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A la luz de los nuevos cambios tecnológicos, la dinámica
de la sociedad actual viene guiada por la necesidad de procesar
mayores flujos de información que tiene el potencial de
cambiar el nivel de tiempo y esfuerzo requerido para desarrollar
nuestras tareas y generar valor añadido. Pese a la disminución
de los valores tecnológicos y los fuertes ajustes de personal
de las grandes empresas, resultan indudables los incrementos de
la productividad acaecidos durante el último decenio derivados
de las innovaciones tecnológicas, así como su indudable
influjo sobre la creciente internacionalización de las
actividades y los nuevas formas de producción y organización
industrial y empresarial.
Dado este escenario, parece oportuno preguntarse cómo debe
responder la acción colectiva ante los nuevos y conocidos
avatares que acarrea un mundo más interconectado y global,
cuyos nuevos problemas son en parte viejos (desigualdad de acceso,
de medios y otros.) y que han conducido, acertadamente, a muchos
teóricos a hablar de toda una nueva sociedad de la información
y del conocimiento.
Con la intención más de comentar los frentes abiertos
que proporcionar una visión compacta y precisa sobre una
cuestión todavía muy abierta, este artículo
se pregunta por las formas y las interrelaciones que deben tenerse
presentes para encauzar normativamente esta amalgama de factores
que conforman la moderna era digital. La necesidad de regular
la red se debe a dos sencillos factores en muchos sentidos incompatibles:
evitar la exclusión y fortalecer su avance tecnológico,
así como su utilidad para las personas y empresas.
Para lograr estos objetivos resulta imprescindible primero responder
a la pregunta de si es posible regular y actuar sobre el avance
la sociedad de la información. Y, a su vez, para responder
a esta pregunta, primero es necesario entender el funcionamiento
de los fundamentos básicos de la sociedad de la información
y los retos actuales planteados en el ámbito de las nuevas
tecnologías. Con este ambicioso objetivo en mente, primero
se comentan de forma sencilla desde el prisma de la regulación
los dos elementos determinantes de la sociedad de la información,
a saber: la globalización y la tecnología.
En segundo lugar, se examina de dónde surgen y cuáles
son a grandes rasgos los grandes retos regulatorios de la sociedad
de la información en términos de convergencia, integración,
mecanismos y actores relevantes. Finalmente, se concluirá
poniendo en común los puntos tratados aportando algunas
reflexiones centradas en un nuevo papel de la esfera pública
como sujeto y objeto de una acción reguladora plural que
contemple los conflictos distributivos y permita el crecimiento
adaptado a las necesidades de las personas.
Sociedad de la Información: Globalización y
Tecnología
Los factores que, de forma general, caracterizan la sociedad
de la información son la globalización y la tecnología.
Ambos se refuerzan mutuamente siendo causa y consecuencia el uno
del otro. Al no ser el propósito de este trabajo examinar
los complejos vínculos que puedan existir entre ambos (como
realizan grandes autores como Castells, Toffler, o Naisbitt),
lo realmente trascendente para examinar el problema de la regulación
es observar qué perspectivas analíticas existen
para abordar ambos conceptos y cuáles son las lecciones
que podemos esperar de las mimas.
Tal como la define David Held, la globalización es un proceso,
o una serie de procesos, que transforman la organización
espacial de las relaciones y las transacciones sociales - entendidas
en términos de su extensión, intensidad, velocidad,
e impacto -generando flujos transcontinentales o interregionales
y redes de actividad, interacción y ejercicio de poder
(Held, D. et. al: 1999). Así pues, la globalización
transforma los patrones de interacción de individuos y
organizaciones. Sin embargo, dada la gran variedad de actores
y de relaciones es necesario preguntarse si es posible identificar
algunos de estos 'patrones' que expliquen las diferentes formas
y intensidades en las que acaece dicho proceso de transformación
de las relaciones y las organizaciones-instituciones.
Es en este punto donde resulta de utilidad destacar la distinción
analítica de Braithwhaite y Drahos entre la globalización
de empresas, la de mercados y la de las regulaciones de los sectores
específicos. Así, las empresas globales son aquellas
que, originadas en un territorio específico, esparcen sus
operaciones a través de grupos y corporaciones a otros
territorios. Por su parte, los mercados globales son donde compradores
y vendedores de cualquier territorio se encuentran (de forma física
o electrónica) para realizar sus transacciones. Finalmente,
la globalización de la regulación supone la internacionalización
y expansión de normas, aunque no necesariamente su harmonización,
pues aunque un negocio se regule en todo el mundo esto no implica
que dicha regulación adopte la misma forma.
