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Como resultado de sus investigaciones sobre el proceso
de violencia de origen político que se vivió en
el Perú entre los años 1980 y 2000, la Comisión
de la Verdad y Reconciliación ha llegado a las siguientes
conclusiones:
I. Las dimensiones del conflicto
1. La CVR ha constatado que el conflicto armado interno que vivió
el Perú entre 1980 y 2000 constituyó el episodio
de violencia más intenso, más extenso y más
prolongado de toda la historia de la República. Asimismo,
que fue un conflicto que reveló brechas y desencuentros
profundos y dolorosos en la sociedad peruana.
2. La CVR estima que la cifra más probable de víctimas
fatales de la violencia es de 69,280 personas. (1) Estas cifras
superan el número de pérdidas humanas sufridas por
el Perú en todas las guerras externas y guerras civiles
ocurridas en sus 182 años de vida independiente.
3. La CVR afirma que el conflicto abarcó una proporción
mayor del territorio nacional que
cualquier otro, (2) provocó enormes pérdidas económicas
expresadas en destrucción de
infraestructura y deterioro de la capacidad productiva de la población
y llegó a involucrar al conjunto de la sociedad.
4. La CVR constata que existió una notoria relación
entre situación de pobreza y exclusión
social y probabilidad de ser víctima de violencia. En el
departamento andino de Ayacucho,
donde ésta se inició, se concentra más del
40 por ciento de muertos y desaparecidos reportados a la CVR.
Al sumar a ellas las víctimas consignadas por la CVR en
los departamentos de Junín, Huánuco, Huancavelica,
Apurímac y San Martín se llega al 85 por ciento
de las víctimas registradas por la CVR (3).
5. La CVR ha constatado que la población campesina fue
la principal víctima de la violencia.
De la totalidad de víctimas reportadas, el 79% por ciento
vivía en zonas rurales y el 56 por
ciento se ocupaba en actividades agropecuarias.
6. La CVR ha podido apreciar que, conjuntamente con las brechas
socioeconómicas, el proceso de violencia puso de manifiesto
la gravedad de las desigualdades de índole étnico-cultural
que aún prevalecen en el país. Del análisis
de los testimonios recibidos resulta que el 75 por ciento de las
víctimas fatales del conflicto armado interno tenían
el quechua u otras lenguas nativas como idioma materno. (5)
7. La CVR comprueba que, en términos relativos, los muertos
y desaparecidos tenían grados de instrucción muy
inferiores al promedio nacional. Mientras el censo nacional de
1993 indica que solamente 40 por ciento de la población
nacional tiene un nivel educativo inferior a la educación
secundaria, la CVR ha encontrado que el 68 por ciento de las víctimas
se encontraba por debajo de ese nivel.
8. La CVR concluye que la violencia impactó desigualmente
en distintos ámbitos geográficos y en diferentes
estratos sociales del país. Si la tasa de víctimas
reportadas a la CVR respecto de la población de Ayacucho
hubiera sido similar en todo el país, la violencia hubiera
ocasionado un millón 200 mil muertos y desaparecidos. De
esa cantidad, 340 mil hubieran ocurrido en la ciudad de Lima.
9. La CVR ha constatado que la tragedia que sufrieron las poblaciones
del Perú rural, andino y selvático, quechua y asháninka,
campesino, pobre y poco educado, no fue sentida ni asumida como
propia por el resto del país; ello delata, a juicio de
la CVR, el velado racismo y las actitudes de desprecio subsistentes
en la sociedad peruana a casi dos siglos de nacida la República.
10. La CVR ha hallado que el conflicto puso de manifiesto graves
limitaciones del Estado en su capacidad de garantizar el orden
público y la seguridad, así como los derechos fundamentales
de sus ciudadanos dentro de un marco de actuación democrático.
11. La CVR asimismo ha encontrado una precaria vigencia del orden
constitucional y el Estado de Derecho, los que en momentos de
la crisis fueron vulnerados.
II. Las responsabilidades del conflicto
A. Sobre el PCP-Sendero Luminoso
12. La CVR ha apreciado que la causa inmediata y fundamental
del desencadenamiento del conflicto armado interno fue la decisión
del PCP-SL de iniciar la "lucha armada" contra el Estado
Peruano, a contracorriente con la abrumadora mayoría de
peruanos y peruanas y en momentos en que se restauraba la democracia
a través de elecciones libres.
13. Para la CVR, el PCP-SL fue el principal perpetrador de crímenes
y violaciones de los
derechos humanos tomando como medida de ello la cantidad de personas
muertas y
desaparecidas. Fue responsable del 54 por ciento de las víctimas
fatales reportadas a la CVR.
Esta cuota tan alta de responsabilidad del PCP-SL es un caso excepcional
entre los grupos subversivos de América Latina y una de
las singularidades más notorias del proceso que le ha tocado
analizar a la CVR.
14. La CVR ha comprobado que el PCP-SL desplegó extremada
violencia e inusitada crueldad que comprendieron la tortura y
la sevicia como formas de castigar o sentar ejemplos intimidatorios
en la población que buscaban controlar.
15. La CVR ha encontrado que el PCP-SL fue en contra de las grandes
tendencias históricas del país, poniendo en práctica
una férrea voluntad política se expresó como
un proyecto militarista y totalitario de características
terroristas que no conquistó el apoyo duradero de sectores
importantes de peruanos.
16. La CVR considera que la ideología en que el PCP-SL
sustentó su proyecto fue de carácter fundamentalista,
centrada en una rígida preconcepción del devenir
histórico, encerrada en una visión únicamente
estratégica de la acción política y por tanto
reñida con todo valor humanitario. Desdeñaba el
valor de la vida y negaba los derechos humanos.
17. La CVR ha constatado que el PCP-SL logró su cohesión
interna a través del llamado
Pensamiento Gonzalo que reflejó el culto a la personalidad
de Abimael Guzmán Reynoso,
fundador y dirigente de la organización, a quien se le
consideró la encarnación del pensamiento más
elevado en la historia de la humanidad.
18. Para la CVR, el PCP-SL, de acuerdo a su ideología,
adoptó una estrategia que buscó
consciente y constantemente provocar respuestas desproporcionadas
por parte del Estado sin tener en cuenta el profundo sufrimiento
que ello ocasionaba a la población por la que decía
luchar.
19. La CVR considera que el PCP-SL llevó la ideología
fundamentalista y la organización
totalitaria a sus extremos. En su acción subversiva se
constata una trágica ceguera: ve clases, no individuos.
De allí su falta absoluta de respeto por la persona humana
y por el derecho a la vida, incluyendo la de sus militantes. Exacerbó
en ellos una vena fanática que se convirtió en su
sello de identidad.
20. La CVR ha constatado características del PCP-SL que
se desplegaron desde un comienzo a través de "ajusticiamientos"
realizados con sevicia, prohibición de entierros, y otras
manifestaciones delictivas, incluido el uso de "coches-bomba"
en las ciudades.
21. La CVR encuentra asimismo un potencial genocida en proclamas
del PCP-SL que llaman a "pagar la cuota de sangre" (1982),
"inducir genocidio" (1985) y que anuncian que "el
triunfo de la revolución costará un millón
de muertos" (1988). Esto se conjuga con concepciones racistas
y de superioridad sobre pueblos indígenas.
22. La CVR ha encontrado que el PCP-SL se aprovechó de
ciertas instituciones del sistema educativo como principal cabecera
de playa y que a través de ellas logró expandir
su prédica y captar núcleos minoritarios de jóvenes
de uno y otro sexo en diferentes partes del país. Si bien
ofrecía a los jóvenes una utopía que les
brindaba identidad totalizante, en el fondo los encerraba en una
organización fundamentalista y opresora a través
de cartas de sujeción a Abimael Guzmán Reynoso.
23. La CVR ha constatado que la prédica del PCP-SL pudo
tener aceptación fugaz, en razón de la incapacidad
del Estado y de las élites del país para responder
a las demandas educativas de una juventud frustrada en sus esfuerzos
de movilidad social y de aspiración de progreso.
24. La CVR ha encontrado que el PCP-SL secundó las tesis
maoístas y convirtió a las zonas rurales en el escenario
principal del conflicto. Sin embargo, no tomó en cuenta
las necesidades y aspiraciones económicas del campesinado,
ni sus organizaciones propias ni sus especificidades culturales,
y convirtió, más bien, a los campesinos en masa
que debía someterse a la voluntad del partido. La disidencia
individual en la masa llevó a asesinatos y aniquilamientos
selectivos, y la disidencia colectiva condujo a masacres y arrasamientos
de comunidades enteras.
25. La CVR ha establecido que la presencia del PCP-SL en los
andes y la respuesta
contrasubversiva del Estado revivió y militarizó
viejos conflictos intra e intercomunales.
Catalogó como "enemigos de clase" a los sectores
relativamente más conectados al mercado o a las redes e
instituciones regionales o nacionales, y decretó su destrucción.
Su "guerra campesina" contra el Estado se convirtió
en muchos casos en enfrentamientos entre campesinos.
26. La CVR ha constatado que la violencia extrema practicada
por el PCP-SL en las localidades rurales de los andes se extendió
también a los centros urbanos. Lima y otras ciudades fueron
también escenario complementario y sufrieron sabotajes,
asesinatos selectivos, paros armados y actos terroristas, especialmente
bajo la modalidad de coches-bomba. Desde un principio, pero más
aún en la segunda mitad de la década de 1980 y principios
de los años 90, Lima resultó ser además un
importante centro de reclutamiento para el PCP-SL.
27. La CVR señala que la concepción ideológica
del PCP-SL implicaba la destrucción del
"viejo Estado" desde sus cimientos, ello los llevó
al asesinato de autoridades, especialmente locales: alcaldes,
gobernadores, tenientes gobernadores, jueces de paz. Pero también
autoridades nacionales: ministros, parlamentarios y otros representantes
de los poderes del Estado. (6) El 12 por ciento de las víctimas
fatales reportadas a la CVR que fueron causadas por el PCP-SL
eran autoridades. Además, incurrió en el asesinato
masivo de dirigentes sociales, hombres y mujeres, dirigentes comunales,
alcaldes varas, dirigentes campesinos, sindicales, barriales,
magisteriales y de organizaciones de mujeres.
28. La CVR por la generalidad y sistematicidad de estas prácticas,
señala que miembros del PCP-SL, y en especial su dirección
nacional y su denominada jefatura, tienen directa
responsabilidad por la comisión de crímenes de lesa
humanidad en el marco de ataques armados contra la población
civil, cometidos a gran escala o bien como parte de una estrategia
general o planes específicos. Del mismo modo, estas conductas
constituyen, a juicio de la CVR, graves infracciones a los Convenios
de Ginebra, cuyo respeto era obligatorio para todos los participantes
en las hostilidades. La perfidia con la que actuó el PCP-SL
en el terreno, escudándose en la población civil,
evitando el uso de distintivos y atacando a traición, entre
otros métodos similares como el recurso a acciones terroristas,
constituyó un calculado mecanismo que buscaba provocar
reacciones brutales de las fuerzas del orden contra la población
civil, incrementando en una forma extraordinaria los sufrimientos
de las comunidades en cuyos territorios se llevaban a cabo las
hostilidades.
29. La CVR encuentra la más grave responsabilidad en los
miembros del sistema de dirección del PCP-SL por el conflicto
que desangró a la sociedad peruana, por los siguientes
elementos:
30. Por haber dado inicio a la violencia en contra del sentimiento
abrumadoramente mayoritario de la población;
l Por haber planteado su
lucha contra la democracia peruana con una estrategia sanguinaria;
l Por las prácticas
violentas de ocupación y control de territorios rurales
y poblaciones campesinas, con un alto costo en vidas y en sufrimiento
humano;
l Por su política
de genocidio mediante actos de provocación al Estado;
l Por su decisión
de proclamar el llamado equilibrio "estratégico"
que acentuó el carácter terrorista de sus acciones.
31. La CVR hace notar la profunda irresponsabilidad y menosprecio
del PCP-SL hacia sus
propios militantes, a quienes se les inducía a matar y
morir de la manera más cruel y sanguinaria, mientras que
sus dirigentes máximos, especialmente Abimael Guzmán
Reynoso, permanecían en Lima, exentos de riesgos físicos
y privaciones, prácticamente durante todo el conflicto.
