Programa Andino
de Derechos Humanos

 

El deterioro del conflicto colombiano se agudiza en los últimos años, con la aplicación del Plan Colombia que inicia en 1999 y en el régimen presidencial de Álvaro Uribe Vélez, acentuando el problema de violencia y generando una grave crisis humanitaria y de derechos humanos para millones de colombianos y colombianas, que se ven obligados a hacer desplazamientos internos y a atravesar las fronteras buscando "protección internacional" en los países vecinos y otros del mundo. En el caso ecuatoriano, desde enero del 2000 hasta mayo del 2003 han solicitado refugio alrededor de 17mil colombianos/as. Este incremento masivo del número de solicitantes de refugio rebasó las posibilidades de respuesta de las instituciones como el ACNUR y la Oficina de Derechos Humanos-Refugio de la Cancillería, lo que ha provocado una gran vulnerabilidad a los derechos de los solicitantes de refugio en nuestro país.

Aunque el conflicto colombiano es un tema de mucho interés regional e internacional, que convoca a muchas reuniones, éstas se han centrado en discusiones sobre la lucha "antiterrorista", el problema del narcotráfico, la venta ilegal de armas y las medidas de seguridad a los largo de la frontera colombiana. Para nada se discute las consecuencias de este conflicto sobre la población civil. La problemática social del desplazamiento interno y refugio internacional no es motivo de análisis ni reflexión de parte de los Estados para visualizar la problemática y proporcionar respuestas dando cumplimiento a lo que señalan las normas internacionales sobre los refugiados.

Se estima que de los registros oficiales de solicitantes de refugio , esta es apenas una fracción del total , pues existe un número importante de colombianos que por desinformación o miedo ingresan silenciosamente.

Plan Colombia recrudecimiento del conflicto y las consecuencias en la sociedad civil colombiana

El Plan Colombia surge estrechamente vinculado al discurso de paz del presidente Andrés Pastrana, quien sin mucha difusión lo dio a conocer en diciembre de 1998 y formó parte de los preacuerdos entre el gobierno y las FARC con anterioridad a su instalación oficial, el 7 de enero de 1999. El Plan Colombia fue inicialmente programado como un programa de desarrollo integral para Colombia que pretendía actuar simultáneamente en cuatro frentes: fortalecimiento institucional y desarrollo social, recuperación económica y social, negociación política del conflicto, lucha contra el narcotráfico. Lo que se destaca con mayor fuerza e inversión es el reforzamiento militar y policial en entrenamiento contra el narcotráfico, que trajo como consecuencia un enorme costo humano y económico para las poblaciones campesina de las regiones intervenidas "Se estima que debido a la lucha antinarcótica y antiguerrilla de gobierno, existe en Colombia más de dos millones de desplazados por razones de violencia"(1). En estos últimos tres años, como consecuencia de la agudización de la violencia generalizada, la salida de miles de colombianos/as es huir hacia los países hermanos y otros del mundo.

Siendo uno de los centros de operaciones del Plan Colombia la zona del Putumayo, frontera con el Ecuador, el impacto es evidente y se traduce en miles de desplazados colombianos en la frontera norte, lo que fue generando desequilibrios sociales y económicos en zonas que históricamente presentan altos niveles de pobreza e indigencia, incursiones de fuerzas guerrilleras y paramilitares en territorio ecuatoriano en forma de secuestros, intimidación, ejecuciones, posibilidades de traspaso de cultivos de coca y amapola, intervención del Ecuador en el conflicto en el sentido de que la Base de Manta tendrá un papel clave en operaciones de intercepción aérea dentro del Plan Colombia, pues el apoyo financiero de los EEUU contempla el apoyo a las instalaciones operativas en Manta para el combate del narcotráfico. De esta manera, se evidencia que la propuesta del Plan Colombia al conflicto colombiano se ha traducido en un problema militar no en un programa de inversión social, con serias repercusiones en la población colombiana como de incidencia regional.

