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de Derechos Humanos

 

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La Carta Democrática Interamericana

Intervención en el Panel sobre el contenido de CDI, realizado en Costa Rica, 9 y 10 de julio de 2001

José Thompson, Director CAPEL-IIDH


Buenos días a todos

Saludo especialmente la iniciativa de la Cancillería de Costa Rica de abrir un diálogo con las organizaciones de la Sociedad Civil, a los interesados en el tema de la Carta Democrática Interamericana, y agradezco la oportunidad de compartir con ustedes unas reflexiones al respecto del proyecto que hoy estamos considerando.

Permítanme si en algunos casos podemos incurrir en una reiteración ya que en algunos de los conceptos que don Rodolfo compartió con ustedes vamos a estar indudablemente de acuerdo. En primer lugar, yo señalaría la importancia de esta iniciativa: yo creo que hay gente que ha querido ver en lo que sucedió en la Asamblea General de la OEA, simplemente una dinámica de no resultados cuando conociendo como se maneja la vida interna de la Organización de Estados Americanos esta Asamblea que pasó, fue una Asamblea productiva que precisamente nos va a llevar a la consideración, a más tardar a fines de setiembre, de una carta Democrática Interamericana, y que evidentemente tuvo que entrar a discutir temas importantísimos respecto al tema del fortalecimiento del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.

Se ha querido hacer aparecer como que la falta de resoluciones concretas en la Asamblea General implicó un fracaso de esta actividad, y eso no es cierto. La Asamblea General de la OEA no es el único momento en que se adoptan decisiones ni tiene que serlo por la propia forma de la Organización; de hecho yo les diría de la experiencia que algunos hemos tenido con la Organización de Estados Americanos que esta fue una Asamblea particularmente rica en los debates y que exigió la toma de decisiones, por lo menos a corto plazo en el tema de la Carta Democrática. También es muy importante señalar la vigencia del debate sobre el tema de la Democracia, mucha gente que ya daba por sentado que todos estábamos de acuerdo en lo que significaba la democracia, cuáles eran sus elementos constitutivos. Los que hablaron del fin de la historia y dijeron que ahí se había acabado la discusión sobre qué significaba democracia, ahora nos encontramos que este tema, es un tema vital no solo en el contexto de la OEA, sino en el debate internacional de los países, y ustedes han estado bastante al tanto de lo que significa el debate entre democracia representativa y democracia participativa.

Por cierto, déjenme compartir con ustedes que, a propósito de una reflexión que hicimos en CAPEL y en el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, nosotros este año, que es el año de la participación política dentro de las actividades del Instituto Interamericano de Derechos Humanos, marcamos que una democracia para ser entendida como completa en el contexto de nuestro continente, tenía que entenderse como representativa pero también participativa y, agregamos un tercer adjetivo, dijimos que la democracia en América Latina, en nuestro continente, fuera además inclusiva, incluyente, porque así como nos acostumbramos a crecer con un concepto de desarrollo con exclusión social, también nos hemos acostumbrado a un concepto de instalación democrática con exclusión de grandes sectores, y si no que lo digan nuestros pueblos indígenas, los pueblos afroamericanos, el reducido acceso de la mujer a puestos públicos, etc, etc, etc. Yo creo que las sociedades latinoamericanas tienen, y no solo las latinoamericanas, creo que también las del Caribe y las Norteamericanas, tienen que reconocerse como sociedades diversas y plurales, para reflejar, entonces, en su democracia y su sistema político esa diversidad y no negarla. Una amiga compartía el otro día con nosotros la anécdota, de que un país del caribe hicieron una encuesta acerca de la pertenencia de la gente a los diferentes grupos étnicos, y ese país del caribe, resultó con una composición étnica, a juzgar por los resultados de esta encuesta, igual a la de Suiza. Entonces, o nos aceptamos como quienes somos y nos reconocemos como diversos o no vamos a poder avanzar en un concepto de democracia que realmente nos represente a todos.

Sobre la Carta Democrática, yo quiero insistir en que considero importante el debate; que me parece valiente que se trate de incluir primero una cláusula democrática en los procesos de integración políticos o económicos, y por ahí empezó buena parte del debate. A veces se pregunta uno si los procesos de integración están listos para esta inclusión de la cláusula democrática. Ha habido otros sistemas en donde la integración económica parece haber precedido a la integración política pero evidentemente el esfuerzo es importante, es atinente, es vigente y es valiente y es oportuno, ahora, como se está haciendo.