Esta incongruencia se expresó de la manera más patente
cuando, tras ser capturado, Abimael Guzmán Reynoso, abandonó
casi inmediatamente la tesis del "equilibrio estratégico"
y solicitó al gobierno un "acuerdo de paz" junto
con un reconocimiento explícito y sumamente elogioso al
gobierno dictatorial de Alberto Fujimori y Vladimiro Montesinos.
32. La CVR expresa su pesar por los miles de jóvenes que
resultaron seducidos por una
propuesta que constataba los profundos problemas del país
y proclamaba: "la rebelión se
justifica". Muchos de ellos, con voluntad de transformar
esa realidad injusta, no advirtieron que el tipo de rebelión
que planteaba el PCP-SL implicaba el ejercicio del terror y la
implantación de un régimen totalitario. Quedaron
así encuadrados en una organización absolutamente
vertical, y totalitaria que les inculcaba el desprecio por la
vida, castigaba las discrepancias y exigía plena sumisión.
Muchos de ellos murieron inútil y cruelmente. La CVR llama
al país a impulsar las reformas institucionales necesarias
para que proyectos terroristas y totalitarios no encuentren nunca
más eco alguno entre los jóvenes.
33. La Comisión constata constatar que a diferencia de
otros países de América Latina por esa misma época,
entre 1980 y 1992 el conflicto armado interno se desarrolló
mientras imperaba en el Perú un régimen democrático,
con elecciones libres, libertad de prensa y el sistema político
más inclusivo de nuestra historia contemporánea.
El PCP-SL y el MRTA se autoexcluyeron de manera unilateral del
sistema democrático y socavaron más bien con sus
acciones armadas el régimen político democrático
instaurado en 1980.
B. Sobre el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru
(MRTA)
34. En 1984, el Movimiento Revolucionario Túpac Amaru
(MRTA) inició a su vez una lucha armada contra el Estado
y es responsable del 1.5% de las víctimas fatales que fueron
reportadas a la CVR. A diferencia de SL y en forma similar a otras
organizaciones armadas latinoamericanas con quienes mantuvo vínculos,
el MRTA reivindicaba sus acciones y sus miembros usaban distintivos
para diferenciarse de la población civil, se abstuvo de
atacar a la población inerme y en algunas coyunturas dio
muestras de estar abierto a negociaciones de paz. Sin embargo,
el MRTA incurrió también en acciones criminales
(7), recurrió a asesinatos, como en el caso del Grl. Enrique
López Albújar, a la toma de rehenes y a la práctica
sistemática del secuestro, crímenes que violan no
sólo la libertad de las personas sino el derecho internacional
humanitario que el MRTA afirmaba respetar. Cabe resaltar también
que el MRTA asesinó a disidentes de sus propias filas.
35. En balance, durante la década de 1980 el discurso
y las acciones del MRTA contribuyeron a crear un clima en el cual
el uso de la violencia PRETENDIO SER O APARECER aparecía
como un recurso político legítimo, favoreciendo
en última instancia el accionar y expansión de Sendero
Luminoso. Y en la década de 1990, especialmente a partir
de su frustrada toma del Congreso y de la toma de la residencia
del embajador japonés en diciembre de 1996, el MRTA favoreció
la legitimación de la política contrasubversiva
autoritaria y militarizada del gobierno de Alberto Fujimori.
III. La responsabilidad de los gobiernos y de los poderes
y aparatos del Estado
36. La CVR constata que Fernando Belaúnde Terry y Alan
García Pérez ganaron la presidenciaen elecciones
libres y directas por los ciudadanos. También lo hizo Alberto
Fujimori en 1990.
Sin embargo, a partir del golpe de Estado del 5 de abril de 1992,
Fujimori se convirtió en un gobernante autoritario, que
buscó permanecer en el poder consolidando una autocracia
corrupta.
37. La CVR hace notar que, a pesar de la subversión armada
del PCP-SL y del MRTA, y de ser notoriamente deficitaria en muchos
aspectos, la democracia respetó la separación de
poderes y la libertad de expresión, celebró tres
elecciones presidenciales y parlamentarias, cuatro elecciones
municipales nacionales y elecciones regionales en 1989. Ninguna
de ellas fue cuestionada.
38. La CVR constata no obstante, que quienes gobernaron el Estado
en ese período carecieron de la comprensión necesaria
y del manejo adecuado del conflicto armado planteado por PCP-SL
y el MRTA. Existió un interés por poner en marcha
la Constitución de 1979, por desarrollar el país
y por hacer que la relación entre gobernantes y gobernados
fuese expresión del Estado de Derecho. Sin embargo, tanto
el gobierno del presidente Belaúnde como el del presidente
Alan García erraron al no aplicar una estrategia integral,
vale decir social, política, económica, militar,
psicosocial, de inteligencia y de movilización del conjunto
de la población para hacer frente de un modo eficaz y dentro
de sus propios marcos democráticos a la subversión
armada y al terrorismo.
A. La actuación de las Fuerzas Policiales
39. La CVR señala que las fuerzas policiales tenían
el deber de enfrentar a los grupos subversivos que vulneraban
los derechos fundamentales de los ciudadanos y reconoce la
esforzada y sacrificada labor que sus miembros realizaron durante
los años de violencia.
Asimismo, rinde su más sentido homenaje a los más
de un millar de valerosos efectivos que perdieron la vida o quedaron
discapacitados en cumplimiento de su deber.
40. La CVR considera que la formación contrasubversiva
recibida hasta entonces por las fuerzas del orden había
tenido como referente a movimientos guerrilleros según
el modelo castrista o, en el mejor de los casos, a grupos armados
semejantes a los que por esos años actuaban en otros países
de América Latina. Esta fue una razón principal
de su dificultad para enfrentar a un enemigo vesánico,
que se confundía entre la población civil y era
diferente a aquellos grupos subversivos.
41. La CVR señala que las fuerzas de la policía
tuvieron que responder a la agresión del PCPSL y, después,
del MRTA en condiciones logísticas precarias, sin entrenamiento
adecuado ni rotación suficiente de efectivos. Cuando recibieron
la responsabilidad de conducir las acciones de lucha contrasubversiva
en Ayacucho, no contaron con un apoyo adecuado del gobierno.
42. La CVR considera que la limitaciones de los servicios de
inteligencia policiales no
permitieron tener una visión adecuada de lo que acontecía.
Esto, sumado al desconocimiento de la naturaleza del PCP-SL, provocó
que se menospreciara la magnitud del fenómeno en curso.
Así, en lugar de enviar a los agentes más preparados
y eficientes de cada institución, se mantuvo la práctica
común en las organizaciones policiales de enviar a elementos
no idóneos a zonas alejadas como forma de castigo.
43. La CVR ha constatado que una vez declarado el estado de emergencia
en Ayacucho, en octubre de 1981, la intervención del destacamento
policial contrainsurgente denominado los sinchis (8) hizo crecer
las violaciones a los derechos humanos, generó resentimientos
y distanció a la policía de la población.
44. La CVR señala que tanto las dificultades de coordinación
para sumar esfuerzos entre los tres institutos policiales, cuanto
la corrupción en altos oficiales y en unidades estratégicas
fueron factores externos al conflicto mismo que impidieron un
mejor desempeño policial en los años en que la subversión
aún era débil. Por ello, a pesar de los relativos
logros obtenidos durante 1982 con la captura de subversivos, especialmente
en las ciudades, hubo dos acontecimientos que mostraron que la
subversión había excedido las capacidades de las
FFPP: el asalto al centro penitenciario de Huamanga por el PCP-SL
y el repliegue de los puestos policiales en el campo a lo largo
de 1982 (9) .
45. La CVR ha constatado que con el ingreso de las FFAA a Ayacucho
y la posterior
implantación de los Comandos Político-Militares
(CPM) en las zonas declaradas en estado de emergencia, se impuso
la subordinación policial a las FFAA, quedando sujeta a
las funciones establecida por los jefes militares, por encima
de sus propios comandos y de las autoridades civiles. En este
contexto y a medida que la ofensiva militar avanzó, agentes
de los tres institutos policiales que actuaron en las zonas de
emergencia incurrieron en graves violaciones a los derechos humanos.
46. La CVR concluye que la lucha contra la subversión
reforzó en miembros de la policía
prácticas autoritarias y represivas preexistentes. La tortura
en interrogatorios y las detenciones indebidas que habían
sido frecuentes en el trato con la delincuencia común,
adquirieron un carácter masivo durante la acción
contrasubversiva. [La CVR ha constatado que las violaciones más
graves a los derechos humanos por parte de agentes militares fueron:
ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas,
torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entre estos,
la CVR condena particularmente la práctica extendida de
violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen
una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y
para quienes, en su condición de superiores jerárquicos,
los instigaron, permitieron o encubrieron con mecanismos de impunidad.]
47. La CVR constata que durante la segunda mitad de la década
de 1980, la unificación de las fuerzas policiales, el seguimiento
de sus labores desde el Ministerio del Interior; y la fusión
de distintas unidades operativas en la Dirección de Operaciones
Especiales (DOES), contribuyeron a una mejor coordinación
de acciones para la lucha contrasubversiva. Pese a ello, el sector
no atendió ni reforzó lo suficiente a la DIRCOTE,
unidad que había adquirido experiencia a partir de su trabajo
concentrado en Lima.
48. La CVR ha encontrado indicios que vinculan individualmente
a efectivos de las fuerzas
policiales al mal llamado "Comando Rodrigo Franco",
del que no se ha podido determinar si era una organización
centralizada o una especie de franquicia empleada por actores
diversos, no necesariamente articulados entre ellos.
49. La CVR puede afirmar que el distanciamiento entre la policía
y las poblaciones tendió a agudizarse conforme se desenvolvía
el conflicto armado interno. Este hecho facilitó el arraigo
de una mala imagen del policía como perpetrador o, en el
caso de las zonas cocaleras, como corrupto vinculado al narcotráfico.
50. La CVR constata que a partir de 1985 las fuerzas policiales
llegaron a tener un conocimiento más acertado de la organización
y formas de acción de los grupos subversivos. El trabajo
de inteligencia operativa de la DINCOTE (antes DIRCOTE) logró
las impecables capturas de los principales dirigentes subversivos,
destacando las de Víctor Polay Campos el 9 de junio de
1992 y de Abimael Guzmán Reynoso el 12 de septiembre del
mismo año. Estas capturas constituyeron un aporte fundamental
para conseguir la derrota estratégica de la subversión
y el terrorismo.
51. La CVR constata que, a partir del golpe del 5 de abril de
1992, la PNP fue sometida a los planes del SIN y subordinada al
poder militar, con un recorte significativo de sus facultades,
una distorsión de sus funciones institucionales y una cúpula
involucrada en la red de corrupción del régimen,
manejada por Vladimiro Montesinos
B. La actuación de las Fuerzas Armadas
52. La CVR señala que las FFAA, por decisión del
gobierno constitucional mediante decreto supremo expedido el 29
de diciembre de 1982, tenían el deber de enfrentar a los
grupos subversivos que desafiaban el orden constitucional de la
República y vulneraban los derechos fundamentales de los
ciudadanos.
53. La CVR reconoce la esforzada y sacrificada labor que los
efectivos de las FFAA realizaron durante los años de violencia
y rinde su más sentido homenaje a los más de un
millar de valerosos efectivos que perdieron la vida o quedaron
discapacitados en cumplimiento de su deber.
54. La CVR ha encontrado que las FFAA aplicaron una estrategia
que en un primer periodo fue de represión indiscriminada
contra la población considerada sospechosa de pertenecer
a PCPSL. En un segundo período, esa estrategia se hizo
más selectiva, aunque continuó posibilitando numerosas
violaciones de derechos humanos.
55. La CVR afirma que en ciertos lugares y momentos del conflicto
la actuación de miembros de las FFAA no sólo involucró
algunos excesos individuales de oficiales o personal de tropa,
sino también prácticas generalizadas y/o sistemáticas
de violaciones de los derechos humanos, que constituyen crímenes
de lesa humanidad así como transgresiones de normas del
Derecho Internacional Humanitario.