El fracaso de paz del presidente Pastrana fue canalizado por Álvaro Uribe Vélez, quien asume el poder en agosto del 2002, declarando el estado de emergencia, lo que le permite legislar por decretos y restringir los derechos civiles, crea la "Red de Informantes" con lo que involucra a la sociedad civil como auxiliares como informantes desarmados como parte de la política de ampliar la guerra hacia sectores de la sociedad civil. De esta manera se generaliza la violencia en todo Colombia lo que agudiza el desplazamiento forzado interno y para miles de personas fue cruzar las fronteras a países fronterizos como el Ecuador. A criterio del Dr. Santiago Martínez, responsable de la Oficina de Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores del Ecuador, a partir de la presidencia de Uribe el numero de solicitantes de refugio subió a un promedio de 1200 solicitudes por mes, llegando a enero del 2003 a receptar 1642 por mes.

El Gobierno ecuatoriano frente al Plan Colombia y la política de seguridad en la frontera norte

Los hechos del 11 de septiembre del 2001 establecieron un nuevo contexto en la esfera de la política estadounidense en el mundo y particularmente en la región Andina, la guerra contra el terrorismo. Así en Colombia la lucha contra la insurgencia y los grupos irregulares se convierten en el escenario antiterrorista.

En el Ecuador, desde el primer semestre del 2002, se empiezan a dar iniciativas de cierre de frontera, la municipalidad de Lago Agrio dictamina la orden de limitar las horas de operación del puente del río San Miguel, se intensifican los operativos de control por parte de la policía, quien argumenta el aumento de la delincuencia y se solicitan documentos de identificación a las personas principalmente de origen colombiano. Para el mes del agosto del mismo año el presidente Gustavo Noboa dictamina que se aumente el control de la frontera norte y en septiembre se cierra el Puente Internacional de Rumichaca desde las 22horas hasta las 6 de la mañana del día siguiente. Al mismo tiempo el embajador colombiano Eliseo Restrepo señalo que en Ecuador con muy poco fundamento se tiende asociar a colombianos/as con actividades delictivas, advirtió además que las medidas de seguridad adoptadas por el gobierno ecuatoriano para controlar los flujos migratorios desde Colombia podían perjudicar el comercio bilateral y crear sentimientos xenófobos". En el 2003, el nuevo gobierno de Lucio Gutiérrez inicia sus acciones anunciando a la prensa nacional e internacional, en su visita a los EEUU, convertirse en el mejor aliado en la lucha por la paz. Expresó:" Si no apoyamos todos, de manera más protagónica a Álvaro Uribe, seguramente se seguirá sacrificando la vida de más gente", para abril del 2003 promulga el decreto ejecutivo para declarar áreas de reserva de 20 kilómetros de ancho en la frontera con Colombia, así como 10 millas náuticas en el Pacífica para reforzar la seguridad y protección del ambiente comercial. Esta disposición preocupa a los organismos de derechos humanos, pues conllevaría a la limitación de los derechos y garantías de las poblaciones de estas zonas y entre ellos a los solicitantes de refugio colombianos.

Cifras del incremento de colombianos/as que solicitan refugio en el Ecuador

Según los datos reportados por la Oficina de los Refugiados del Ministerio de Relaciones Exteriores, a partir del año 2000 se da un incremento sin precedentes en las solicitudes de refugio de población colombiana al Ecuador. Sucesos como la agudización del conflicto interno colombiano con la aplicación del Plan Colombia, mayores enfrentamientos entre los grupos armados, violencia generalizada, complican la situación de la sociedad civil que se ve más afectada y busca como alternativas de vida salir del país para recibir protección internacional.

En el año 2000, hubieron 323 solicitudes de refugio de colombianos/as, para el 2001 se incrementó a 1770, en el 2002 llegaron a 6244 y en el año 2003, hasta el mes de mayo ya se registraban 6106. De estos datos se visualiza con claridad que las solicitudes de enero a mayo del presente año (6130), ya representan el 98% del total de las solicitudes recibidas en el año 2002 (6244 solicitudes). Lo que significa que para fines de año habrá el doble de las solicitudes en relación al año anterior. Estas cifras nos revelan también, que la gran cantidad de solicitudes rebasó la capacidad técnico-administrativa de la Oficina de Refugiados/as de la Cancillería, según versión de Santiago Martínez, responsable de esta Oficina.

Otro dato que se revela en los solicitantes de refugio colombianos/as, es que ya no solo están llegando y viviendo en provincias fronterizas, como sucedía hace dos o tres años, sino que se dirigen al interior del país en busca de mejores posibilidades de sobrevivencia y más opciones laborales. (Quito, Santo Domingo de los Colorados, Cuenca, Guayaquil y otros).