Siguiendo a estos autores, conviene resaltar que dicha distinción
es contingente y, por tanto, pueden darse unos tipos de globalización
sin los otros. Por ejemplo, se pueden encontrar mercados globalizados
sin una regulación globalizada, como sucede en el caso
de las apuestas en el que, aunque podemos jugarnos nuestro dinero
en cualquier parte del mundo a través de la red, cada país
regula el juego de forma diferente. También puede existir
una regulación global sin un mercado globalizado. Éste
sería el caso de un mercado como el farmacéutico
donde el Estado es el comprador monopsonista y, por tanto, puede
discriminar precios desvinculando el mercado de la regulación
de los precios de mercado.
Otro caso sería la globalización de empresas sin
mercados globalizados, tal y como también sucede en el
mercado farmacéutico. Por último, la globalización
de empresas puede no verse acompañada de la globalización
de la regulación. Esto es el caso de los servicios audiovisuales
donde empresas globales como la CNN o las productoras de cine
(que operan de forma distintas en función de los límites
que los paises establecen sobre temas tan diversos como la concentración
de la propiedad, la tolerancia política o pornográfica,
así como de contenido en lengua autóctona).
Otros autores como Abott y Snidal han preferido acercarse a la
globalización y sus efectos distinguiendo entre las diferentes
formas de gobernanza internacional que existen para elaborar estándares
internacionales que resuelvan los distintos problemas de externalidad
surgidos a raíz de (a) el comportamiento más o menos
oportunista de gobiernos y empresas, (b) los efectos de red, y
(c) las dificultades de coordinación entre actores. De
esta forma, entendiendo por gobernanza internacional las restricciones
formales e informales forjadas por las reglas, roles y relaciones
que definen y regulan las prácticas de los actores estatales
y no-estatales en los asuntos internacionales (Abott y Snidal,
2000), estos autores distinguen entre aquellas formas de gobernanza
que dan solución a los diferentes problemas de externalidad.
Considerando que las externalidades pueden clasificarse en analíticas
y substantivas(**), Abott y Snidal establecen cuatro clases de
problemas en la fijación de estándares internacionales,
a saber: (1) la interconectividad tecnológica, (2) externalidades
físicas; (3) interconectividad transaccional; y (4) externalidades
de política. Cada uno de estos problemas de externalidad
exige de una estructura de gobernanza diferente en función
del tiempo y del esfuerzo necesarios para alcanzar el acuerdo
y del nivel de supervisión necesario para garantizar el
cumplimiento del mismo (ambos costes de transacción). Así,
según estemos hablando de la regulación de las telecomunicaciones,
de la polución medioambiental, de la contratación
internacional o de los mercados de trabajo, también hablaremos
de una estructura de gobernanza más o menos pública,
generada por procesos bottom-up o top-down, más reactiva
o proactiva, y más o menos capturada por determinados intereses
en países específicos.
Lo realmente importante de estas perspectivas es que dejan claro
que el proceso de globalización es complejo, heterogéneo
y no tiene una resolución única sino que necesita
del análisis institucional comparado para responder a cada
caso concreto en función de sus especificidades. Los requerimientos
de información y transparencia, la concentración
de la propiedad y del número de actores, la participación
privada y civil en la toma de decisiones de los entes encargados
de la regulación, la proporcionalidad en las reglas de
decisión de los mismos, el nivel más o menos supranacional
en que operan, así como otras singularidades de la regulación
de los mercados e industrias obligan a adoptar una visión
singular para las reglas de cada juego concreto. Pero, ¿Qué
podemos decir, en general, del proceso de globalización
que nos permita adoptar principios universalmente válidos
para su regulación?
El oportunismo, los efectos de red y los problemas de coordinación
tienen un denominador común: el conflicto distributivo.
Hoy en día, es posible afirmar que la globalización
implica la internacionalización de los conflictos distributivos
entre actores con distintos intereses a los que subyacen también
distintos modelos mentales, culturas y valores. Así, el
resultado de cualquier acción reguladora se puede entender
en términos de coaliciones de intereses más o menos
restringidas por procedimentos, sanciones e incentivos que tienen
como objetivo lograr el máximo grado de satisfacción
de sus intereses, pudiendo ser éstos más o menos
altruistas o individualistas.