56. La CVR concluye que, en este marco, los Comandos Político-Militares
(CPM), erigidos en autoridad estatal máxima de las zonas
de emergencia, pueden tener la responsabilidad primaria por estos
crímenes. El Poder Judicial debe establecer el grado exacto
de responsabilidad penal de quienes ejercieron los CPM, ya sea
por haber ordenado, incitado, facilitado o encubierto estos hechos,
o bien por haber omitido el deber fundamental de ponerles coto.
57. La CVR ha constatado que las violaciones más graves
a los derechos humanos por parte de agentes militares fueron:
ejecuciones extrajudiciales, desaparición forzada de personas,
torturas, tratos crueles, inhumanos o degradantes. Entre estos,
la CVR condena particularmente la práctica extendida de
violencia sexual contra la mujer. Todos estos actos constituyen
una deshonra para quienes fueron sus perpetradores directos y
para quienes, en su condición de superiores jerárquicos,
los instigaron, permitieron o encubrieron con mecanismos de impunidad.
58. La CVR señala que al momento de su intervención
en la lucha contra la subversión, las FFAA tenían
preparación y equipamiento para enfrentar un eventual conflicto
convencional (conflicto externo). Durante los primeros años
de su intervención (1983-85), carecieron de adecuado trabajo
de inteligencia sobre la organización, el perfil de los
militantes y la estrategia del PCP-SL. Por decisión de
la autoridad civil, su objetivo fue terminar rápidamente
el conflicto, sin tomar en cuenta el costo en vidas humanas. Se
plantearon recuperar el dominio territorial, suponiendo que la
población se dividía entre poblados leales al Estado
peruano y poblados subversivos o zonas rojas, sin advertir que
estas últimas no eran homogéneas y contenían
por lo general sectores sobre los cuales el PCP-SL se imponía
por la coacción e incluso el terror.
59. Para la CVR, aunque la intervención militar golpeó
duramente la organización y la
capacidad operativa de PCP-SL, (10) produjo también una
secuela de violaciones masivas de los derechos humanos y convirtió
al bienio 1983-84 en el más letal del conflicto fundamentalmente
en Ayacucho. Peor aún, la estrategia resultó contraproducente,
pues la represión indiscriminada en las zonas rurales postergó
la ruptura entre PCP-SL y los sectores más pobres del campesinado,
y no evitó la expansión de las acciones armadas
a otras zonas del país.
60. La CVR señala que, en agosto de 1989, las FFAA aprobaron
la sistematización de una estrategia contrasubversiva.
La nueva estrategia distinguía en los teatros de operaciones
poblaciones amigas, neutrales y enemigas, y no tenía como
objetivo principal el control territorial sino la eliminación
de las OPA (Organizaciones Político-Administrativas) o
comités populares senderistas; ganar a la población
y aislar a la fuerza militar del PCP-SL. La estrategia produjo
resultados decisivos, como alentar la reacción del campesinado
contra el poder senderista y la masificación de los Comités
de Autodefensa, que cambiaron las relaciones entre FFAA y campesinado.
61. La CVR constata que en esta etapa las violaciones de derechos
humanos fueron menos numerosas, pero más deliberadas o
planificadas que en la etapa anterior. Aparecieron, además,
escuadrones de la muerte cuya actividad llevó a que el
Perú ocupara en esos años el primer lugar en el
mundo en desapariciones forzadas de personas.
62. CVR señala que la nueva estrategia fue aprovechada
por un grupo de oficiales que, a su vez, diseñó
planes para una posible interrupción castrense del proceso
político. Parte de esos planes autoritarios serían
retomados posteriormente para el golpe de 1992. Dichos proyectos
antidemocráticos expusieron a las FFAA a dos grandes trastornos
institucionales: a) el uso de un modelo de política contrasubversiva
y la imagen de una fuerza armada victoriosa para justificar el
golpe de Estado de 1992, y b) una tregua con el narcotráfico
al definir al PCP-SL como enemigo principal, que debía
ser aislado del campesinado cocalero. En algunos casos, y sobre
todo a partir del ascenso de Vladimiro Montesinos, esa tregua
se convirtió en alianza.
63. La CVR concluye que la captura de Abimael Guzmán y
la desarticulación del PCP-SL y el MRTA no lograron evitar
que la ética, el prestigio e incluso el bienestar y la
eficiencia de las FFAA (11) quedaran seriamente mellados por una
cúpula que unió su suerte al gobierno dictatorial.
Este proceso de descomposición estuvo caracterizado por
la actividad del Grupo Colina, la persecución de oficiales
disidentes, así como la organización de un sistema
de corrupción, chantaje y espionaje político dentro
de las propias FFAA bajo la dirección de Vladimiro Montesinos.
64. La CVR ha encontrado que las FFAA fueron capaces de extraer
lecciones durante el proceso de violencia, las que le permitieron
afinar su estrategia de manera que ésta fuera más
eficaz y menos propensa a la violación masiva de derechos
humanos. Este aprendizaje se revela ostensiblemente en el descenso
de víctimas por acción de agentes del Estado precisamente
en los años más intensos del conflicto armado interno
(1989-1993), mientras que durante esos mismos años el PCP-SL
desplegaba una desbordante violencia terrorista contra los pueblos
quechua y asháninka y también contra la población
urbana. Ese aprendizaje, junto con la proliferación de
los Comités de Autodefensa, la inteligencia operativa policial,
y el respaldo de la ciudadanía, permite explicar la derrota
del PCP-SL.
C. Sobre la actuación de los comités de autodefensa
65. La CVR estima que desde muy temprano, sectores del campesinado
más pobre, aquellos que según los cálculos
del PCP-SL debían haber sido sus aliados principales, se
levantaron contra un proyecto que no compartían y se les
imponía por la fuerza. Comunidades como Uchuraccay y otras
de las alturas de Huanta se encuentran entre los ejemplos más
conocidos. En algunos casos de modo espontáneo, en otros
por iniciativa de las FFAA, los productores agrarios del valle
del río Apurímac formaron los primeros Comités
de Autodefensa (CADs), que posteriormente se multiplicaron, propinándole
su primera derrota estratégica al PC-SL en las áreas
rurales.
66. La CVR reconoce el derecho de los campesinos a la autodefensa
en el contexto excepcional planteado por la agresión senderista.
Constata, al mismo tiempo, que en un número significativo
de casos la formación de Comités de Autodefensa
se produjo por la presión y el amedrentamiento de las FFAA
y/o de otros CADs. En ocasiones, los CADs fueron más allá
de tareas de autodefensa y resultaron, de acuerdo a los hallazgos
de la CVR, responsables de crímenes que deben ser sancionados
(12).
67. La CVR reconoce, sin embargo, que los CADs fueron un factor
muy importante en el
desenlace del conflicto armado interno y rinde homenaje a los
ronderos caídos en defensa de sus comunidades y del país.
Resalta, asimismo, que una vez terminado el conflicto armado no
se convirtieron en sicarios del narcotráfico, ni pusieron
su experiencia militar al servicio de otros actores implicados
en actividades ilícitas. La inmensa mayoría de miembros
de los CADs se ha reintegrado a sus comunidades, y el país
sigue teniendo una deuda con ellos. El Decreto Legislativo 741
promulgado a fines de 1991, y su posterior reglamentación,
sólo les reconoce indemnizaciones a partir de la promulgación
de la ley, y ha beneficiado a un reducido número de deudos.
IV. El proceso político y los gobiernos
68. La CVR, antes de detenerse en sus conclusiones específicas
sobre los gobiernos, debe diferenciar los años que van
entre 1980 y 1992, tramo que transcurrió bajo regímenes
civiles electos democráticamente, del tramo final de nuestro
mandato, que va de 1992 al año 2000 - donde un gobierno
que nació de un golpe de estado, organizó, pese
a las elecciones que ganó, un régimen autoritario
que quiso prorrogarse como dictadura. Ese cambio de régimen
tiene una incidencia directa sobre las responsabilidades de las
máximas autoridades del Estado en torno a las violaciones
a los derechos humanos, pues la centralización del poder
incide en la relación más directa en principio entre
el Presidente de la República y los grupos que operan encubiertos
por el poder para perpetrar esas violaciones.
69. La CVR considera que, dado el desarrollo de los hechos, marcado
por la creciente violencia del PCP-SL, era inevitable que el Estado
utilizara sus fuerzas armadas para hacerle frente y recurriera
a declarar estados de emergencia, que eran una posibilidad considerada
por la Constitución vigente para afrontar situaciones de
grave riesgo. La CVR deplora, sin embargo, que los gobiernos que
así lo decidieron, no tomasen las previsiones para impedir
los atropellos a los derechos fundamentales de la población,
atropellos posibles de acuerdo con el tipo de intervención
que es propio de los cuerpos militares, mucho más cuando
voceros calificados de ellos advirtieron públicamente sobre
la alta probabilidad de una represión indiscriminada.
70. La CVR es consciente que todo este actuar de los Gobiernos
estaba condicionado, tanto en su debilidad como en su improvisación,
por las fallas profundas del Estado: i) su insuficiente cobertura
territorial y densidad institucional; ii) su falta de preparación
para enfrentar un conflicto de esas características; iii)
la desconfianza que le provocaban significativos sectores de sus
propios ciudadanos y; iv) una creciente incapacidad para someterse
a los marcos constitucionales y legales de los que acababa de
dotarse el país a través de la Constitución
de 1979.
71. La CVR debe rendir por eso su homenaje a los dirigentes y
militantes de los partidos
políticos democráticos, que ofrendaron su vida o
sufrieron maltrato por cumplir con honestidad con sus deberes
públicos. Nos referimos tanto a los militantes y familiares
de los partidos que gobernaron, así como a los que tuvieron
responsabilidad parlamentaria o en las regiones y municipios.
Debe destacarse especialmente a las autoridades locales de los
lugares más afectados por la violencia, que mantuvieron
la presencia del Estado peruano muchas veces a costa del máximo
sacrificio. Ellos deben ser un ejemplo para todos en esta nueva
etapa de búsqueda de democracia.
72. La CVR debe constatar, al mismo tiempo, una muy grave responsabilidad
de los gobiernos de esos años, así como de los partidos
que tuvieron representación en el Parlamento, los gobiernos
locales y, entre 1989 y 1991, los gobiernos regionales. En los
primeros doce años del conflicto, la Policía y las
Fuerzas Armadas se hicieron cargo del combate a la subversión
a partir de instrumentos legales aprobados por gobiernos civiles
y dentro del marco de una legislación antiterrorista promulgada
por un Congreso elegido democráticamente.
73.La CVR ha recogido amplia evidencia de cómo en el combate
a los grupos subversivos se cometieron gravísimas y masivas
violaciones a los derechos humanos, lo que afecta en primer lugar
a los gobiernos, que eran los responsables del conjunto de la
acción del Poder Ejecutivo, del cual dependen las fuerzas
del orden. Además de ello, los gobiernos civiles electos
incurrieron en la más grave responsabilidad al desatender
las denuncias de violaciones de derechos humanos o, en muchos
casos, al garantizar la impunidad para los responsables de las
mismas.
74. La CVR encuentra que el primer punto de inflexión
institucional en la abdicación de la
responsabilidad democrática por parte de los gobiernos
con la creación por dispositivo legal de los Comandos Político
Militares. Ellos subordinaron en la práctica al poder civil
en las zonas declaradas en estado de emergencia, pues ellos terminaron
asumiendo no sólo la conducción militar sino también
política de la lucha contrasubversiva (13).
75. La CVR constata que la ley colocaba a militares y policías
que actuaban en provincias
declaradas en estado de emergencia bajo la competencia de la justicia
militar, (14) lo que favoreció la impunidad de los agentes
del Estado responsables de violaciones a los derechos humanos.
Del mismo modo el carácter permanente de una situación
de excepción en cada vez más provincias, debilitó
la democracia y creó un clima propicio para las violaciones
a los derechos humanos, así como un sentido común
de la población y las autoridades civiles de esas zonas,
de que el poder reposaba en la autoridad militar.