Se argumenta además que estas cifras oficiales representan apenas una fracción del conjunto real de las personas que ingresan silenciosamente al Ecuador (unas por temor o seguridad personal u otras por que no saben del programa de refugio).

Frente a esta realidad es ya imposible invisibilizar la presencia de esta gran cantidada de población colombiana que llega huyendo de la violencia, buscando refugio formal o informalmente. Según Martín Gottwald del ACNUR, "...el hecho de no tener la documentación adecuada, como de refugiado/a o solicitante de refugio, coloca a estas personas en situación de vulnerabilidad, porque sin papeles carecen de muchos derechos (estudiar, trabajar, etc.....pues se debería atender sin tomar en cuanta el estatus legal de estas personas" (2).

Solicitantes de refugio en la Ciudad de Ibarra

De dónde vienen y que los motivó a salir de su país

Según testimonios de los hombres y mujeres colombianos en la ciudad de Ibarra, las causas de desplazamiento interno como internacional hacia países vecinos tienen que ver con amenazas colectivas a poblaciones enteras por parte de guerrilleros y paramilitares, por enfrentamientos armados (temor a estar en medio del fuego cruzado), las masacres, el deseo de evitar el reclutamiento forzado por parte de los actores armados. Bajo este panorama (violencia generalizada) en la actualidad ya no vienen únicamente campesinos de las zonas de fronterizas de Nariño y Putumayo, sino que están llegando gente de zonas urbanas y del resto de departamentos de Colombia.

Departamento
Nº de Solicitantes
Del Valle
116
Quindío
96
Nariño
50
Cauca
37
Cundinamarca
21
Caldas
20
Tolima
17
Putumayo
16
Antioquia
16
Norte de Santander
9
Meta
7
Risaralda
6
Caquetá
5
Chocó
4
Cesar
2
Barranquilla
2
Magdalena
2
Huila
1
Bolívar
1
Boyacá
1

Fuente Base de Datos Pastoral Migratoria-ACNUR de Ibarra, Enero a Junio del 2003

De los 33 departamentos que tiene Colombia han llegado de 20, lo que evidencia la generalización del conflicto y la agudización del la problemática para población civil.

Del registro de los solicitantes de refugio en Ibarra, los motivos por los que salen del país son: por amenazas de guerrilleros y paramilitares el 55%, por violencia el 16.5%, por reclutamiento forzado el 14.4%, por vacunas el 5.3%, por desempleo el 8.5% y por la delincuencia el 1.1%. Evidenciándose de esta manera que los motivos están directamente relacionados con la agudización del conflicto colombiano con la aplicación del Plan Colombia.

Quienes son los solicitantes de refugio

De los registros en Ibarra , en los seis primeros meses del 2003, existen 447 solicitudes de población colombiana, de los cuales 337 son hombres que representa el 75.3% y 110 son mujeres el 24.6%. Este número representa las solicitudes individuales, pero en muchos casos cada solicitud implica más miembros familiares, generalmente menores de edad.

En cuanto a las edades, alrededor del 90% oscila entre los 18 y 50 años son personas jóvenes y adultas que están dentro de la categoría de población económicamente activa. Otra característica que se evidencia de los datos y entrevistas es que el perfil de la población es muy diversa con ocupaciones que van desde comerciantes, artesanos, agricultores, amas de casa, obreros de la construcción y también aparecen profesionales universitarios (médicos, terapeutas, licenciados, contador, dentista, etc). Estos últimos a criterio de la Hermana Johana da Silva de la Pastoral Migratoria, son los que más dificultad tienen para ubicarse laboralmente y la mayoría está en el comercio informal. Otro grupo vulnerable es el caso de las mujeres solas con hijos que enviudaron o reclutaron a sus parejas, con estas mujeres se emprende acciones de seguimiento y apoyo más regular.

