derecho al trabajo y no genera las condiciones
y acciones afirmativas bajo los niveles internacionales.
Recomendaciones
- Frente a la prerrogativa presencia militar en la frontera
norte ecuatoriana, es necesario promover un accionar activo
de las organizaciones locales fronterizas para la defensa de
los derechos humanos de su población y levantar acciones
ciudadanas que fomenten el respeto, una cultura de paz y solidaridad
que conlleve a mejorar la situación tanto de las personas
que viven en las zonas fronterizas como a los colombianos/as
que llegan buscando asilo y refugio.
- Se hace necesario promover una urgente reforma al Reglamento
para la aplicación en el Ecuador de las normas contenidas
en el Convención sobre el Estatuto de los Refugiados,
que termina restringiendo ciertos derechos como el derecho al
trabajo, pues los solicitantes de refugio están incapacitados
legalmente de establecer una relación laboral o independiente
mientras se resuelva su caso.
- Siendo la misión del Alto Comisionado de las Naciones
Unidas para los Refugiados ACNUR, velar por la aplicación
de la Convención del 51 y su Protocolo de 1967 para asegurar
la protección de los refugiados, se hace imprescindible
la coordinación efectiva de medidas necesarias de la
cooperación de la Comunidad internacional para la protección
y asistencia humanitaria, fortaleciendo programas especialmente
en los aspectos de salud, trabajo y seguridad.
Notas
1. Piedad Córdova Ruiz, "El escalamiento
del conflicto social y armado", Ecuador Debate, No 49, p
100
2. Martha Cecilia Ruiz. "¿A quien
le importa los refugiados colombianos?. Tintají No. 24.
Segunda quincena de junio 2003
* Beatriz Villarreal.
Licenciada en Trabajo Social por la Pontificia Universidad Católica
del Ecuador. Especialista Superior en Derechos Humanos, por la
Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador.
Fue Coordinadora de la Defensoría Municipal de la Niñez.
Entre sus publicaciones se destacan: "El Ocaso de la Dignidad:
La tortura en el Ecuador", "Diversidad: ¿Sinónimo
de discriminación? ".
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