76. La CVR considera que la abdicación de la autoridad
democrática culminó con la legislación antisubversiva
aprobada después del golpe de abril de 1992. De acuerdo
a ella, los jefes de los CPM no sólo coordinaban y supervisaban
sino "conducían" las acciones en los campos no-militares.
Ese paquete legislativo cambió el Sistema de Defensa Nacional,
la ley del Servicio de Inteligencia Nacional y la ley de situación
militar. Esta última permitió que los comandantes
generales de las FF.AA. permanecieran en sus cargos aún
después de su fecha de retiro. La nueva legislación
incluía además penas y procedimientos que violaban
las garantías del debido proceso, así como la Constitución
y tratados internacionales de los cuales el Perú era firmante:
penas mínimas desproporcionadas, nuevas figuras legales
como terrorismo agravado y traición a la patria, tribunales
y jueces sin rostro, entre otros. Este nuevo marco legal fue uno
de los pilares del régimen surgido a partir del golpe de
Estado de abril de 1992.
A. Indiferencia y demanda de dureza
77. La CVR ha constatado con pesar que los gobiernos civiles
no estuvieron solos en esta
concesión al uso indiscriminado de la fuerza como medio
de combate contra la subversión. Por el contrario, la proclividad
de dichos gobiernos a la solución militar sin control civil
estuvo en consonancia con un considerable sector de la sociedad
peruana, principalmente el sector urbano medianamente instruido,
beneficiario de los servicios del Estado y habitante de zonas
alejadas del epicentro del conflicto. Este sector miró
mayoritariamente con indiferencia o reclamó una solución
rápida, dispuesta a afrontar el "costo social"
que era pagado por los ciudadanos de las zonas rurales y más
empobrecidas.
B. El gobierno de Acción Popular
78. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas
pertenecientes al partido Acción Popular, muchas de las
cuales fueron autoridades locales que permanecieron en sus puestos
a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también,
el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Fernando
Belaúnde Terry por preservar el sistema democrático,
las elecciones locales y generales y la libertad de prensa, en
el contexto de una difícil transición a un régimen
democrático en medio del peor conflicto armado interno
de la historia republicana del país.
79. La CVR reconoce que el partido Acción Popular tuvo
que enfrentar la subversión un escenario difícil
por la complejidad del Estado sobredimensionado legado por el
gobierno militar, por la debilidad de un sistema de partidos sin
vida democrática significativa, por relaciones cívico-militares
marcadas por la distancia y la desconfianza y por la existencia
de una izquierda de gran tamaño y radicalidad.
80. La CVR recuerda que en ese contexto, el presidente Belaúnde
propuso diversas políticas de frente, que sólo fueron
aceptadas por su aliado, el Partido Popular Cristiano. Los demás
partidos optaron por mantener sus propios perfiles. Ese desacuerdo
complicó enormemente las posibilidades de una respuesta
unitaria a la amenaza subversiva.
81. La CVR encuentra que el conflicto armado interno fue considerado
por varios meses como un problema marginal que había tomado
por sorpresa al Estado y a todas las fuerzas políticas
del país. Una vez que el incremento del número de
acciones subversivas armadas lo volvió inocultable, el
gobierno de AP y la oposición perdieron un valioso tiempo
en atribuir las responsabilidades de los hechos, a partir de sus
propias agendas políticas (15). Debe señalarse que
ese tiempo perdido en diagnósticos errados o interesados
fue crucial para el asentamiento del PCP-SL en diversas áreas
del campo ayacuchano, sin una respuesta estatal organizada por
el gobierno.
82. La CVR constata que el gobierno optó por enfrentar
al PCP-SL con las fuerzas policiales y con medidas de excepción
que se prorrogaron ininterrumpidamente. Las limitaciones de las
fuerzas policiales, divididas en tres instituciones sin coordinación
entre ellas, desprovistas de equipamiento básico y sin
el respaldo de una política contrasubversiva coherente
generaron, en poco tiempo, un rechazo de la población que
fue trasladado hacia el gobierno. Éste, ante la actividad
cada vez más violenta de SL, optó por ceder la conducción
de la lucha antisubversiva a las FFAA a fines de 1982.
83. La CVR considera que la decisión adoptada por el gobierno
de AP inició un proceso de militarización que duró
más de una década y que tuvo graves consecuencias
para el país. Con el establecimiento de comandos político-militares
y ante la inoperancia del poder político para contribuir
en la lucha contrasubversiva en los campos no-militares, se produjo
una subordinación de hecho de las autoridades civiles locales
a las estrategias contrasubversivas de las FFAA.
84. La CVR ha establecido que los comandos político-militares
y la intervención de las FFAA se realizaron sin tomar las
previsiones indispensables por parte de la autoridad civil para
salvaguardar los derechos fundamentales de la población,
permitiéndose en consecuencia numerosas violaciones de
los derechos humanos de manera sistemática y/o generalizada.
85. La CVR concluye que el gobierno de Acción Popular
toleró estas violaciones de derechos humanos, haciendo
caso omiso de las numerosas denuncias por diversas fuentes gubernamentales
y de la sociedad civil. Tal es el caso de matanzas como las de
Putis, Pucayacu, Cabitos, entre las más notorias. Asimismo,
durante ese período de gravísima violencia, el parlamento
con mayoría gobiernista no nombró ninguna comisión
investigadora. La única comisión fue nombrada por
el Ejecutivo para investigar la matanza de ocho periodistas en
la comunidad de Uchuraccay, donde la CVR ha constatado que murieron,
además, 135 campesinos quechuas en el transcurso del año
posterior a la masacre, la mayoría a manos de Sendero Luminoso.
86. La CVR encuentra que esa injustificada tolerancia del gobierno
de AP hacia los atropellos a los derechos fundamentales de la
ciudadanía, se sustentaba en la intención y la expectativa
de acabar con la subversión en el corto plazo, sin considerar
su costo en vidas humanas. Dicha política fue ratificada
por la Ley 24150 promulgada en 1985.
87. La CVR encuentra responsabilidad política en el gobierno
de Acción Popular por su
tolerancia con las violaciones de derechos humanos cometidas por
parte del Estado, principalmente contra la población indígena,
la más desprotegida y marginada del país, y halla
en ella una lamentable muestra de esos hábitos de discriminación
y racismo existentes en la sociedad peruana.
88. Las cifras de la CVR revelan que entre 1983 y 1984 se produjo
la mayor cantidad de
muertes anualizadas de todo el conflicto, causadas por las campañas
de asesinatos del PCP-SL y la cruenta respuesta oficial, que según
los cálculos de la CVR dejaron 19,468 víctimas fatales,
es decir, 28 por ciento del total estimado para todo el conflicto
armado interna. Estas cifras que pasaron casi imperceptibles para
el resto del país, debido a las graves fracturas étnicas
de nuestra sociedad.
C. El gobierno del Partido Aprista Peruano
89. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas
pertenecientes al Partido Aprista Peruano, muchas de las cuales
fueron autoridades locales que permanecieron en sus puestos a
pesar de la intensidad de la violencia. La CVR resalta, también,
el esfuerzo realizado por el gobierno del presidente Alan García
Pérez por preservar el sistema democrático, las
elecciones locales y generales y la libertad de prensa, en el
contexto de una difícil situación en medio del peor
conflicto armado interno de la historia republicana del país.
90.La CVR considera que, al asumir el doctor Alan García
Pérez el gobierno en julio de 1985, impulsó una
serie de políticas sociales para reorientar la estrategia
contrasubversiva en marcha. El objetivo explícito fue derrotar
a la subversión mediante políticas de desarrollo
dirigidas a los campesinos y a las regiones más pobres.
El nuevo gobierno asumió como propias las críticas
a la actuación de las FFAA que se venían haciendo
desde el periodo gubernamental previo.
91. La política de respeto a los derechos humanos y de
denuncia de las violaciones de los
mismos se expresó, por ejemplo, en las sanciones aplicadas
a los jefes militares responsables de la matanza de Accomarca
(agosto 1985). El gobierno buscó así el control
civil sobre la acción militar. Creó, asimismo, una
Comisión de Paz y llevó adelante iniciativas en
el campo de la unificación policial y la creación
del Ministerio de Defensa.
92. La CVR considera, sin embargo, que la llamada "masacre
de los penales" ocurridas los días 18 y 19 de junio
de 1986 en los centros penitenciarios de Lurigancho y El Frontón
marcó un punto de quiebre en el esfuerzo del gobierno del
APRA por imponer desde el poder civil un nuevo esquema de respeto
de los derechos humanos por las fuerzas del orden. La CVR constata
que a partir de los sucesos mencionados, las FF.AA. actuaron con
mayor autonomía en su accionar contrasubversivo, sin que
el Poder Ejecutivo ni el Poder Legislativo las proveyeran de un
marco legal para ello.
93. La CVR encuentra grave responsabilidad política en
el gobierno del APRA en relación con estos casos, sin perjuicio
de otras responsabilidades que de manera individual sean determinadas
en otras instancias judiciales nacionales o internacionales.
94. La CVR considera el encubrimiento de la matanza de Cayara
ocurrida en mayo de 1988, como paradigmático de la nueva
la actitud del partido de gobierno frente la actuación
de las FF.AA. en la lucha contrasubversiva. La comisión
investigadora conformada en el Senado de la República,
presidida por el parlamentario del PAP Carlos Enrique Melgar,
dictaminó que la matanza no había ocurrido, mientras
que la minoría de dicha comisión y un fiscal aseguraban
lo contrario. El dictamen, no obstante, fue aprobado por la mayoría
aprista. Las investigaciones de la CVR confirman la matanza de
Cayara y encuentran responsabilidad política en el PAP
por colaborar en el encubrimiento de dicha masacre.
95. La CVR constata el gobierno del APRA puso en marcha un proceso
de reorganización de las tres instituciones policiales
existentes, atendiendo a reclamaciones sobre la crisis de corrupción
e ineficiencia. Ello derivó en lo que más adelante
sería la policía nacional. El Partido Aprista tuvo
un especial interés en controlar a la policía a
través del ministerio del Interior. En el proceso se crearon
nuevas unidades como la DOES, preparada para la lucha contrasubversiva
y se fortaleció el trabajo de inteligencia contra el terrorismo.
96. La CVR estima que la aguda crisis económica y política
que vivió el Perú a partir de 1988 favoreció
el desarrollo de las agrupaciones subversivas y a la vorágine
de violencia. El fracaso del programa económico y el inicio
de la hiperinflación llevó a una situación
de grave inestabilidad en el país. Desde el fallido intento
de estatización de la banca, el gobierno perdió
el respaldo de los grupos empresariales y financieros del país.
Las marchas y contramarchas en las políticas económicas
agudizaron la tensión social existente, agravada por servicios
básicos colapsando. El PCP-SL aprovechó esos espacios
de descontento para iniciar sus propias marchas de protesta hasta
en la misma capital.
97. La CVR ha recogido testimonios que sugieren la existencia
de policías vinculados a
actividades de escuadrones de la muerte y comandos paramilitares
utilizados contra presuntos subversivos. Una serie de sucesos,
como la aparición del Comando Rodrigo Franco, el enfrentamiento
en Molinos, el ataque del PCP-SL al puesto policial de Uchiza,
la vacancia de cargos municipales en 1989 y el escape de los emerretistas
del penal Castro Castro en 1990, entre otros, potenciaron la imagen
de desgobierno y caos en el país. Al mismo, tiempo, sin
embargo se llevaron a cabo tres elecciones nacionales entre noviembre
de 1989 y junio de 1990. El descontento de las FFAA fue grande,
produciéndose hasta un intento de golpe de Estado. La CVR
concluye que, al producirse la crisis, el gobierno perdió
el control de la política contrasubversiva, salvo en algunas
áreas del trabajo policial que fueron muy exitosas como
la del GEIN que, a la postre, rendiría los mayores frutos
en cuanto a capturas de líderes subversivos.