Itinerario que hacen los solicitantes de refugio de Ibarra

El trayecto de los desplazados/as colombianos/as al ingreso por la frontera empieza en "Rumichaca", lugar donde se notifica su ingreso y les otorgan un permiso de entrada. Este permiso tiene que ser presentado en la Policía de Migración quien les otorga un permiso de permanencia, válido para tres meses. Teniendo conocimiento de la existencia de la oficina de ACNUR-Pastoral Migratoria acuden, el trámite empieza llenando un cuestionario amplio que lo hace una abogada, datos que ayudan a determinar si los/as solicitantes cumplen con los requisitos para ser considerados/as como refugiados/as. Una segunda instancia es luego de que son enviadas a la Oficina de Refugio del Ministerio de Relaciones Exteriores en Quito; en estas dependencias entra al registro y estudio por parte de la "Comisión de Elegibilidad" que en la actualidad se está reuniendo dos veces por semana y acuden a las oficinas de Ibarra para hacer entrevistas personales a los solicitantes de refugio, luego de lo cual en un mes y medio según Santiago Martínez entran a reunión de la comisión para la resolución. Para este tiempo de espera se otorga un Certificado Provisional para el Solicitante de Refugio válido para tres meses. Para muchos este trámite es muy largo de cinco a seis meses y hasta un año. Este problema se agudiza en este último período por el aumento masivo de solicitudes , alrededor de 1210 por mes, que ha llegado a desbordar la capacidad técnica y administrativa de la Oficina de Refugiados.

Ibarra, una ciudad pequeña, más al interior de la frontera, constituye para unos/as solicitantes el espacio de estadía temporal hasta legalizar su situación; luego buscan otra ciudad más dinámica y que les brinde más oportunidades, esta aseveración la hacen los hombres solos. Para las mujeres solas con hijos o los grupos familiares manifiestan mantenerse viviendo en esta ciudad en donde , con la ayuda de la Pastoral y ACNUR, han logrado capacitarse e ir encontrando alternativas.

Contexto jurídico de los solicitantes de refugio

Aplicabilidad de las normas establecidas en los instrumentos nacionales e internacionales

A los miles de solicitantes de refugio colombianos/as los ampara los principios y normas internacionales, establecidas en la Convención de Ginebra sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y su Protocolo de 1967, instrumentos que han sido suscritos y ratificados por el Estado ecuatoriano. De manera adicional, nuestra legislación secundaria incorporó los principios de la Declaración de Cartagena de 1984. Lo imperativo en cuanto a la aplicabilidad de la Convención y el Protocolo está en las obligaciones y responsabilidades de todo Estado que firmado y ratificado estos instrumentos.

Partiendo de lo que establece el artículo 1 A(2) de la Convención de 1951 sobre el Estatuto de los Refugiados, el término "refugiado" se aplica a cualquier persona que "debido a temores fundados de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas, se encuentra fuera del país". Adicionalmente, la Declaración de Cartagena amplía el concepto de refugiado, al establecer:

"que se considere a las personas que han huido de sus países por que su vida, su seguridad y su libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público.(parte III, inciso 3)

Otra consideración en la convención, es la referida en el Art. 31, que establece:

"Los Estados Contratantes no impondrán sanciones penales, por cuenta de su entrada o procedencia ilegales, a los refugiados que, llegando directamente del territorio donde su vida o su libertad estuviera amenazada en el sentido previsto en el Art. 1, hayan entrado o se encuentren en el territorio de tales Estados sin autorización , a condición de que se presenten sin demora a las autoridades o aleguen causa justificada de su entrada o presencia ilegales".

Otra disposición de la Convención y reiterada en la Declaración de Cartagena como piedra angular de la protección internacional es el principio de "no devolución" en las fronteras para los refugiados.

Todas estas normas se insertan en el caso de los/as colombianos/as que acuden a nuestro país. Bajo estos parámetros el ACNUR delimita que los colombianos/as que no pueden regresar a su país son personas que requieren protección internacional, dada la escalada de la violencia y en razón de la presencia de grupos guerrilleros y paramilitares en todo el territorio. Bajo este contexto, muchas de las solicitudes de asilo, podrían caer en el ámbito de lo que establecen los instrumentos internacionales.

En la experiencia real, la situación de miles de solicitantes de refugio colombianos/as se torna de gran vulnerabilidad por los mecanismos y procedimientos de la normativa del Estado ecuatoriano. El largo trayecto de la tramitación de la solicitud de refugio y la disposición que durante este tiempo no pueden trabajar, los coloca en condición de dependencia de programas de asistencia. Las nuevas dificultades que enfrentan generan y agudizan problemas emocionales que ya los tenían, como angustia, depresiones, baja autoestima, etc. Ante esta realidad social emergente se tiene que trazar política de respuesta viables y oportunas que disminuya el sufrimiento y penalidad de esta población, la cual viene acarreando rupturas familiares, lazos sociales y culturales.