Si tenemos en cuenta que desde el momento en que existen intereses
fragmentados y diferentes (entre consumidores más o menos
informados, empresas con mayor o menor poder de mercado, países
en mayor o menor medida involucrados, etc.), la pugna es inevitable
y, por tanto, aquello que se vuelve absolutamente esencial es
que ésta se produzca de forma abierta a todo el mundo y
asegure que se adoptan decisiones no-sesgadas. Es por tanto el
principio de imparcialidad el que debe regir las reglas del juego
y permitir que las regulaciones específicas se guíen,
en todo caso, por normas donde los actores implicados tengan igualdad
de acceso a la información y a la representación,
lo que, como se remarcará en las conclusiones, sin duda
requerirá de la intervención de los poderes públicos
y de la sociedad civil.
Conviene antes empero enfatizar brevemente el papel que juega
la tecnología como segundo elemento nuclear de la sociedad
de la información, pues, si bien la expansión de
las tecnologías de la información y del conocimiento
tienen su raíz en los incentivos establecidos por una sociedad
que cada vez desea ser más global, también la globalización
ha sabido impulsar los usos y el alcance de dichas tecnologías.
Las facilidades provistas por Internet representan quizás
la cúspide de un proceso de expansión y avance que
empezó ya en los ochenta con la implantación del
ordenador. Progresivamente la tecnología ha ido cambiando
organizativa y funcionalmente las empresas y adaptándose
a las necesidades de las personas. No obstante, como en su día
ya le pasara a la radio, al televisor o al teléfono, actualmente
pasan tiempos difíciles pero eso no ha de restar importancia
a todo lo que han supuesto y supondrán y, si cabe más
importante, a como van a regularse para proporcionar beneficios
a todos (incluidos los que todavía no los han experimentado)
y llegar allí donde su utilidad para las personas pone
límite a su desarrollo.
Para esto, es necesario conocer sus virtudes. Como señala
Berners-Lee (1999), padre de Internet, la web es un espacio descentralizado
de crecimiento social, tecnológico y de ideas. Un medio
para conectar cualquier cosa con cualquier otra, una visión
que nos provee de nueva libertad y nos permite crecer más
rápido que nunca, pues supera los sistemas de clasificación
jerárquicos en los que nos limitábamos a nosotros
mismos. Internet expresa lo que la difusión tecnológica
ha aportado a los mercados en forma de nuevas líneas de
convergencia, posibilidades de integración, fórmulas
organizativas y de gestión, o requerimientos de información
y de transparencia. Todos estas potenciales expresiones de Internet
imponen retos regulatorios que pasamos a comentar a continuación.
Los Retos Regulatorios de la Sociedad de la Información
Los descubrimientos e innovaciones tecnológicas de la
última mitad de siglo no sólo ha facilitado la globalización
de las actividades sino que también se caracterizan por
el cambio de los precios relativos (que permitió crear
ventajas competitivas e incrementar la productividad), así
como dos factores más: la integración y la convergencia.
La convergencia es utilizada en la actualidad para describir el
proceso de integración de las redes digitales inteligentes.
Sin embargo, existen interesantes diferencias entre integración
y convergencia que ayudan a conocer mejor el por qué de
los procesos regulatorios actuales.
Integrar alude al proceso mediante el que partes antes distintas
pasan a constituir un todo. Sin duda, la integración ha
sido un fenómeno común a la expansión de
la tecnología que resulta manifiesto en las múltiples
fusiones y absorciones acaecidas en el último decenio.
Las redes integradas son aquellas que, por definición,
otorgan la posibilidad de comunicación de una parte hacia
las demás y viceversa, así como aquellas otras de
carácter más privado entre dos partes individuales.
Sin embargo, la convergencia es diferente. Esta implica la misma
dirección de dos partes diferentes que concurren en un
mismo fin u objetivo. En el mundo actual, queda claro que dicho
fenómeno se ha logrado gracias a la sustituibilidad introducida
por la revolución electrónica de la comunicación.
La convergencia implica así que medios e infraestructuras
sean substituibles como sucede, por ejemplo, cuando un mensaje
de voz puede transmitirse vía ondas o señales audiovisuales
que pueden utilizar el satélite, el cable, etc.