D. Los gobiernos de Alberto Fujimori
98. La CVR ha constatado que las elecciones presidenciales de
1990 se produjeron en medio de una crisis generalizada y del incremento
de la acción subversiva. El desprestigio de los partidos
y la pérdida de confianza en las organizaciones políticas
facilitaron el triunfo de un independiente, el ingeniero Alberto
Fujimori, ex-Rector de la Universidad Nacional Agraria. Rápidamente
reveló rasgos de personalidad que se expresarían
en sus dos períodos gubernamentales: el menosprecio a la
democracia. En ningún momento construyó una organización
política que lo respalde (16). Para enfrentar los dos grandes
problemas que heredaba - crisis económica y avance de la
subversión- encargó los asuntos económicos
a grupos de tecnócratas, y asumió como suya la estrategia
antisubversiva de las Fuerzas Armadas perfilada a finales de la
década de 1980. Igualmente, convocó a operadores
de inteligencia militar; el más conocido: Vladimiro Montesinos.
Con su apoyo, el nuevo régimen comenzó a fortalecer
el Servicio de Inteligencia Nacional y se aseguró la lealtad
de las cúpulas militares para convertirlas en pilares de
su gestión (17).
99. La CVR concluye que el golpe de estado del 5 de abril de
1992 significó el colapso del
Estado de Derecho y mostró además la debilidad del
sistema de partidos; el golpe contó con el apoyo de la
mayoría de la opinión pública. En medio de
la ofensiva urbana del PCP-SL, sectores importantes de todos los
estratos sociales, se mostraron dispuestos a trocar democracia
por seguridad y a tolerar las violaciones a los DDHH como el costo
necesario para terminar con la subversión.
100. La CVR ha constatado que a partir de 1992 la nueva estrategia
contra-subversiva puso énfasis en la eliminación
selectiva de las organizaciones político-administrativas
(OPA) de los grupos subversivos. Vinculado a Vladimiro Montesinos
(18) actuó un escuadrón de la muerte denominado
"Colina", responsable de asesinatos, desapariciones
forzadas y masacres con crueldad, ensañamiento. La CVR
posee indicios razonables para afirmar que el presidente Alberto
Fujimori, su asesor Vladimiro Montesinos y altos funcionarios
del SIN tienen responsabilidad penal por los asesinatos, desapariciones
forzadas y masacres perpetradas por el escuadrón de la
muerte denominado "Colina".
101. La CVR sostiene que la DINCOTE, gracias a la experiencia
acumulada desde fines de la década anterior y el énfasis
puesto en el trabajo de inteligencia, mostró por esa misma
época facetas más constructivas y eficaces, que
desembocaron en la captura de Víctor Polay, principal dirigente
del MRTA, y en la de Abimael Guzmán y miembros del Buró
Político del Comité Central del PCP-SL, el 12 de
setiembre de 1992. La CVR concluye que las capturas de los líderes
máximos del PCP-SL y el MRTA no fueron usadas por el gobierno
para acelerar la derrota de la subversión sino para obtener
réditos electorales.
102. Asimismo, entonces, la CVR señala la utilización
dada al operativo Chavín de Huántar. Como se sabe,
en diciembre de 1996 un comando del MRTA secuestró centenares
de civiles que asistían a una recepción en la residencia
del embajador japonés. La CVR expresa su repudio a esa
acción terrorista que mantuvo cautivos durante más
de cuatro meses a decenas de personas. Reconoce, asimismo, el
derecho del Estado a rescatar a los rehenes allí recluídos
y saluda el heroísmo y la eficiencia de los comandos que
culminaron con éxito el operativo de rescate y rinde homenaje
a los miembros del Ejército fallecidos en dicha acción,
así como al Dr. Carlos Giusti. Condena, sin embargo, las
ejecuciones extrajudiciales que se habrían producido, injustificadas
por tratarse de personas rendidas, y comparte asimismo el rechazo
de la opinión pública a las imágenes de Alberto
Fujimori paseándose por sobre los cadáveres desparramados
en la residencia recién rescatada.
103. La CVR afirma que en los años siguientes, diversos
hechos, algunos ciertos, la mayoría manipulados mediáticamente,
sirvieron para crear y recrear exageradamente al "terrorismo"
como una amenaza latente, para justificar el autoritarismo del
régimen y para desprestigiar a los opositores. La interceptación
telefónica a políticos opositores, el acoso al periodismo
independiente, el sometimiento y perversión final de la
mayoría de medios de comunicación, los atentados
y crímenes incluso contra miembros del propio SIN, así
como la desvirtuación de operaciones legítimas como
el mencionado operativo Chavín de Huántar, llevan
el sello de gobierno autoritario de Alberto Fujimori.
104. Por lo expuesto, la CVR sostiene que en los últimos
años del gobierno de Fujimori el
conflicto armado interno fue manipulado con la finalidad de hacer
que el régimen permaneciera en el poder. Ello sumió
al país en una nueva crisis económica y en abismos
de corrupción, descomposición moral, debilitamiento
del tejido social e institucional y una profunda desconfianza
en la esfera pública. Todos estos rasgos constituyen, por
lo menos en parte, secuelas de la forma autoritaria, "antipolítico",
en que se resolvió el conflicto y configuran una de las
páginas más oprobiosas de la historia de la república.
E. Los partidos de Izquierda
105. La CVR expresa su reconocimiento especial a todas las víctimas
pertenecientes a los partidos que conformaron la alianza Izquierda
Unida, muchas de las cuales fueron autoridades locales que permanecieron
en sus puestos a pesar de la intensidad de la violencia. La CVR
resalta, también, que IU fue un canal de representación
política de amplios sectores populares y movimientos sociales
hasta entonces no incluidos en la agenda nacional. De esta forma,
en muchas zonas del país, militantes de izquierda fueron
un freno para el avance de Sendero Luminoso.
106. La CVR ha constatado que la alianza Izquierda Unida (IU)
fue la segunda fuerza electoral durante la mayor parte de la década
de 1980, tuvo representación en el Parlamento, responsabilidad
en gobiernos locales y, entre 1989 y 1992, en los gobiernos regionales.
107. Asimismo la CVR ha constatado que durante la década
de 1970, la mayor parte de las organizaciones que luego conformarían
IU compartieron con matices un discurso y una estrategia que privilegiaba
la toma del poder por la vía de la lucha armada. En el
contexto de grandes movilizaciones sociales y apertura democrática
de fines de los años 70, algunas de estas organizaciones
iniciaron un viraje que los llevó a valorar positivamente
la vía electoral y la democracia representativa.
108. La CVR hace notar sin embargo, que un deslinde ideológico
insuficiente y en muchos casos tardío colocó a la
mayoría de partidos miembros de IU en una situación
ambigua frente a las acciones del PCP-SL y más aún
del MRTA. Esta ambigüedad hizo difícil para sus líderes,
y también para las dirigencias sociales sobre las cuales
IU tenía influencia, dar la lucha ideológica contra
las concepciones violentistas que terminaran incorporándose
al PCP-SL o al MRTA.
109. La CVR constata que la izquierda formuló denuncia,
por cierto necesaria, de las
violaciones a los derechos humanos cometidos por el Estado. Sin
embargo, no dio el mismo tratamiento a aquellas cometidas por
los grupos subversivos, especialmente por el MRTA. Hubo dos agrupaciones
que mantuvieron hasta el final la posibilidad del recurso a la
violencia para tomar el poder. Esto fue en ultima instancia lo
que produjo la división de la izquierda entre supuestos
reformistas y revolucionarios. Por otro lado, el Partido Unificado
Mariateguista y el P.C. del P. "Patria Roja" formaron
organismos de autodefensa, que terminaron enfrentando a SL en
defensa de las organizaciones sociales.
110. Para la CVR, sin que ello fuera una posición generalizada,
sectores de la izquierda
entendieron su participación en el parlamento como una
tribuna de agitación y propaganda y en los municipios para
desde allí "elevar el nivel de conciencia de las masas".
En ambos casos, para demostrar las limitaciones de las instituciones
"demo-burguesas".
111. La CVR señala que, en el plano político, el
sectarismo y la ineficacia de los partidos y de los independientes
que conformaban IU, así como la dificultad para poner los
intereses del país por encima de los grupos o personalidades
que la integraban, impidió que ella fuera más allá
de su carácter de alianza electoral, para convertirse en
frente programático que representara y ofreciera una alternativa
de transformación pacífica y democrática
a sus militantes y al país. Ese límite se mantuvo
incluso en su momento de mayor presencia electoral, le impidió
luego diferenciarse de la política del gobierno aprista,
y terminó dividiéndola en 1989. La división
desconcertó a sus seguidores y resquebrajó el dique
de contención que significaba IU en amplios sectores populares,
favoreciendo el avance de los grupos subversivos y posteriormente
del fujimorismo.
112. Sin embargo, la CVR hace resaltar el papel positivo de la
temprana denuncia de lasviolaciones a los derechos humanos por
parte de IU, tanto a través de sus partidos integrantes
como de las organizaciones sociales en las cuales tenía
presencia y de sus representantes en el Parlamento, que tuvieron
destacado papel en las más importantes comisiones investigadoras
del Congreso sobre temas vinculados al conflicto armado interno
(la matanza de los penales, los grupos paramilitares, las causas
de la violencia.)
113. La CVR deja constancia, además, que numerosos miembros
de IU, especialmente militantes de base de provincias en períodos
electorales, cayeron víctimas de las fuerzas del orden
que no distinguieron entre izquierdaunidistas y subversivos. Asimismo,
queda claro para la CVR que IU no fue nunca "fachada legal"
de SL, ni de manera orgánica ni oficiosa. Más bien,
conforme avanzaba la década, IU denunció crecientemente
la ideología y los métodos del PCP-SL, quien asesinó
un número significativo de dirigentes sociales de las filas
de IU, algunos de ellos líderes de importantes gremios
nacionales.
F. El poder legislativo
114. A la CVR le es dado constatar que los problemas del Estado
para enfrentar el conflicto armado interno también ocurrieron
en el Poder Legislativo. Las fuerzas políticas allí
representadas no tuvieron ni presentaron iniciativas sobre cómo
enfrentar de una manera integral a los grupos subversivos hasta
bien avanzado el conflicto (1991).
115. La CVR deja constancia de que durante toda la década
de 1980 el Congreso funcionó con mayorías gobiernistas.
A través de esas mayorías, los gobiernos inhibieron
o debilitaron las capacidades de fiscalización y de formulación
legal. Así, el Parlamento 1980-1985 no cumplió con
su función constitucional de fiscalización, al abdicar
a ejercer control sobre lo que en Ayacucho, Huancavelica y Apurímac
venía sucediendo a propósito del conflicto. Encontrándose
en este período la mayor cantidad de peruanos muertos o
desaparecidos a causa de la guerra, el Congreso no efectuó
ninguna investigación sobre las violaciones a los derechos
humanos que tanto el PCP-SL como las fuerzas del orden iban acumulando
impunemente.
116. La CVR debe señalar que frente a la militarización
del conflicto, el Congreso no planteó ninguna alternativa
o plan viable. La principal actividad normativa estuvo a cargo
del Ejecutivo. Y cuando, finalmente, el Congreso retomó
dicha función, no hizo sino reafirmar su escasa voluntad
de comprometerse a encontrar respuesta severa y eficaz frente
al fenómeno subversivo.
117. La CVR señala que la aprobación por el Congreso
de la Ley 24150 que establecía las normas a cumplir en
los estado de excepción por los que las FFAA asumían
el control del orden interno, en todo o parte del territorio,
fue un intento de legalizar lo que en los hechos venía
sucediendo, inhibiendo legalmente a la autoridad civil en beneficio
de la militar. Así, esta decisión significó,
por un lado, una estrategia equivocada que condujo a la relativización
del poder democrático civil y, por otro, a la reducción
de la política anti-subversiva a un ámbito de represión
y control militar.
118. Sin embargo, la CVR debe anotar que a partir de 1985 funcionaron
comisiones investigadoras sobre casos de gran impacto en la opinión
pública. Aunque ninguna logró
quebrar el círculo de la impunidad los debates parlamentarios
y los dictámenes en minoría
generaron corrientes importantes de opinión pública
en contra de las violaciones a los derechos humanos. No obstante,
cabe señalar que si bien el Congreso se encargó
de llevar adelante la investigación de importantes casos
de violaciones a los derechos perpetradas por las fuerzas del
orden, no hizo un esfuerzo similar para investigar y demandar
sanción sobre terribles casos de violaciones perpetradas
por SL.