Yo ahí tengo que concordar con don Rodolfo Cerdas, en que encuentro una cantidad de deficiencias, de vaguedades, de ambigüedades y de vacíos en el proyecto que estamos considerando hoy: ¿ A qué se refiere el proyecto sintéticamente? A cuatro grandes cosas:

1. La Democracia como concepto y en el Sistema Interamericano
2. La relación entre Democracia y Derechos Humanos
3. Los mecanismos para la defensa de la Democracia
4. Digamos actividades relacionadas con lo que es promoción y vigilancia del desarrollo de la Democracia.

Esos son básicamente los apartados en que uno puede resumir el contenido de este proyecto de Carta Democrática, pero empecemos por lo primero: Democracia, concepto de Democracia y sistema Interamericano. En primer lugar, concuerdo con don Rodolfo, los elementos constitutivos de la Democracia. Aquí nos hablan del tema de las elecciones, evidentemente las elecciones son un elemento necesario pero no suficiente para poder calificar un régimen como democrático; tienen que ser además ciertas elecciones, y según el proyecto de la carta ha escogido la terminología de que sean libres y justas, y esta terminología es ambigua, no repite la que se acostumbra en el Sistema Interamericano. Fíjense ustedes que en Sistema Interamericano hay una mejor definición en el artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en donde se requiere que sean periódicas, auténticas, con sufragio universal y por voto secreto; cuatro condiciones que son más precisas que las que están en la carta, de modo que no haya que inventar nada. Bastaba con trasladar las características de un instrumento del mismo Sistema Interamericano, además en doctrina crecientemente se habla del concepto de elecciones competidas para salir de la relativa ambigüedad del término auténticas y, este es un concepto que debería de alguna manera integrarse en la carta.

Sobre la relación de la democracia con los derechos humanos dentro del Sistema Interamericano, una cosa que yo quisiera marcar acá, es que de alguna manera la Carta trata de exigir que la democracia sea el sistema político de los países que pertenezcan a la Organización de Estados Americanos. Ustedes saben que este es un debate que ya existió en alguna oportunidad en el seno de la OEA, a propósito de lo que algunos han llamado expulsión de Cuba, otros han llamado la exclusión de Cuba del Sistema Interamericano y en aquel momento se dijo que la democracia representativa era el sistema político de la Organización de Estados Americanos, de tal manera que ahora el traer este debate tiene que representar también definir con mayor precisión lo que uno entiende por democracia. Como decía don Rodolfo, totalmente de acuerdo con él, no solamente estamos hablando de un concepto de elecciones, estamos hablando también de cuáles son los conceptos respecto a la institucionalidad que debe existir en un país ara que se considere que hay una verdadera democracia y cuáles son las características de esa democracia en función de respetar efectivamente la voluntad del pueblo.

En cuanto a la relación entre democracia y derechos humanos, conceptualmente la democracia y los derechos humanos están íntimamente vinculados no solo, y esto a mucha gente se le olvida, porque el voto y la capacidad de ser elegidos son derechos humanos, son derechos políticos que están consagrados en los instrumentos internacionales de derechos humanos, -ya yo les cité el artículo 23 de la Convención Americana, les puedo citar el artículo 25 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos,- o sea, estos son derechos humanos, sino porque ciertos mecanismos, para que funcione la democracia tienen relación con los derechos humanos. Hay una vinculación íntima entre lo que es ejercicio de los derechos humanos y vigencia real de la democracia, pero también la vigencia de la democracia exige el respeto de muchos derechos humanos. Es más, la primera idea que le viene a uno a la mente es la libertad de expresión que la Corte Interamericana de Derechos Humanos calificó como la piedra angular de la democracia en su opinión consultiva, en donde definió porqué este derecho tenía una entidad distinta dentro del Sistema Interamericano. Curiosamente, y como bien lo dijo don Rodolfo, la libertad de expresión aparece invisibilizada, o un poco opaca en esta Carta Democrática, en donde se habla por ejemplo de libertad de prensa, que es uno de sus componentes pero evidentemente no es el único.

El artículo cuarto, por ejemplo, habla de derechos sociales en el caso de los derechos que deben estar incluidos para que la vinculación entre democracia y derechos humanos efectivamente funcione, pero no habla de derechos económicos. Vean ustedes que habla de desarrollo económico y social pero no habla de derechos económicos, y el Sistema Interamericano, como los Sistemas Internacionales de derechos humanos, conoce de derechos económicos, sociales y culturales y aquí, por alguna extraña razón, aparecieron los sociales y desaparecieron los otros. Entonces si queremos ser integrales en nuestra visión de derechos humanos también deberíamos trasladarlo a esta visión de la vinculación entre democracia y derechos humanos.

