Programa Andino
de Derechos Humanos

 

 

Instrumentos internacionales y documentos andinos sobre Derecho al Desarrollo

 

Pronunciamiento de la Comunidad Andina de Naciones sobre los Derechos Humanos y el Desarrollo, julio 2002
Declaración del Taller Sub-Regional sobre "Derechos Humanos, Desarrollo y la Comunidad Andina", realizado en Lima en julio de 2002, con participación de representantes de los gobiernos de la CAN, instituciones de derechos humanos, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y organizaciones no gubernamentales invitados en calidad de observadores.

Sentencia Final del Tribunal Internacional de los Pueblos sobre la deuda, abril 2002
El Tribunal sentencia a los gobiernos del Norte por haber utilizado medios no-económicos, militares y políticos para apropiarse y transferir los recursos económicos y ecológicos de los países del Sur, creando estructuras económicas, sociales y políticas que llevan a la dependencia del ingreso de capitales y flujos de la deuda externa. Lo cual ha devenido en nuevas y menos transparentes formas de mayor apropiación y transferencia de riquezas.

Declaración de Quito, Acerca de la exigibilidad y realización de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, DESC, en América Latina y el Caribe, 1998
La Declaración parte del reconocimiento de los DESC como parte indisoluble de los derechos humanos y del derecho internacional de los derechos humanos. Plantea principios sobre la exigibilidad y realización de los DESC, obligaciones de los Estados, las instituciones internacionales y otros actores implicados en la observancia de los DESC, señala las violaciones más comunes a los DESC en América Latina y cómo se debe enfrentarlas.

Memorias del Encuentro Latinoamericano para la Promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, 1998
El Encuentro de Quito propuso definir un nuevo marco de referencia que articule y concentre las diversas iniciativas regionales en procura de un uso más eficiente de los recursos. El cambio de las políticas y prácticas que afectan el acceso y disfrute de los DESC exige la articulación de enfoques y estrategias de carácter regional y local, que se organicen y movilicen en América Latina vigorosos movimientos y organizaciones comprometidos con acciones en promoción de los DESC.

Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, junio 1992
Los Estados tienen el derecho soberano de aprovechar sus propios recursos según sus propias políticas y la responsabilidad de velar por sus consecuencias. Los seres humanos constituyen el centro del desarrollo sostenible, tienen derecho a una vida saludable y productiva en armonía con la naturaleza. Las poblaciones indígenas y sus comunidades desempeñan un papel fundamental debido a sus conocimientos y prácticas tradicionales. La paz, el desarrollo y la protección del medio ambiente son interdependientes e inseparables.

Declaración sobre el Derecho al Desarrollo, ONU 1986
Partiendo de los principios de la Carta de las Naciones Unidas, esta Declaración hace referencia al derecho al desarrollo como derecho humano inalienable e implica también la plena realización del derecho de los pueblos a la libre determinación. Establece que el ser humano es el sujeto central del desarrollo, responsabilidad individual y colectiva que debe ser promovida por los Estados mediante políticas adecuadas.

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ONU 1976
Los Estados firmantes se comprometen a asegurar a los hombres y a las mujeres el goce de todos los derechos económicos, sociales y culturales, reconoce el derecho de toda persona a la seguridad social y a condiciones de trabajo dignas, equitativas y satisfactorias que le aseguren un salario justo. Además el Pacto reconoce que los pueblos tienen derecho a la libre determinación y pueden disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales.

Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales "Protocolo de San Salvador", OEA
Los Estados partes se comprometen a adoptar las medidas para garantizar, desarrollar y proteger los derechos al trabajo, los derechos sindicales, a la salud, a un medio ambiente sano, a la alimentación, a la educación, a los beneficios de la cultura, a la constitución y protección de la familia, los derechos de la niñez, de la protección de los ancianos y de los minusválidos.

Declaración Universal sobre la Erradicación del Hambre y la Malnutrición, ONU 1974
Las Naciones Unidas proclaman el derecho inalienable a no padecer hambre ni malnutrición. La erradicación del hambre se convierte en objetivo común para los Estados, que tienen la obligación de generar una mayor producción de alimentos y garantizar una distribución más equitativa y eficaz en los países en desarrollo. Los países altamente industrializados deberán promover el adelanto tecnológico y colaborar técnica y financieramente con los países más pobres.

Declaración sobre el Progreso y el Desarrollo en lo Social, ONU 1969
Declaración proclamada por la Asamblea General de la ONU. Destaca que todos los seres humanos tienen derecho a vivir con dignidad y a gozar de los frutos del progreso. El progreso social y el desarrollo se fundan en el respeto de la dignidad y el valor de la persona humana y deben asegurar la promoción de los derechos humanos y la justicia social.

Convenio Constitutivo de la Corporación Andina de Fomento
Este Convenio, firmado en 1968 por los países integrantes del entonces Pacto Andino, está destinado a crear una herramienta financiera que impulse la integración económica de los países de la subregión, desde los principios de desarrollo económico y social de sus pueblos.

Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo, OEA 1959
En este Convenio se definen el objeto, funciones, capital y países miembros del BID. El Convenio ubica al BID como un instrumento internacional destinado a contribuir a acelerar el proceso de desarrollo económico, individual y colectivo de sus países miembros. Promoverá la inversión de capitales públicos y privados con fines de desarrollo, como utilizar su propio capital para garantizar el crecimiento de estos países.

Convenio Económico de Bogotá, OEA 1948
Los Estados americanos reconocen en la cooperación el camino de solución de sus problemas económicos. Se comprometen a establecer convenios bilaterales y multilaterales tendentes a garantizar el bienestar económico y la seguridad común, comprometen recursos humanos y materiales para fundamentar el desarrollo general sustentado en la cooperación técnica, financiera e industrial, sobre la base de seguridades económicas y garantías sociales .

Unión Europea
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