119. La CVR anota que en el Congreso surgido a partir de las
elecciones de 1990, el Ejecutivo careció por primera vez
de mayoría propia. Aprovechando el desgaste de los partidos
políticos y el desprestigio del Legislativo, el gobierno
de Alberto Fujimori y los promotores de una política anti-subversiva
autoritaria y militarizada, sobredimensionaron su ineficacia y
sus problemas y no tuvieron reparos en presentar al Congreso como
parte del "campo enemigo", esta idea era coincidente
con la del PCP-SL, que entendía al Congreso como un reducto
del "revisionismo" y parte del "viejo Estado"
que había que destruir.
120. La CVR halla que entre 1990 y 1992, el Congreso adquirió
otra fisonomía. El que no existiese una mayoría
parlamentaria gobiernista y el avance de la subversión,
empujaron a una mayor concertación y a participar de manera
más activa en el diseño de una política antisubversiva
dentro de marcos democráticos. La nueva actitud se hizo
visible en el debate sobre legislación anti-subversiva
de noviembre de 1991. De otro lado, en materia de su función
de control parlamentario, el Congreso de 1990-92 intervino en
situaciones de violaciones de derechos humanos en el conflicto
armado interno. Sin embargo, el golpe de abril de 1992 que cerró
el Parlamento con la anuencia de un sector mayoritario de la opinión
pública, mostró que ese fue un esfuerzo tardío
e insuficiente para controlar a los poderes fácticos y
corrientes autoritarias del país. Para entonces los partidos
políticos parlamentarios evidenciaban claros signos de
agotamiento y crisis.
121. La CVR considera que después del golpe de 1992 el
Congreso, tanto el CCD como el Congreso 1995-2000, careció
de cualquier capacidad de fiscalización, tanto por el recorte
constitucional de sus atribuciones como por la mayoría
parlamentaria absoluta que mantuvo la bancada gobiernista hasta
el año 2000. La pálida labor parlamentaria en la
lucha contrasubversiva se vio agravada por el desarrollo de un
proceso de manipulación normativa de alta nocividad social,
que buscó, entre otras cosas, montar un aparato que garantizara
la impunidad a las violaciones de los derechos humanos cometidas
por agentes estatales.
122. A la CVR le ha sido dado constatar que, en muchos casos,
la mayoría oficialista de los congresos post golpe, a pesar
de la actitud valiente de congresistas de la oposición,
no sólo abdicó de su función constitucional
de fiscalización, sino que avaló y promovió
el
encubrimiento y la impunidad. Un hito de especial consideración
dentro de su participación en el proceso de afirmación
de impunidad fue la aprobación de la Ley 26479, Ley General
de Amnistía (15.06.95). El Parlamento se convirtió
en la práctica en una caja de resonancia de los planteamientos
de palacio y del SIN.
G. El Poder Judicial
123. La CVR debe indicar que la abdicación de la autoridad
democrática incluyó las funciones propias de la
administración de justicia. El sistema judicial no cumplió
con su misión adecuadamente; ni para la condena dentro
de la ley de las acciones de los grupos subversivos; ni para la
cautela de los derechos de las personas detenidas, ni para poner
coto a la impunidad con que actuaban los agentes del Estado que
cometían graves violaciones de los derechos humanos. En
el primer caso, el poder judicial se ganó la imagen de
una ineficiente "coladera" que liberaba a culpables
y condenaba a inocentes; en el segundo caso, sus agentes incumplieron
el rol de garante de los derechos de los detenidos, coadyuvando
a la comisión de graves violaciones a los derechos a la
vida y la integridad física; por último, se abstuvieron
de llevar a la justicia a miembros de las fuerzas armadas acusados
de graves delitos, fallando sistemáticamente cada contienda
de competencia a favor del fuero militar, donde las situaciones
quedaban en la impunidad.
124. La CVR debe empero precisar que el Sistema Judicial adolecía
de problemas estructurales que determinaban su ineficiencia. Sin
embargo, a ello debe sumarse la actuación negligente de
algunos operadores de justicia que hicieron mas grave aún
la situación estructural en que se desenvolvía la
administración de justicia.
125. La CVR deja constancia de que la situación del Perú
judicial se agravó luego del golpe de Estado de 1992, cuando
a las condiciones mencionadas se sumaron: una clara intromisión
en la capacidad de autogobierno a partir de ceses masivos de magistrados,
nombramientos provisionales y la creación de órganos
de gestión ajenos a la estructura del sistema judicial;
además de la inoperancia del Tribunal Constitucional.
126. La CVR deja constancia de la deficiente la legislación
que aplicaba el sistema judicial. Entre 1980 y 1992 incidieron
fuertemente en esta situación: la tipificación amplia
e imprecisa del delito de terrorismo; y la mediatización
de la labor del Ministerio Público en la etapa de investigación
preliminar, subordinando la labor garantista del fiscal. Luego
del golpe de 1992, la situación se agravó debido
a que la nueva legislación antiterrorista se caracterizaba
por: la sobrecriminalización del terrorismo a través
de la flexibilización del concepto y la creación
de tipos penales nuevos con los que se procesaba en distintos
fueros y se imponían penas distintas por la misma conducta;
la falta de proporcionalidad de las penas; la seria limitación
de la capacidad de defensa de los detenidos; y la atribución
de competencia a los tribunales militares en el juzgamiento de
los delitos de traición a la patria.
127. La CVR ha constatado que, abdicando de su propia competencia,
el Poder Judicial, a través de la Corte Suprema cuando
los acusados eran miembros de las Fuerzas Armadas, falló
en toda ocasión a favor del fuero militar, donde los casos
por lo general se sobreseían, se prolongaban innecesariamente
o terminaban generando condenas benévolas.
128. Otra conducta que la CVR ha comprobado es que los operadores
de justicia incurrieron en falta contra su deber de cautelar por
los derechos de los ciudadanos fue la generalizada práctica
de declarar improcedentes los recursos de Habeas Corpus. El tribunal
de garantías constitucionales -vigente hasta 1991- sistemáticamente
evitó llegar a sentencias fundadas. Esta situación
contribuyó en no poca medida a que las detenciones arbitrarias
culminasen en torturas, ejecuciones arbitrarias y desapariciones
forzadas.
129. La CVR considera que la dictadura de Alberto Fujimori pretendió
legalizar de forma espuria la impunidad a las violaciones de los
derechos humanos realizadas por agentes del Estado, logrando que
el Congreso Constituyente Democrático aprobase por mayoría
dos leyes de amnistía que vulneraban disposiciones constitucionales
y tratados internacionales soberanamente ratificados por el Perú.
Salvo una honrosa excepción, que inaplicó la norma
por vulnerar disposiciones constitucionales y tratados internacionales
(19), los jueces renunciaron a su facultad de aplicar el control
difuso de la constitucionalidad de las leyes.
130. La CVR ha constatado que el resultado de la aplicación
estricta y acrítica de la legislación antiterrorista
de 1992 permitió que en el procesamiento de detenidos no
se garantizara la imparcialidad ni la exactitud de los juicios.
No solamente cientos de personas inocentes tuvieron que sufrir
largas condenas, sino que la violación de las garantías
de debido proceso arrojó una severa sombra de duda sobre
los procesos realizados. El descrédito sufrido por el sistema
judicial peruano aplicando las leyes dictadas por el régimen
fujimorista, sólo resultaría en un favor a los verdaderos
subversivos cuando, años después, el Estado tuviera
que realizar nuevos juicios a partir de pruebas escasas. De otro
lado, los sentenciados por terrorismo sufrieron y condiciones
de carcelería vejatorias de la dignidad humana, que no
conducían en absoluto a su rehabilitación. La situación
carcelaria, en efecto, poco atendida por los jueces de ejecución
penal, dio lugar a motines y masacres en 1985, 1986 y 1992.
131. La CVR debe indicar que el Ministerio Público -salvo
honrosas excepciones- abdicó a la función de controlar
el estricto respeto a los derechos humanos que debía observarse
en las detenciones y se mostró insensible a los pedidos
de los familiares de las víctimas. Por el contrario, se
omitió el deber de denunciar crímenes, se investigó
sin energía, se realizaron muy deficientes trabajos forenses,
lo que coadyuvó a la situación de descontrol e impunidad.
Bajo la dictadura fujimorista, la obsecuencia del Ministerio Público
ante los imperativos del poder ejecutivo fue total.
V. El papel de las organizaciones sociales
A. Sobre los gremios
132. La CVR ha constatado la agresión violenta de parte
de los grupos subversivos contra
diversos sindicatos y empresas. En el informe de la CVR constan
los asesinatos de dirigentes sindicales, empresarios y funcionarios
de empresas.
133. La CVR estima que mientras el PCP-SL exacerbó los
conflictos laborales y se propuso como objetivo la destrucción
de los sindicatos existentes, el MRTA buscó instrumentalizar
los sindicatos para sus fines subversivos.
134. La CVR concluye también en que las prácticas
o concepciones antidemocráticas en
sindicatos y gremios empresariales condujeron a la descalificación
mutua a lo largo del conflicto armado, cuestionando la representatividad
y legitimidad de las organizaciones gremiales.
135. La CVR ha constatado que el rol del Estado como árbitro
de los conflictos laborales fue de marcada ineptitud, pues una
burocracia ineficiente y propensa a la corrupción, la ausencia
de reglas claras, una legislación engorrosa, entre otros
factores, dificultaron las negociaciones provocando el agravamiento
de los problemas.
B. Sobre sistema educativo y magisterio
136. La CVR ha comprobado que el Estado descuidó desde
décadas el tema educativo. Hubo proyectos modernizadores
en la década del 60 pero fracasaron. Ni la ley universitaria
ni la reforma educativa de 1972 lograron revertir esta tendencia.
Tampoco neutralizaron el predominio de pedagogías tradicionales
autoritarias. En aquellos espacios que el Estado fue dejando en
su repliegue, germinaron nuevas propuestas; ellas propugnaban
un cambio radical, anti-sistémico, sólo alcanzable
por la vía de la confrontación y sustentado en un
"marxismo de manual", dogmático y simplificado,
que se expandió ampliamente en las universidades durante
la década de 1970. Esos nuevos contenidos se transmitieron
utilizando los viejos marcos pedagógicos autoritarios,
que no fueron cuestionados.
137. La CVR ha comprobado que, entre muchos maestros y estudiantes
universitarios, se volvió sentido común el cumplimiento
fatal de la historia a través de la vía de la confrontación.
Esa visión abrió espacios para el desarrollo de
propuestas autoritarias de extrema izquierda. La del PCP-SL fue
sólo la más extrema.
138. La CVR ha comprobado que el PCP-SL fue el que buscó
instrumentalizar las instituciones educativas: universidades,
colegios secundarios, institutos superiores e incluso academias
de postulantes. El sentido común dogmático y la
ambigüedad de los grupos radicales frente a la violencia
le fueron favorables. A través del amedrentamiento o la
cooptación logró ubicar maestros en colegios donde
le interesaba desarrollar proselitismo. Aprovechando y alimentando
una versión maximalista de la autonomía universitaria
accedió en algunos casos a las Direcciones de bienestar
universitario o al menos encontró santuario en viviendas
y comedores. Allí desarrolló un proselitismo en
el cual el clientelismo se mezclaba con la movilización
de los sentimientos de discriminación y agravio de los
estudiantes pobres y provincianos, que utilizaban mayormente esos
servicios. A ellos, con débiles redes sociales en sus lugares
de estudio, les ofrecía además identidad y sentido
de pertenencia.
139. La CVR encuentra una grave responsabilidad del Estado: i)
en el descuido de la educación pública en medio
de un conflicto que tenía al sistema educativo como importante
terreno de disputa ideológica y simbólica; ii) en
el amedrentamiento y/o la estigmatización de comunidades
enteras de maestros y estudiantes de universidades públicas,
especialmente de provincias (20); iii) en el deterioro de la infraestructura
de servicios de varias universidades públicas (21) iv)
en haber permitido graves violaciones de los derechos humanos
de estudiantes y profesores por el hecho de ser tales. (22)
140. La CVR repudia los crímenes cometidos contra estudiantes,
profesores y trabajadores, al margen de su filiación política.