Situación laboral de los solicitantes de refugio colombianos/as en la ciudad de Ibarra

El trabajo como derecho fundamental para el desarrollo integral de las personas y bienestar familiar está ampliamente normado a nivel nacional e internacional. Toda persona tiene como necesidad básica de vida la ocupación y la retribución por ésta, como medio para poder subsistir, el o ella y su familia.

Dada la importancia del trabajo como factor organizador y estabilizador de la vida psíquica y las condiciones de subsistencia humanas, es necesario anotar las repercusiones en la vida de los/as solicitantes de refugio, al no contar con este derecho fundamental.

Normas y principios del derecho al trabajo en la Constitución Política Ecuatoriana y en la normativa internacional

A nivel nacional e internacional, las normas relacionadas con el derecho al trabajo están muy desarrolladas, inclusive en lo relacionado con los derechos laborales.
El Pacto Interamericano de Derechos Económicos Sociales y Culturales PIDES (1966), el trabajo es uno de los primeros derechos específicos reconocidos en su Art. 6, y reza: "el derecho de toda persona a tener la oportunidad de ganarse la vida mediante un trabajo"; Art. 7 "...el derecho de toda persona al goce de condiciones de trabajo equitativas y en especial: a) Una remuneración que proporcione como mínimo a todos los trabajadores: i) Un salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, sin distinciones de ninguna clase..., ii):Condiciones de existencia dignas para ellos y para sus familias..."

En el Convenio 133 de la OIT sobre política de empleo, en el Art. 122 y en la Declaración Universal de Derechos Humanos(1948), en el Art. 23, se plantea "el derecho al trabajo a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo".

Todas estas evoluciones en el derecho internacional, conllevan a determinar la importancia de analizar el "derecho al trabajo" desde una perspectiva de derecho humanos y a partir de ahí visualizar las peculiaridades de lo que está sucediendo con los solicitantes de refugio.

En el ámbito nacional, la Constitución Política del Estado en su Art. 13, plantea: "Los extranjeros gozarán de los mismos derechos que los ecuatorianos con las limitaciones establecidas en la Constitución y la ley. En nuestro país está garantizado el derecho a "la libertad de empresa con sujeción a la ley" (Art 23 No 16); a la libertad de trabajo y la prohibición expresa de que ninguna persona podrá ser obligada a realizar un trabajo gratuito o forzoso" (Art. 23 No.17). El Art. 35 es más decidor al establecer: "El trabajo es un derecho y un deber social, que goza de la protección del Estado, el que asegurará al trabajador el respeto a su dignidad, una existencia decorosa y una remuneración justa que cubra sus necesidades y las de su familia..."

Todo este marco constitucional constituye el marco jurídico para demandar y crear legislación, el derecho humano al trabajo que tienen los/as solicitantes de refugio.

Vulneración del derecho al trabajo

El panorama amplio legal y jurídico que ampara a las personas no ha impedido que la situación de miles de solicitantes de refugio colombianos se torne frágil. El Estado ecuatoriano lejos de cumplir con sus obligaciones, vulnera el derecho al trabajo, lo obstaculiza o no genera las condiciones o acciones positivas bajo los estándares internacionales.

Durante el tiempo que transcurre entre la petición y la resolución final, incluida la apelación en los casos que se nieguen, a los solicitantes de refugio se les prohíbe expresamente realizar cualquier actividad laboral. La Cancillería otorga el certificado provisional, que a partir de febrero del 2003, es un carné, en el que se determina su condición de solicitante, su estadía en el país, más no pueden trabajar. Expresamente reza: "El portador de este certificado no podrá ejercer labores remuneradas por cuenta propia o independientemente hasta que su solicitud sea considerada favorablemente por la Comisión para determinar la condición de Refugiado en el Ecuador"

La indefensión jurídica sobre el derecho al trabajo de los solicitantes de refugio ha conllevado a múltiples dificultades y abusos ante posibles empleadores, policía de migración y municipales. Se presentan casos de explotación y mala remuneración.

