Programa Andino
de Derechos Humanos

 

Hacia la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información


Foro Argentino de Radios Comunitarias
contra el Proyecto de Penalización

Carta del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO), dirigida al Presidente del Senado Juan Carlos Maqueda, contra el proyecto que penaliza a radios "no autorizadas"..


Buenos Aires, 6 de septiembre de 2002


Sr. Presidente Senado de la Nación
Senador Juan carlos Maqueda

De nuestra consideración:

Nos dirigimos a usted en nombre de FARCO (Foro Argentino de Radios Comunitarias) a fin de manifestar nuestra preocupación ante el Proyecto contenido en el Expte. 117/01, por el que se propicia la inclusión de los artículos 197 bis, 197 ter y 197 quater en el texto del Código Penal. Nos alarma especialmente la penalización de radios "no autorizadas".

Solicitamos ser escuchados en las Comisiones que tienen en debate el proyecto. Nuestra entidad -con personería Jurídica reconocida por la Resolución Nº 717 de Inspección General de Justicia- viene haciendo propuestas sobre radiodifusión desde hace muchos años.

Consideramos que ese proyecto, tal como está, es inconstitucional, inoportuno e inaplicable.

No queremos, ni defendemos, la ilegalidad y mucho menos la clandestinidad. Venimos reclamando desde hace años una ley de radiodifusión acorde con la democracia que permita poner orden en el espectro radioléctrico que hoy es un caos. Varias veces el Senado tuvo en tratamiento proyectos que hubieran permitido la normalización de la radiodifusión en FM y quedaron en proyectos.

La norma propuesta no logrará normalizar el espectro radioeléctrico, lo que supuestamente pretende. Mientras no existe forma de regularizar las radios se intenta penalizar a las que no pueden obtener su reconocimiento legal en el marco de la Ley de facto 22.285.

El responsable de la actual situación de caos es el propio Estado que ha dictado normas contradictorias y ha hecho, en la practica, imposible para la mayoría de las radios su reconocimiento legal. Lo dicho, en orden a que la norma de facto 22.285 --que actualmente sigue rigiendo la radiodifusión-- y el Decreto 1151/84 en forma conjunta -- que suspendió la realización de concursos hasta que se sancionara una nueva ley de radiodifusión-- resultaron un cepo en el acceso legítimo de nuevos medios a la actividad radiodifusora.

Si bien el artículo 65 de la ley de reforma del Estado del 89, promovió la regularización de los servicios que estaban fuera de la ley con anterioridad al 17/8/89, aún esperamos un frustrado proceso de normalización que nunca finalizó en su aplicación, tal como lo revela claramente la catarata de regulaciones emergentes de los decretos 1357/89, 859/91, 890/92, 1143/96, 1144/96, 1260/96, 310/98 y 2/99. Además de esta zigzagueante regulación, el COMFER dictó las resoluciones 341/93 y 90/94 para inscribir emisoras, y la Secretaria de Comunicaciones debería haber empadronado las emisoras para normalizarlas por la Res. 142/96.

Una enorme cantidad de emisoras que se inscribieron bajo la vigencia del decreto 1144/96 y la Res. 142 no tuvieron respuesta y hoy estarían confesas del delito a tipificarse porque nunca se resolvió sobre su procedencia.

Igualmente se enfrentan a un claro caso de inseguridad jurídica quiénes -tras esperar lo que nunca ocurrió- recurrieron a los estrados judiciales solicitando ejercer un derecho humano tan elemental como el de expresión por un soporte distinto al del papel. Centenares de emisoras hoy funcionan sobre la base de amparos o medidas cautelares judiciales.

El COMFER y la CNC tienen y siempre tuvieron las herramientas legales (Art 28 Ley 22285) para cerrar y decomisar radios "ilegales". No lo hacen porque no quieren o no pueden. No pueden porque se ha demostrado judicialmente que se han cerrado las posibilidades de acceso a licencias. Solo se ha regularizado la situación en algunas regiones del país con criterios muy discutibles y discrecionales, aplicando la Ley de la dictadura que sigue vigente, que entre otras cosas excluye a organizaciones sociales o entidades sin fines de lucro.