Condena especialmente la matanza de más de cien estudiantes,
profesores y trabajadores de la Universidad Nacional del Centro
(UNCP) a manos de los diferentes actores de la guerra -incluyendo
escuadrones de la muerte- enfrentados en un fuego cruzado y confuso
(23). Condena, asimismo, la masacre de ocho estudiantes y un profesor
de la Universidad Nacional de Educación "La Cantuta"
en julio de 1992 y la posterior amnistía de los perpetradores
miembros del escuadrón de la muerte denominado "Colina"
en 1995. Señala, a partir de sus investigaciones, que además
de las ya mencionadas, las universidades de San Cristóbal
de Huamanga, Hermilio Valdizán de Huánuco, Callao,
Huacho y San Marcos, entre otras, resultaron afectadas por la
estrategia contrasubversiva de detenciones-desapariciones y destrucción
de infraestructura y, durante el régimen autoritario de
la década de 1990, por la instalación de bases militares
en los campus universitarios.
C. Sobre el papel de las iglesias
141. La CVR a través de numerosos testimonios recogidos,
audiencias y estudios realizados, ha constatado el papel de las
iglesias Católica y evangélicas durante el proceso
de la violencia, como actoras que contribuyeron a proteger a la
población de crímenes y violaciones de derechos
humanos. Institucionalmente, la iglesia católica condenó
desde temprano la violencia de los grupos alzados en armas e igualmente
las violaciones de los DDHH por parte del Estado. Estas posturas
se concretaron en actividades de defensa de los DDHH y denuncias
de las violaciones, iniciadas muy temprano en el proceso a través
de organizaciones como la Comisión Episcopal de Acción
Social (CEAS) y otras. La CVR ha llegado a la conclusión
de que muchas vidas fueron salvadas y muchos otros atropellos
fueron impedidos gracias al concurso de estas
organizaciones cuyo papel fue demandado y reconocido ampliamente
por la población, así como de religiosos y laicos
individuales, más allá de orientaciones teológicas
o pastorales. En departamentos como Puno, Cajamarca, Ancash, Ucayali
o Amazonas, el papel de sacerdotes, laicos y catequistas contribuyó
a fortalecer el tejido social y construir una barrera que debilitó
el avance del PCP-SL y el desborde de la denominada "guerra
sucia". La CVR rinde homenaje a los cristianos que defendieron
la vida durante el tiempo de la violencia política y repudia
el asesinato de sacerdotes y religiosas en cumplimientos de su
misión, sobre todo entre los sectores más desfavorecidos
del campo y la ciudad.
142. La CVR ha encontrado, sin embargo, que la defensa de los
derechos humanos no fue firme en el arzobispado de Ayacucho durante
la mayor parte del conflicto armado. Durante buena parte del conflicto
dicho arzobispado puso obstáculos a la labor de organizaciones
de la Iglesia vinculadas al tema, a la vez que negaba violaciones
de los derechos humanos. La Comisión deplora que algunas
autoridades eclesiásticas de Ayacucho, Huancavelica y Abancay
no hayan cumplido con su compromiso pastoral.
143. La CVR ha concluido que las iglesias evangélicas
cumplieron también un valioso papel de protección
de los derechos humanos, principalmente a partir de sus instancias
de coordinación nacional. Reconoce, asimismo, el valor
de los pastores que cumplieron esa labor de defensa de la vida
y denuncia de la violencia con peligro para ellos, muchas veces
en zonas periféricas de las grandes ciudades y en zonas
rurales muy apartadas. Constata también que un número
significativo de campesinos evangélicos participaron en
comités de autodefensa que enfrentaron a la subversión.
Sin embargo, lamenta que algunas comunidades evangélicas
no se hayan hecho eco de la defensa de los derechos humanos.
144. La CVR rinde homenaje a sacerdotes, religiosos y religiosas,
fieles católicos y evangélicos que pagaron con su
vida su labor pastoral durante el conflicto armado interno.
D. Sobre las organizaciones defensoras de los Derechos
Humanos
145. La CVR ha concluido que a lo largo del conflicto, decenas
de asociaciones de la sociedad civil mantuvieron viva la capacidad
de indignación ante lo que ocurría y crearon un
eficaz movimiento a favor de los derechos humanos que, organizado
alrededor de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos (CNDH),
se convirtió -pese a una permanente satanización
en su contra- en un referente ético en el escenario nacional
y en un efectivo recurso para que las víctimas pudiesen
avanzar en su objetivo de alcanzar la verdad y exigir la justicia.
La Comisión está convencida de que el país
debe a las organizaciones de derechos humanos una deuda de gratitud
porque, al ejercer el derecho democrático de fiscalizar
a las fuerzas del orden, contribuyeron a controlar algunos de
los aspectos más brutales del conflicto y a ganar para
la lucha democrática del pueblo peruano una amplia solidaridad
internacional.
146. De acuerdo a la tradición del movimiento internacional
de derechos humanos, en los
primeros años del conflicto los organismos peruanos defensores
de los derechos humanos centraron su crítica fundamentalmente
en el Estado, cuyas acciones se enmarcan dentro de un ordenamiento
legal que deben respetar, que es además signatario de tratados
internacionales y debe, sobre todo, responder por la seguridad
de sus ciudadanos. Sin embargo, a mediados de la década
de 1980 los organismos que conformaron la CNDH zanjaron con las
organizaciones de fachada de los grupos subversivos (24). Posteriormente,
se negaron a defender legalmente a militantes o líderes
de dichos grupos e influyeron activa y exitosamente en el movimiento
internacional de derechos humanos, para que sus organismos incluyan
dentro de sus críticas y monitoreo a los grupos subversivos,
tanto peruanos como de todo el mundo.
147. La CVR ha constatado también, a diferencia de otros
países donde se dieron conflictos armados internos, la
debilidad de las organizaciones de víctimas. Ello porque
en la mayoría de los casos las víctimas eran campesinos
pobres, con poca conciencia de derechos, difícil acceso
a la justicia, débiles redes sociales y escasos contactos
urbanos. Esta debilidad favoreció la impunidad de los perpetradores.
148. En tal contexto, la CVR destaca y reconoce la persistencia
de la Asociación Nacional de Familiares de Secuestrados,
Detenidos y Desaparecidos del Perú (ANFASEP), conformada
en su abrumadora mayoría por mujeres ayacuchanas quechua
hablantes de escasos recursos. Aún en los peores momentos,
con tenacidad y valentía, dichas mujeres mantuvieron viva
la llama de la esperanza en la recuperación de sus seres
queridos y en la justicia para los responsables de su desaparición.
E. Sobre los medios de comunicación
149. La Comisión de la Verdad y Reconciliación
constata que a lo largo del conflicto armado interno los medios
de comunicación jugaron un papel muy importante. Durante
esos años el trabajo de investigación periodística
fue abundante, valiente y en algunos casos, como el de la masacre
de La Cantuta (julio 1992), indispensable para encontrar a los
responsables de crímenes atroces. Muchas veces, en esas
investigaciones los periodistas arriesgaron la vida y, desgraciadamente,
en varios ocasiones la perdieron. La CVR rinde homenaje a los
periodistas asesinados durante el conflicto armado interno en
cumplimiento de su deber. Hace mención particular a los
mártires de Uchuraccay, primeros periodistas caídos
en el cumplimiento de su deber en circunstancias especialmente
trágicas. Asimismo, reconoce de manera especial la contribución
al esclarecimiento de hechos y a las denuncias de crímenes
y violaciones a los derechos humanos de parte de los periodistas
que en las provincias declaradas en estado de emergencia cumplieron
su deber abnegadamente y en condiciones muy adversas.
150. En lo que se refiere a la cobertura y la línea editorial,
la CVR constata que desde inicios de la década de 1980
los medios de comunicación condenaron la violencia subversiva,
aunque con matices según las inclinaciones políticas
de cada uno, lo que implicaba evaluaciones diferentes de la situación
o de los objetivos de las organizaciones subversivas. Sin embargo,
los medios no tuvieron la misma posición en cuanto a la
investigación y denuncia de las violaciones de derechos
humanos. Reconoce que hubo valioso y arriesgado trabajo de investigación
y denuncia, pero al mismo tiempo, señala que hubo medios
que sostuvieron una posición ambigua e incluso en ciertos
casos importantes avalaron la violencia arbitraria del Estado.
151. En lo que se refiere al modo de la cobertura realizada,
la CVR ha encontrado que en muchos medios se cayó en una
presentación cruda, desconsiderada frente a las víctimas
y poco conducente a suscitar una reflexión y una sensibilización
nacional. Forma parte de este problema el racismo implícito
en los medios, que ha de ser resaltado en el informe final (25).
152. En muchos medios, el tema de la violencia subversiva y contrasubversiva
no fue pues tratado de una manera tal que significara un aporte
significativo a la pacificación del país. La CVR
considera que dos factores condujeron a ese resultado: i) la adopción
inopinada de una lógica de la violencia, que terminó
por imponer un tratamiento poco sensible de los temas, y ii) la
primacía de una lógica comercial, que en los peores
casos condujo al amarillismo y se complicó a finales de
la década de 1990 con el fenómeno de megacorrupción
y compra de medios.
VI. Sobre las secuelas del conflicto armado interno
153. La CVR halla que el conflicto armado interno que ha investigado
es el más grave de
nuestra historia republicana y ha dejado secuelas muy profundas
en todos los planos de la vida nacional. La amplitud e intensidad
del conflicto acentuaron los graves desequilibrios nacionales;
destruyeron el orden democrático; agudizaron la pobreza
y profundizaron la desigualdad; agravaron formas de discriminación
y exclusión; debilitaron las redes sociales y emocionales
y propiciaron una cultura de temor y desconfianza. Es necesario,
sin embargo, resaltar que -pese a las duras condiciones-hubo personas
y poblaciones que resistieron y se esforzaron por la afirmación
de una sociedad constructora de la paz y del derecho.
154. La CVR hace notar que, el conflicto resultó en la
masiva destrucción de la infraestructura productiva y pérdida
de capital social y oportunidades económicas. Los departamentos
que lo sufrieron con mayor intensidad se encuentran hoy en los
últimos lugares en los índices de pobreza y desarrollo
humano. No es casualidad que cuatro de los departamentos más
afectados por el conflicto: -Huancavelica, Ayacucho, Apurímac
y Huánuco- se encuentren entre los cinco más pobres
del país.
155. A la CVR le ha sido posible constatar que la violencia destruyó
y desorganizó la vida social local, especialmente por el
asesinato de dirigentes y autoridades tradicionales como estatales.
Eso produjo un profundo debilitamiento de la sociedad civil, de
los partidos políticos y de las estructuras en donde más
necesarias eran: en los sectores más marginalizados y necesitados
de inclusión y expansión de la ciudadanía.
156. Para la CVR el desplazamiento masivo desde las zonas de
violencia constituyó un doloroso proceso de desarraigo
y empobrecimiento de cientos de miles de peruanos y peruanas;
ello produjo una urbanización compulsiva así como
un retroceso histórico en el patrón de ocupación
del territorio andino, lo que habrá de afectar por largo
tiempo las posibilidades de un desarrollo humano sostenible. La
población desplazada vio afectadas sus redes sociales,
que debieron adaptarse con distintos grados de éxito y
con gran sufrimiento a las nuevas circunstancias, lo cual constituyó
un enorme reto para la provisión de servicios en las ciudades.
Asimismo, los desplazados por el conflicto fueron en muchos casos
estigmatizados y discriminados en escuelas, barrios y centros
de trabajo. Al retornar, tuvieron que enfrentar a veces graves
problemas de tierras y ausencia de apoyo suficiente para reorganizarse
y sostener a sus familias.
157. La CVR ha constatado que toda una generación de niños
y jóvenes ha visto truncada o empobrecida su formación
escolar y universitaria como resultado del conflicto; ellos merecen
atención preferente del Estado.