De los datos oficiales del Ministerio de Relaciones Exteriores, de enero a agosto de este año 2003, solo 1432 personas (15,93% del total) han recibido estatus de refugiado, 2061 han sido negadas (22,96%), 304 archivadas (3,38%), 499 pendientes (5,56%) y el resto 4677 (52,12%) está en trámite, en espera, lo que ubica a este gran conglomerado en una crítica vulnerabilidad, principalmente en cuanto al derecho al trabajo.

Todo esto evidencia la grave problemática laboral que diaria y cotidianamente enfrentan los/as solicitantes de refugio, según funcionarios de organizaciones como la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos-INREDH, muchos acuden buscando orientación y asesoría por requerir una certificación de trabajo. Se han presentado demandas ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de manera extraordinaria o especial, amparadas en el "derecho de petición" Art. 23 No 15 de la CPE).

Lamentablemente no se ha dado respuestas y el planteamiento ha sido que se está priorizando en la agilidad de los procesos de solicitud de refugio.
Finalmente, es necesario acotar que el derecho a la igualdad de trato está estrechamente vinculado al ejercicio y respeto del principio de no discriminación, que por demás nos permitirá comprender el ejercicio del derecho al trabajo en poblaciones vulnerables como los solicitantes de refugio.

Nichos laborales y mecanismos de sobrevivencia de los solicitantes de refugio en Ibarra

En la ciudad de Ibarra el trabajo disponible para los solicitantes de refugio es duro, mal pagado y en muchos casos temporal. La mayoría se dedican al comercio informal: venta de productos, preparación de comidas que venden en la calle, artesanías y caramelos en los buses. Estas labores son de carácter familiar.

Desde la versión del Defensor del Pueblo de Imbabura, el mayor problema de los ciudadanos colombianos/as en la ciudad de Ibarra es el referido a trabajo es decir el desempleo. "...para nuestra población ecuatoriana la preocupación es que se les va a quitar el espacio de trabajo que tienen los ecuatorianos" sin embargo esta apreciación se ve desvirtuada según la explicación de José Gómez Oficial de Campo de ACNUR en Imbabura, quien manifiesta que "...los colombianos no están quitando puesto de trabajo, dado que estos se insertan en la economía informal. La hermana Johana Da Silva de la Pastoral Migratoria de Ibarra refiere que se han acercado personas que ofrecen posibilidades de empleo a gente colombiana. Lo que se presume en estos casos es que pueden tener un trato inequitativo en lo salarial y en términos de relación laboral, pues se han dado casos de explotación y usufructo del trabajo de los solicitantes de refugio por parte de los empleadores por su condición irregular. Lo que cabe señalar es que difícilmente se puede hablar de encontrar empleo. En la mayoría lo que más se evidencia en los solicitantes de refugio en Ibarra es crear sus fuentes de trabajo con sus propios medios en el sector informal.

"...somos emprendedores, al colombiano no le gusta ser dependiente. Desde muchos años atrás ante el problema de desempleo en Colombia, el colombiano tuvo que emprender creativamente actividades independientes, tanto artesanales como comerciales, tenemos camino recorrido e igual lo podemos hacer acá, no nos gusta depender y buscar empleo es bien complicado, lo que hacemos es crear fuentes de trabajo". (Hombre de 63 años, artesano y periodista deportivo, oriundo del Valle, solicitante de refugio"

La población colombiana, a pesar de la adversidad, son personas emprendedoras y buscan con mucho ingenio sobrellevar su crítica situación y solventar sus necesidades básicas de sobrevivencia

De los datos registrados en la Base de Datos de Ibarra, se encuentran perfiles profesionales diversos, según ellos los itinerarios laborales en principio se basan en actividades por debajo de sus destrezas y capacidades laborales, encuentran ocupación en servicio doméstico, en ventas ambulantes, que representan actividades transitoriamente no deseadas, que les provoca frustración y desesperanza, pero, son la respuesta a la lucha por la supervivencia. Posteriormente, a través de vínculos y relaciones o apoyo de programas se van generando pequeños negocios en muchos casos familiares, como restaurantes con bocaditos colombianos, confección de artículos como ropa de cama, tejidos, etc.