Lo realmente importante de esta distinción estriba en que
estos dos conceptos - integración y convergencia - nos
ayudan a distinguir entre necesidades regulatorias comunes y diferenciadas
en cuestiones que, dada la rápida evolución tecnológica,
cada vez resultan más importantes para regular la sociedad
de la información. De esta forma, dicha distinción
nos permite comprender mejorar las causas de fenómenos
que, como las fusiones o las absorciones, pueden responder a lógicas
diferentes (como la colusión o mejoras en eficiencias)
que exijan de respuestas normativas también distintas en
base al carácter de la misma, pues conviene que la regulación
tenga presente si la integración puede generar abusos de
mercado o si la convergencia requiere de una rápida y flexible
anticipación normativa distinguiendo mercados basados en
una misma plataforma tecnológica (como es el caso de la
televisión y la provisión de contenidos a través
de Internet).
No obstante, esta diferenciación cabe enmarcarla en un
contexto más sustantivo que se centre en los mecanismos
que rigen los principios, normas y reglas que dan forma y contenido
a toda regulación. Si consideramos que los mecanismos son
relaciones causales que sirven para explicar argumentos encadenados
no generalizables en leyes sino más en condiciones necesarias
que suficientes (Elster, 1989), entonces somos más conscientes
de no existen mejores prácticas regulatorias extrapolables
de un mercado a otro y de un país o región a otra.
Esto es debido a especificidades institucionales concretas a las
que subyace un perfil también concreto de los actores (más
o menos poderosos, organizados, capacitados, etc.) y una evolución
histórica que genera instituciones políticas, judiciales
y administrativas específicas. De esta forma, lo único
que podemos hacer para identificar el camino a seguir dentro de
este escenario es concentrarnos en los retos y desafíos
que presionan sobre el avance del escenario planteado.
Samuelson, examinando el caso de la regulación de Internet,
identifica cinco retos clave que confronta la acción pública
sobre sociedad global de la información, estos son: (a)
examinar la conveniencia de adaptar o aplicar las leyes y políticas
existentes a las regulación de las actividades de Internet,
o si, en cambio, son necesarias nuevas leyes y políticas
para regular la conducta y las prácticas bajo las nuevas
tecnologías; (b) preguntarse cómo formular una respuesta
razonable y proporcional cuando es necesario la implementación
de nuevas regulaciones (es decir, cómo se reaccionará
ante necesidades regulatorias); (c) cómo elaborar leyes
suficientemente flexibles que se adapten a las circunstancias
rápidamente cambiantes; (d) cómo preservar los valores
humanos fundamentales a la vista de las presiones tecnológicas
y humanas que tienden a minusvalorarlos; y (e) cómo coordinar
con otras naciones la acción normativa y política
para establecer un contexto legal consistente de base global.
Estas grandes líneas sitúan el eje del debate en
torno a la regulación de Internet en el carácter
proactivo de la regulación (adaptar o cambiar las leyes,
dotarlas de flexibilidad, lograr que preserven los derechos humanos
básicos y hacerlo de forma coordinada con otros países)
y su carácter reactivo (como reaccionar cuando las necesidades
lo requieran). En el momento actual, cuando la innovación
tecnológica no parece en su mayor auge, el carácter
proactivo cobra especial importancia, requiriéndose más
que nunca un compromiso a largo plazo con el desarrollo y el avance
de la tecnología a nivel global.
Sin embargo, este nuevo compromiso debe distinguirse de otros,
sobre todo de aquellos que restringen las libertades de terceros
países (como hacen los acuerdos comerciales que no se aplican
a nivel interno o se violan de forma constante) y no promueven
el desarrollo para todos por igual. Para lograr esto, resultará
imprescindible construir redes internacionales que permitan la
superación del oportunismo nacional, lo que, a su vez,
será imposible sin un sujeto colectivo ante el que responder
a nivel global. Un sujeto colectivo que, a modo de esfera pública
global, establezca los incentivos necesarios para que políticos
y empresas realicen y refuercen los compromisos a nivel global
y no estén sólo impulsados por los rendimientos
electorales y empresariales que, a nivel nacional, se deriven
de ellos. A continuaciones concluimos refiriéndonos a este
punto.
A modo de conclusión: el papel de la esfera pública
La convergencia y la integración creciente entre mercados
e infraestructura tecnológica impone retos para la regulación
y obligan a preguntarse por cuestiones derivadas de raíces
más profundas y sociales cómo el papel de la ciudadanía
dentro de esta amalgama de tecnicismos y categorías analíticas.
Sin embargo, es necesario entender el proceso de convergencia
entre el mercado audiovisual y el de transmisión de datos
a través de una infraestructura pública tradicional
para entender el cambio de papel vivido por la esfera pública.