158. La CVR es conciente de que el conflicto armado interno intensificó
hasta niveles
insoportables el miedo y la desconfianza, que a su vez contribuyeron
a fragmentar y atomizar la sociedad. En esas condiciones, el sufrimiento
extremo ha causado resentimiento y ha teñido de recelo
y violencia la convivencia social y las relaciones interpersonales.
159. La CVR ha constatado que amplios sectores de la población
afectada por la violencia
sufren una u otra forma de secuela en su salud mental, lo que
debilita sus capacidades de desarrollarse y superar las heridas
del pasado (26).
160. Para la CVR una secuela del conflicto armado interno en
el terreno político consiste en que él favoreció
la descomposición moral en la que se hundió el país
durante los últimos años de la dictadura de Alberto
Fujimori. En efecto, la forma en que el Estado, las fuerzas políticas
y sectores importantes de la opinión pública enfrentaron
esos años, mostrando indiferencia, tolerancia hacia las
violaciones a los derechos humanos y disposición a trocar
democracia a cambio de seguridad como costo necesario para terminarlo,
abrió paso a la autocracia y la impunidad
161. Finalmente la CVR señala que, debe reconocerse que
la violencia, con todo su rigor, no fue capaz de destruir la capacidad
de respuesta de la población. En numerosas ocasiones, ante
la destrucción de redes sociales tradicionales y el asesinato
masivo de dirigentes, las mujeres asumieron nuevas responsabilidades
y lanzaron al país el reto moral de reconocer la pérdida
de miles de sus hijos en masacres y desapariciones. Dirigentes
jóvenes reconstruyeron muchas de las comunidades más
afectadas y -en el proceso de retorno de muchos desplazados- se
pudo comprobar que muchas comunidades habían sido capaces
de resistir a la violencia a través de la autodefensa y
también con alternativas de paz y procesos de micro-reconciliación.
162. La CVR llega a la convicción de que las secuelas
del conflicto armado interno pesan como una grave hipoteca sobre
nuestro futuro y afectan decisivamente nuestra construcción
como comunidad nacional de ciudadanos libres e iguales en un país
democrático y plural, que avance por el camino del desarrollo
y la equidad. Considera, asimismo, que el primer paso para superar
esas secuelas es que el país conozca en toda su magnitud
las dimensiones del horror vivido entre 1980 y 2000.
VII. Sobre la necesidad de reparar
163. La CVR, a partir del informe que entrega al país
estima que, si bien pudo alegarse ignorancia o incomprensión
frente al drama que se venía en los primeros años
del conflicto, ello no es más posible. Enterados los poderes
del Estado y los ciudadanos y ciudadanas a quienes va dirigido
nuestro informe de las sobrecogedoras dimensiones de lo ocurrido,
resulta indispensable, si queremos vivir civilizadamente en paz
y en democracia, reparar, en la medida de lo posible, los gravísimos
daños que se han ocasionado.
164. La CVR considera que su misma existencia y el mandato que
recibió de proponer reparaciones constituye ya el inicio
de un proceso de resarcimiento y de dignificación de las
víctimas.
165. Para la CVR la reparación tiene profundas implicancias
éticas y políticas y es un componente importante
del proceso de reconciliación nacional. Al ser las víctimas
del conflicto en su abrumadora mayoría campesinos, pobres,
indígenas, tradicionalmente discriminados y excluidos son
ellos los que deben recibir atención preferente por parte
del Estado.
166. Para la CVR, la reparación implica revertir el clima
de indiferencia con actos de solidaridad que contribuyan a la
superación de enfoques y hábitos discriminatorios,
no exentos de racismo. Aplicadas con equidad, las reparaciones
deben asimismo generar confianza cívica, restableciendo
las relaciones dañadas entre los ciudadanos y el Estado,
de modo que se consolide la transición y gobernabilidad
democráticas y se prevengan nuevos escenarios de violencia.
167. La CVR presenta al país un "Programa Integral
de Reparaciones" donde se combinan formas individuales y
colectivas, simbólicas y materiales de resarcimiento. El
Programa debe ser financiado creativamente por el Estado, pero
también por la sociedad y la cooperación internacional;
él pone énfasis en: i) las reparaciones simbólicas,
el rescate de la memoria y la dignificación de las víctimas;
ii) la atención a la educación y a la salud mental;
iii) las reparaciones económicas individuales y colectivas
(programas de reconstrucción institucional, desarrollo
comunal, servicios básicos y generación de ingresos).
168. La CVR considera que una parte esencial del proceso de reparación
es la justicia. La
Comisión advierte, asimismo, que ningún camino hacia
la reconciliación será transitable si no va acompañado
de un ejercicio efectivo de la justicia, tanto en lo que concierne
a la reparación de los daños sufridos por las víctimas
cuanto en lo relativo al justo castigo a los perpetradores y el
consiguiente fin de la impunidad. No se puede construir un país
éticamente sano y políticamente viable sobre los
cimientos de la impunidad. A través de los casos que entrega
al Ministerio Público, de la identificación de alrededor
de 24 mil víctimas del conflicto armado interno y de los
hallazgos de sus investigaciones en general, la CVR busca ampliar
sustancialmente los argumentos para sustentar el reclamo de justicia
de las víctimas y sus organizaciones, así como de
los organismos defensores de los Derechos Humanos y ciudadanos
en general.
169. Asimismo, la CVR ha elaborado un Registro Nacional de Sitios
de Entierro sobre la base de la información obtenida durante
sus investigaciones. Al término de su mandato, la CVR ha
registrado 4,644 sitios de entierro a nivel nacional, habiendo
realizado tres exhumaciones y constataciones preliminares en 2,200
de ellos. Estas cifras que superan ampliamente las estimaciones
anteriores, confirman la importancia que tiene impulsar y ejecutar
el Plan Nacional de Intervenciones Antropológico Forenses
que propone la CVR. Así mismo, la CVR se ratifica en la
importancia fundamental del trabajo antropológico forense
para alcanzar justicia, identificar las posibles víctimas
y procesar el duelo por nuestros compatriotas desaparecidos.
VIII. Sobre el proceso de Reconciliación Nacional
170. La CVR propone que el gran horizonte de la reconciliación
nacional es el de la ciudadanía plena para todos los peruanos
y peruanas. A partir de su mandato de propiciar la reconciliación
nacional y de sus investigaciones realizadas, la CVR interpreta
la reconciliación como un nuevo pacto fundacional entre
el Estado y la sociedad peruanos, y entre los miembros de la sociedad.
171. La CVR entiende que la reconciliación debe ocurrir
en el nivel personal y familiar; en el de las organizaciones de
la sociedad y en el replanteamiento de las relaciones entre el
Estado y la sociedad en su conjunto. Los tres planos señalados
deben adecuarse a una meta general, que es la edificación
de un país que se reconozca positivamente como multiétnico,
pluricultural y multilingüe. Tal reconocimiento es la base
para la superación de las prácticas de discriminación
que subyacen a las múltiples discordias de nuestra historia
republicana.
Notas
1. En un intervalo de confianza al 95 por ciento cuyos límites
inferior y superior son 61,007 y 77,552 víctimas, respectivamente.
2. La CVR ha recibido reportes de muertes y desapariciones como
producto del conflicto armado interno en todos los departamentos,
salvo Moquegua y Madre de Dios. Sólo en Tacna (1) y Tumbes
(4), la cifra de víctimas reportadas a la CVR es de un
dígito (véase: mapa 1).
3. Debe señalarse cómo quienes hoy viven en esos
departamentos son tan pobres que en conjunto concentran tan sólo
el 9 por ciento del ingreso de todas las familias peruanas. Además
Huancavelica, Ayacucho, Apurímac y Huanuco son 4 de los
cinco departamentos más pobres del país.
4 En comparación al 29% de personas que vivían en
zonas rurales según el censo de 1993 y el 28% de la PEA
nacional estaba ocupada en el sector agropecuario en ese mismo
año.
5. Este dato contrasta de manera elocuente con el hecho de que
la población que comparte esa característica constituye
solamente el 16 por ciento de la población peruana de acuerdo
con el censo nacional de 1993. En los tres departamentos más
afectados, la proporción de personas que hablaban quechua
u otra lengua nativa es siempre mayor
entre las víctimas fatales reportadas a la CVR que en el
conjunto de la población.
6. La CVR ha recibido reportes de 930 autoridades locales asesinadas
por el PCP-SL, sin embargo, la CVR estima que la cifra real es
mucho mayor.
7. El acto mismo de levantarse en armas contra un régimen
legítimamente elegido es un acto criminal.
8. Unidad contrainsurgente de la antigua Guardia Civil.
9. Las FFPP no contaban con un despliegue suficiente de efectivos
en zonas rurales. Allí se encontraban destacados pequeños
contingentes de guardias civiles con formación básica,
que en muchos casos no sumaban más de ocho. Básicamente,
personal de refuerzo como los sinchis, estuvieron acantonados
en la ciudad de Huamanga, desde donde realizaban viajes en helicóptero.
Pero, incluso con ellos, no se dieron abasto para dar una respuesta
en la totalidad las extensas zonas afectadas y, debido al riesgo
que sus efectivos corrían debido a los ataques, tomaron
la decisión de empezar a replegar los puestos rurales,
uniendo varios de los mismos sobre todo en capitales de provincia.
10. Los documentos del PCP-SL reconocen alrededor de 1,700 bajas
entre militantes del partido, el ejército guerrillero popular
y las denominadas "masas", que los apoyaron entre 1983
y 1985. Aunque no hay convicción absoluta al respecto,
la CVR considera que parte de los militantes muertos del PCP-SL
pueden corresponder al total de 2000 desaparecidos a manos de
SL, sobre los que se puede razonablemente considerar que fueron
jóvenes reclutados forzosamente que nunca más volvieron,
posiblemente porque cayeron en enfrentamientos.
11. El menoscabo de la eficiencia de las FFAA en su tarea fundamental
de la defensa nacional se reveló en el conflicto del Cenepa
en 1995.
12. Nombrar algún Caso Judiciable.
13. Esta última pudo haberse dejado en manos de la autoridad
civil, o de un ministro o delegado presidencial ad-hoc.
14. De acuerdo a la Ley 24150, promulgada en 1985, por la cual
toda infracción en zonas declaradas en estado de emergencia
era considerada delito de función y, por tanto, era juzgada
en el fuero militar.
15. Los principales actores políticos lanzaron acusaciones
cruzadas que denunciaban la autoría de actos terroristas
simultáneamente al gobierno cubano y a la CIA; a la izquierda
legal y al gobierno, incluso a militares velasquistas o de ultraderecha.
16. Cambio 90 fue desactivado después de las elecciones
de 1990 y nunca tuvo vida orgánica. Nueva Mayoría
fue sólo una sigla para presentarse a las elecciones. El
Frente Perú al 2000, que debió respaldarlo en las
elecciones del 2000, falsificó más de un millón
de firmas para inscribirse en el Jurado Nacional de Elecciones.
17. Un punto de inflexión fue la permanencia de Nicolás
de Bari Hermoza Ríos como Comandante General luego de su
pase a retiro a fin de 1991 y hasta 1998.
18. Chequear. Informe Gorriti. Informe 90s.
19. Prueba de que era posible objetar esta impunidad la constituye
la valiente actitud de la Dra. Antonia Saquicuray, que conoció
el caso Barrios Altos, sustentando la inconstitucionalidad de
la Ley de Amnistía.
20. Aunque poco aplicada, en la década de 1990 la ley de
"apología del terrorismo" legalizó el
amedrentamiento al
magisterio.
21. Véase capítulo sobre Universidades.
22. De acuerdo a testimonios recogidos por la CVR, del total de
víctimas producidas por agentes del Estado durante el
conflicto, el 3% fueron maestros y el 2.4% estudiantes universitarios
o de institutos superiores.
23. Véase capítulo sobre Universidades.
24. Como los llamados "Abogados Democráticos"
25. Véase la sección: Causas.
26. Sin embargo, considerando que la violencia y la sevicia ejercidas
intencionalmente tienen un impacto devastador para el psiquismo,
no hablamos de respuestas anormales ni de trastorno mental, aunque
reconocemos que pueden devenir en malestar, síntoma, que
requieren atención.
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