Es importante resaltar en Ibarra, un proyecto de integración de la población colombiana emprendida por la Pastoral Migratoria y ACNUR, talleres de capacitación en diferentes ramas artesanales en los que se ubican la mitad de cupos para colombianos/as y la mitad para ecuatorianos/as. Lo que ha permitido emprender lazos de amistad y solidaridad mutuos en la sociedad ibarreña.

Sin embargo, es indudable que acciones de ACNUR y la Pastoral Migratoria de Ibarra no han logrado o tienen serias dificultades de cubrir todas las demandas, protección y ayuda que requieren los solicitantes de refugio. Según la hermana Valdette Willeman a penas se logran atender a un 10 a un 15% de todas las personas que buscan protección y ayuda.

No se puede descartar el problema que se tiene con la población y autoridades ecuatorianas. Se dan vacilaciones cuando tienen que emprender alguna relación con personas colombianas, por desconocimiento no se sabe discernir entre quienes son los violentos y cuales los víctimas de esa violencia y se generaliza, muchos de estos criterios están fuertemente influenciados por la información que trasmiten los medios de comunicación masiva que relatan de Colombia solo la violencia.

Otro argumento es el referido a que muchos colombianos/as han elegido venir como migrantes económicos para competir y aprovecharse de los dólares. Estas razones han llevado a ver como negativo su presencia, no darles posibilidades de trabajo y no rescatar la parte positiva de ellos y ellas, como se señalaba en cuanto a sus aptitudes y capacidades emprendedoras.

Conclusiones

  • La población colombiana ha venido con esperanza y expectativa de conseguir alguna fuente de trabajo, para satisfacer las necesidades básicas personales y muchas veces familiares, pero lamentablemente se encuentran con un país que está pasando por difíciles momentos en lo económico y político.
  • Nuestro país debe tomar en cuenta que tenemos procesos de emigración y de inmigración, sin embargo, solo se ha centrado la atención a la masiva emigración de ecuatorianos/as hacia Europa y EEUU; pero no se asume con mayor atención a que nos hemos convertido en un país receptor de migrantes y refugiados/as.
  • En base al breve recorrido sobre la situación de los solicitantes de refugio y el derecho al trabajo en el ámbito constitucional e internacional, se puede afirmar que nuestro país lejos de cumplir con sus obligaciones, vulneran el ejercicio del derecho al trabajo y no genera las condiciones y acciones afirmativas bajo los niveles internacionales.

Recomendaciones

  • Frente a la prerrogativa presencia militar en la frontera norte ecuatoriana, es necesario promover un accionar activo de las organizaciones locales fronterizas para la defensa de los derechos humanos de su población y levantar acciones ciudadanas que fomenten el respeto, una cultura de paz y solidaridad que conlleve a mejorar la situación tanto de las personas que viven en las zonas fronterizas como a los colombianos/as que llegan buscando asilo y refugio.
  • Se hace necesario promover una urgente reforma al Reglamento para la aplicación en el Ecuador de las normas contenidas en el Convención sobre el Estatuto de los Refugiados, que termina restringiendo ciertos derechos como el derecho al trabajo, pues los solicitantes de refugio están incapacitados legalmente de establecer una relación laboral o independiente mientras se resuelva su caso.
  • Siendo la misión del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados ACNUR, velar por la aplicación de la Convención del 51 y su Protocolo de 1967 para asegurar la protección de los refugiados, se hace imprescindible la coordinación efectiva de medidas necesarias de la cooperación de la Comunidad internacional para la protección y asistencia humanitaria, fortaleciendo programas especialmente en los aspectos de salud, trabajo y seguridad.

Notas
1. Piedad Córdova Ruiz, "El escalamiento del conflicto social y armado", Ecuador Debate, No 49, p 100
2. Martha Cecilia Ruiz. "¿A quien le importa los refugiados colombianos?. Tintají No. 24. Segunda quincena de junio 2003



* Beatriz Villarreal. Licenciada en Trabajo Social por la Pontificia Universidad Católica del Ecuador. Especialista Superior en Derechos Humanos, por la Universidad Andina Simón Bolívar, Sede Ecuador. Fue Coordinadora de la Defensoría Municipal de la Niñez. Entre sus publicaciones se destacan: "El Ocaso de la Dignidad: La tortura en el Ecuador", "Diversidad: ¿Sinónimo de discriminación? ".

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