Los servicios de transmisión de datos (p.e. una llamada
telefónica) permitían un ancho de banda limitado
y un completo control que permitía a la persona escoger
hacia donde dirigir su señal o llamada); en cambio, los
servicios audiovisuales se caracterizan por un patrón de
transmisión de mucho mayor ancho de banda, que provee contenidos
cuyo control se escapa del individuo. Aunque a los servicios audiovisuales
les guste definirse por su contenido, la verdad es que es sobretodo
el control que estos ostentan sobre la capacidad de transmisión
lo que los caracteriza.
La tecnología ha roto con estas claras diferencias haciendo
converger ambos mercados en una red de elevado ancho de banda,
sin restricciones de capacidad, que proporciona contenido y que
proporciona control al usuario. La ruptura entre el fin y el medio
o entre el servicio y la infraestructura mediante la que éste
se provee ha levantado dos principales cuestiones: (1) muchas
de las reglas existentes están basadas en la asunción
implícita que el servicio depende de la infraestructura,
y (2) el surgimiento de significativas economías de alcance
entre diferentes mercados. El hombre y las empresas ganan potencial
para extender sus utilidades vía un mayor dominio sobre
el medio.
Sin duda, estos cambios generan un entorno con nuevos desafíos.
El control por parte de los individuos de los contenidos que reciben
pone en jaque la recepción espontánea de información
en el que se basa el principio de deliberación a la vez
que levanta serios riesgos de fragmentación (Sunstein,
Cass; 2000). El gran número de páginas web que facilitan
información personalizada son un muestra de la creciente
demanda por servicios que filtran la información según
nuestros gustos y necesidades.
Sin otorgarles un papel demoníaco o nocivo sino abstrayéndonos
para examinar la función que realizan, dichos servicios
ejemplifican el control que el individuo adquiere gracias a las
nuevas tecnologías sobre la información que recibe.
Internet, lejos de ser un quiosco donde, después de observar
diversas cosas, escogemos aquello que nos ha resultado más
interesante, otorga pleno control al individuo para escoger es
ante aquella información que desee.
El potencial de fragmentación que presenta Internet y,
en general, el absoluto control sobre la información que
se recibe, puede desequilibrar la relación entre homogeneidad
y diversidad que exige el funcionamiento deliberativo de la democracia.
Si, tal como indica Habermas, la esfera pública es aquél
espacio abierto a todas les personas y donde los acuerdos alcanzados
han sido validados por argumentos presentados y debatidos públicamente,
es fácil entender porqué los defensores de Internet
ven en el mismo una oportunidad de crear un ágora global
que permita la creación de quomus públicos. Como
la integración y la convergencia han
No obstante, la esfera pública así definida no ha
dejado de tener adversarios, sobre todo entre los denominados
comunitaristas. Los críticos de Habermas pueden sentirse
satisfechos de que las nuevas tecnologías provean de medios
para resolver los problemas del monopolio por parte del predominante
"racionalismo intelectual burgués" que desconsidera
las virtudes que el entretenimiento tiene para la formación
de identidades colectivas y el entendimiento de unos con otros.
Asimismo, la superación de dicho racionalismo también
permitiría el surgimiento de discursos culturalmente diversos
y la inclusión de colectivos como las mujeres o los disminuidos
físicos que enriquezcan el debate y aporten nuevas formas
de pensar y aproximarse a nuevas y viejas cuestiones. Finalmente,
arguyen los críticos de la esfera pública habermasiana,
el acuerdo general necesario para establecer los principios o
las normas universales requiere de un modelo demasiado centralista
incompatible con la identidad multicultural de nuestras sociedades
actuales.
Así pues, el dilema ente homogeneidad y fragmentación,
inherente a la facilidad de articulación de la acción
colectiva, alcanza su máxima expresión si lo contextualizamos
en los entornos digitales. Sin embargo, cuál es la importancia
de este dilema para regular la sociedad de la información
o cómo la regulación puede ayudar a resolverlo adecuadamente?