Seguimos con las críticas a la Carta, entonces el mismo arranque del proyecto que ahora analizamos, parece querer vincular democracia y derechos humanos, pero tiene un serio problema en su planteamiento cuando dice que los pueblos de América tienen derechos a la democracia, ¿Que quiere decir eso? Fíjense ustedes que en derecho internacional público hay un concepto que es el concepto de pueblo diferente del de Estado, ¿quiere decir que nosotros le estamos reconociendo el derecho de la democracia a los pueblos o a los Estados?, y si son los pueblos, ¿cuáles son los pueblos? Queremos con esto decir que las poblaciones indígenas o poblaciones autóctonas tienen un derecho a la democracia diferente. Es decir, tenemos que definir los términos de los que estamos hablando; además, ¿qué quiere decir un derecho a la democracia? No parecería mejor decir que los países de América reconocen la necesidad de vivir en democracia y de defender la integridad de la democracia, o como decía don Rodolfo, reconocer que la democracia ha sido el fruto de una lucha de los países americanos por formar un sistema que realmente lo represente. De modo que, por ahí tendríamos algún tema que trabajar con respecto a refinar esa vinculación entre democracia y derechos humanos para hacerla más precisa, de nuevo los artículos 8 y 9 reiteran la importancia de los derechos humanos, pero con toda franqueza, son declaraciones que no agregan nada a los instrumentos vigentes en el Sistema Interamericano, ni a sus mecanismos de protección. Si ustedes los observan, lo único que dice es que los hombres y las mujeres de América tienen los derechos consagrados en los instrumentos, entonces ¿para qué hacemos esa declaración si ya de todas maneras los tienen según esos instrumentos? De hecho, más bien, fíjense que en el numeral 9, se refiere exclusivamente a violaciones de derechos civiles y políticos. Fíjense de nuevo en ese tema, y excluye totalmente los derechos económicos, sociales y culturales, que como sabemos tienen ciertas dificultades de exigibilidad para entrar en el Sistema Interamericano, pero no es lógico, que este proyecto de carta los excluya, como si los hombres y mujeres de América no pudieran reclamar también violaciones a sus derechos económicos, sociales y culturales y ese es un tema fundamental, porque por la vía de estas exclusiones puede terminar minándose la poca exigibilidad que de todas maneras estos derechos tienen.

De acuerdo también con que el mecanismo previsto para la defensa de la institucionalidad democrática está por lo menos impreciso, sobre todo los casos en que pareciera que el que un Estado acuda a pedir ayuda en el caso de una amenaza a la institucionalidad democrática; es una hipótesis relativamente remota porque generalmente la amenaza viene del propio poder público en la mayor parte de los países, que es a lo que se refiere el siguiente artículo, pero entonces por tratar de mezclar las dos hipótesis se terminó debilitando la que debería haber concentrado mayor atención.

Interesante, una reflexión, porque sé que estoy prácticamente excedido del tiempo, que el proyecto de carta en examen subraya que las obligaciones en el tema de derechos humanos no se suspenderán si llega a suspenderse al Estado por quebrantamiento del orden democrático. Les digo que interesante es la reflexión porque esta ha sido la argumentación con que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha seguido juzgando la evolución del caso cubano a pesar de que Cuba no está activa dentro de los órganos del Sistema Interamericano.

Por lo que toca a los temas restantes, misiones de observación, promoción de la democracia, honradamente agregan poco a lo que sucede en la realidad, porque estos son temas que existen. La OEA organiza misiones de observación electoral y tiene programas de promoción de los valores democráticos, de hecho, yo diría que casi que debilitan algunas de las potestades, porque repiten conceptos tan poco afortunados como el de elecciones libres y justas en lugar de las características que comentamos más atrás y en cambio no elaboran sobre los principios: ¿Qué significa promoción?, ¿A qué se comprometen los Estados?, si los Estados efectivamente reconocen el valor de la educación para promover y profundizar la democracia, ¿Qué quiere decir esto?; de tal manera que yo, pueden sonar unas críticas muy contundentes y abundantes, pero créanme que las formulo con el mejor ánimo de que de estos trabajos y de otros más adelante, pueda surgir un instrumento más preciso, más eficaz, más útil precisamente en la defensa de la democracia en esta parte del mundo que es lo que ha todos nos interesa.

Muchas gracias.

Fuente: Instituto Interamericano de Derechos Humanos, IIDH, Costa Rica
http://www.iidh.ed.cr/aplicaciones/sitio_web/act2001/panel_joset.htm


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