Advertimos que el proyectado art. 197 bis, atenta en forma directa contra las previsiones del art. 13 inc. 3 del Pacto de San José de Costa Rica que obliga a los Estados a no establecer abuso de controles sobre frecuencias radioeléctricas o impedir de modo indirecto la libre circulación de informaciones y opiniones, interpretando ese precepto con los lineamientos de los considerandos 31 y 34 de la Opinión Consultiva 5/85 de la Corte Interamericana.

Debemos señalar que la mayoría de las radios que se pretende penalizar están legitimadas por sus audiencias y en muchos casos por las autoridades locales, provinciales y hasta nacionales. ¿Cuantos de los Señores Senadores realizaron entrevistas en esas radios? ¿Cuantos utilizaron esas emisoras para hacer publicidad en sus campañas electorales? ¿Cuantas de esas emisoras emiten publicidad de organismos del Estado?

Es muy evidente, (lo dijo incluso el Senador Gioja en el recinto) el aporte de las FMs a la democratización de nuestro país. Hoy es más necesario que nunca contar con pluralidad de voces. ¿O acaso prefieren que unos pocos medios en manos de grandes grupos económicos manejen la información?

Señalamos asimismo la premura con que se aprobó este proyecto en Diputados, sin debate en Comisiones. Ha quedado demostrado judicialmente que el argumento esgrimido para la aprobación de este proyecto en la Cámara de Diputados es falso. No es cierto que las emisiones de radio "no autorizadas" interfieran la aeronavegación y en el caso de que esto sucediera son de aplicación los artículos 190, 194 y 196 de Código Penal.

La norma que se pretende introducir al Código penal busca cerrar las radios y canales de Tv "no autorizados" que están en funcionamiento (algunas desde hace ya 15 años) siendo en la mayoría de los casos, emisoras legitimadas por sus comunidades. Muchas de esas radios han demostrado su voluntad de legalizarse y no han podido regularizar su situación por incumplimientos del Estado nacional.

A nuestro criterio la verdadera consecuencia de la norma propuesta es el cierre de radios. De esta forma se consolidaría el proceso de concentración de la propiedad de los medios. Unos pocos manejan la información. Se usaría la figura penal para reprimir las libertades y derechos consagrados en la Constitución Nacional. Además se cerrarían no menos de 50.000 puestos de trabajo, lo que no es poca cosa en la actual situación del país.

Se ha argumentado falsamente que esas radios no pagan impuestos. Las personas o sociedades propietarias de esas emisoras están alcanzados por la legislación laboral y tributaria independientemente de tener o no una licencia de radiodifusor y de hecho muchos cumplimos con nuestras obligaciones en esos aspectos. Por lo tanto la AFIP y las autoridades de trabajo pueden hacer cumplir las leyes que correspondan.

Asimismo advertimos que la norma es inaplicable y no tendrá el efecto que supuestamente pretende. Primero porque la objetaremos judicialmente por su inconstitucionalidad (lo que supone miles de causas judiciales) y apelaremos al sistema Interamericano de protección de los Derechos Humanos. Por otra parte no se podrá aplicar una ley penal a casos que ya están judicializados con anterioridad a la sanción de la norma. Pero además es inaplicable porque el Estado no podría ni está en condiciones de salir a cerrar 6000 radios en todo el territorio nacional enfrentando a la población que las reconoce y acepta.

Por todo lo anterior solicitamos rechace el proyecto en lo que hace a la penalización de las radios e impulse una nueva Ley de radiodifusión acorde con el sistema democrático.
Quedamos a disposición para participar del necesario debate sobre el tema planteado con todos los sectores involucrados.

Saluda atentamente

Néstor Busso
Presidente FARCO

Fuente: dalemarcos@yahoo.com.ar

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