Estas preguntas seguirán abiertas durante un largo tiempo,
pero sí es posible afirmar que, desde el momento en que
la información es sin duda un activo crítico para
el desempeño de cualquier actividad, las actividades que
mejor sepan gestionar la información funcionarán
de manera más sólida y estable. La gestión
de la información no significa única ni exclusivamente
trabajar con grandes volúmenes de información, también
implica la superación de quizás mayores problemas
de información. El azar moral, el oportunismo y la selección
adversa son problemas que, viendo lo sucedido este último
año con las empresas de alta tecnología, dan que
pensar sobre el "milagro tecnológico". Como ya
se apuntara a mediados de siglo, la capacidad de asimilar y procesar
información es limitada y siempre filtramos o escogemos
una información u otra, de manera que las reglas y los
procesos a que estamos sometidos determinan en gran parte nuestra
capacidad y resultados en términos de conocimiento final.
Es por este motivo que se necesita apostar por la integración
y la convergencia no sólo de redes y negocios sino también
de formas de comunicación que conduzcan al acercamiento
entre discursos distintos. De esta forma, las diferencias económicas
o culturales deberían encontrar un proceso común
de interconexión a través del cual pudieran llegar
a mejores entendimientos que estimularan la cooperación,
facilitada por redes de redes abiertas donde todo el mundo es
libre de entrar, decir lo que piensa y el resultado final se deduce
de la calidad de argumentos de aplicación universal (a
todo el mundo).
Conviene tener en mente para lograr esto la imagen del teatro
roussoniano donde los individuos son a la vez actores y espectadores.
Actuarían en cuanto podrían determinar el tipo de
obra y su desarrollo y serían espectadores como público
objetivo de la misma. Para esto son necesarios los dos elementos
comentados: un contrapoder a nivel global por parte de la ciudadanía
organizada ahora utilizando los nuevos medios y una mayor integración
de los discursos desde una lógica deliberativa que permita
fijar los postulados desde el pluralismo razonable y no desde
el extremismo ideológico, que utiliza premisas fundamentalistas
a partir de las cuales es imposible entablar argumentos y llegar
a conclusiones aplicables y compartidas por todo el mundo.
NOTA:
(**) Las externalidades analíticas se dividen en: externalidades
de red o aquellas fruto de problemas de coordinación del
tipo de la "Batalla de Sexos" y las externalidades tradicionales
del tipo del "Dilema del Prisionero". Por su parte,
las externalidades substantivas pueden ser tecnológicas
(aquellas en las que el comportamiento de un agente afecta directamente
al de otro) o regulatorias (cuando las leyes o las políticas
de una jurisdicción afectan a los actores de otra, incluso
no habiendo un impacto físico, como, por ejemplo, la legislación
nacional sobre calidad y seguridad de los alimentos, laboral,
financiera, etc.).
Referencias bibliográficas y páginas web
Berners-Lee, Tim. 1999. Weaving the Web: The original design
and ultimate destiny of the world wide web by its inventor.ñ
Harper San Francisco.
Braithwhaite, John y Drahos, Peter. 2000. Global Bussiness Regualation.
Cambridge university Press.
Elster, J. 1989. Nuts and Bolts for the Social Sciences. Cambridge:
Cambridge University Press.
Held, D., McGrew, A., Goldblatt, D. y Perraton, J. (1999). Global
Transformations: Politics, Economics and Culture, Cambridge: Polity
Press, Cambridge, Introduction,
Prats, Oriol. 2001. Nota al artículo de Abbott, K. y Snidal,
D. "International 'Standars' and International Governance"
publicado en Chicago Working Papers. 2000. Publicada en http://www.iigov.org/resenas/tema1/resena0123.htm
Tshuma, Lawrence. 1999. hierarchies and Government versus Networks
and Governance: competing regulatory paradigms in global economic
regulation. En http://elj.warwick.ac.uk/global/issue/2000-1/tshuma.html
Página web visitada el 21 de Junio del 2001.
Samuelson, Pamela0. 2000. "Five Challenges of the Global
Information Society". En Marsden, Christopher (ed.). 2000.
Regulating the Global Information Society. Routledge. London and
New York.
Sunstein, Cass. 2000. Republic.com Princetown Universtiy Press
* Joan Oriol Prats. Analista IIG.
Artículo publicado en el Magazine DHIAL, publicación
editada por el Instituto Internacional de Gobernabilidad, en el
marco del Proyecto LAGNIKS (Red y Sistema latinoamericanos de
Información y Conocimiento sobre Gobernabilidad y Desarrollo
Humano), con el patrocinio del PNUD (Programa de Naciones Unidas
para el Desarrollo y la Generalitat de Catalunya (Gobierno Autónomo
Catalán).
Fuente: http://www.iigov.org/dhial/?p=dh34/34_01.htm

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