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Los cambios que experimenta el mundo, y su velocidad, desafían
cotidianamente a los derechos humanos. Tanto desde la perspectiva
tradicional de ellos, donde los Estados son los sujetos de cumplir
con estos derechos, como en el nuevo escenario internacional donde
la aparición de viejos y nuevos actores con más
poder que éstos nos dificulta la aplicación directa
de la doctrina tradicional. Igualmente, situaciones propias de
la globalización económica y política así
como las diferentes versiones de Estado hoy existentes plantean
algunos cambios indispensables en el trabajo de defensa y promoción
de estos derechos.
1. Nociones tradicionales
El enfoque de los derechos humanos se basa en la noción,
hoy aceptada universalmente, de la persona como sujeto de derechos
establecidos en los diversos acuerdos internacionales, producto
de la evolución de la humanidad. La actual comprensión
integral de estos derechos es el fruto de un largo camino que
ha involucrado progresivamente a una gran cantidad de actores
políticos y sociales de todo el mundo. Este enfoque es,
ante todo, una visión del mundo basada en las personas
y el contexto deseable para que puedan desarrollar sus capacidades
y vivir dignamente.
En un principio podría decirse que las necesidades insatisfechas
son el producto de derechos no respetados. Cualquier análisis
de este tipo, no obstante, debe considerar que el cúmulo
de necesidades "mínimas" no puede ser establecido
taxativamente sin aceptar que la misma dinámica social
crea y desarrolla nuevas necesidades cotidianamente. Por ello
es que los derechos humanos se basan en tratados internacionales,
regionales y nacionales que sirven como un "mínimo
exigible" a quienes tienen en sus manos velar porque estos
derechos se cumplan, los mismos que, asumiendo la dinámica
antes mencionada, incorporan periódicamente nuevos derechos
a sus tratados.
En este sentido hay que rescatar dos elementos de permanente discusión
e incluso contradicción en el ámbito de los derechos
humanos. La primera tiene que ver con los actores o los sujetos
del derecho internacional de los derechos humanos. Tradicionalmente,
y ese es el espíritu evidente en los acuerdos internacionales,
son los Estados. Desde el momento que las Organización
de las Naciones Unidas (ONU) reúne en su seno a Estados,
su legislación se limita a ellos como detentadores de obligaciones
en materia de derechos humanos. Son éstos, por lo tanto,
los entes a los cuales hay que dirigirse a la hora de demandar
el respeto a algún derecho violado tanto a nivel interno
como en al ámbito internacional.
La esencia doctrinaria de este argumento está en que cada
país tiene sus leyes e instituciones para perseguir a quienes
las violan, siendo las Naciones Unidas y sus cuerpos orgánicos
de derechos humanos quienes vigilan que el Estado, quien debe
hacer cumplir las leyes internas, no las violente. Similar situación
se produce con los Acuerdos regionales (como el caso de la Organización
de Estados Americanos - OEA). Sin embargo, el gran desarrollo
de actores internos y supranacionales no estatales (grupos armados,
empresas transnacionales, sectas, etc.) que se han fortalecido
con el devenir de la humanidad y detentan niveles de poder incluso
mayores que algunos Estados, cuestionan la plena validez de estas
estructuras. Ni hablar de las actuales formas de encarar los conflictos
armados globales en los que EEUU, como principal potencia militar
ha obviado directamente el papel de la ONU trasladando virtualmente
sus funciones a la OTAN.
2. Derechos del "no hacer" y del "hacer"
En segundo lugar, existe una antigua discusión respecto
de los mínimos exigibles en los diversos tipos de derechos
que los tratados internacionales reconocen. Es así que
los llamados derechos del "no hacer", como los civiles
y políticos,1 contrastan con los del "hacer"
como se conoce a los derechos económicos y sociales. Más
allá de la negación que algunos autores hacen de
esta diferencia2 en la práctica esta contradicción
existe y tiene como fundamento las mismas declaraciones sobre
derechos económicos y sociales.3 Esta importancia ha sido
determinante para asumir los derechos económicos y sociales
en un nivel similar de importancia que los derechos civiles y
políticos, especialmente a la hora de aplicar su exigibilidad.
La consecuencia práctica ha sido la dificultad de establecer
estos mínimos exigibles cuando se trata de los derechos
económicos y sociales puesto que en este ejercicio se verían
involucrados análisis económicos, estadísticos,
políticos y otros que normalmente son excluidos del estudio
y práctica de los derechos humanos. En términos
de políticas sucede lo mismo. En la realización
de los derechos civiles y políticos interviene fundamentalmente
el sector judicial (cárceles, Policía, tribunales
de justicia) y en casos extremos el de Defensa (Fuerzas Armadas),
en cambio en los otros se debiera incorporar el sector económico,
social y político. Si bien la mayoría de los países
aceptan ser "supervisados" internacionalmente en la
actuación de sus Policías, Fuerzas Armadas e incluso
la justicia, son pocos los que aceptan someter sus políticas
económicas y sociales a la vigilancia externa.4
3. Carácter político de los derechos humanos
Por ello, uno de los desafíos de cualquier visión
o enfoque de derechos humanos en la actualidad pasa por entender
el carácter político de los derechos humanos, por
cuanto uno de los puntos de partida insoslayable es generar conciencia
de los mismos y buscar formas de hacerlos respetar por las autoridades
para lo cual elementos como la negociación y la generación
del necesario poder para tener éxito son indispensables.
En este ámbito, actividades como la capacitación,
el empoderamiento, la formación de liderazgos, la participación
política y el desarrollo local son herramientas privilegiadas
y en alguna medida su generación y fortalecimiento son
objetivos a lograr en sí mismas. Más adelante ahondaremos
sobre el respecto.
Dentro del mismo aspecto, también son objetivos a lograr
el establecimiento de indicadores claros, tanto de impacto como
de resultado, del respeto a los derechos civiles, políticos,
económicos, sociales y culturales. Hasta el momento los
más referidos en la literatura sobre los tres últimos
son los que prepara anualmente el Programa de Naciones Unidas
para el Desarrollo (PNUD) y que se resumen en el Indice de Desarrollo
Humano y otros indicadores desagregados y desesgados del mismo.
Esto es, sin duda, uno de los desafíos más urgentes
y forma parte integral de la dinámica (teórica y
práctica) de entender las necesidades humanas insatisfechas
a partir de los derechos inalienables e inherentes a cada persona.
4. Un nuevo proceso de construcción de derechos
Por ello, uno de los desafíos actuales de los derechos
humanos, de parte de organizaciones que trabajan en el área
social, es el diseño de un proceso de construcción
de derechos que incorpore tanto la relación con los demás
sujetos de derecho como con quienes tienen la obligación
de hacerlos respetar.
Por construcción de derechos se entiende el crear capacidades
y dinámicas propias dentro de los sectores sociales empobrecidos
en base a las necesidades de cada comunidad y de su entorno, en
un sentido sostenible y participativo. Dicho enfoque cobra particular
importancia en momentos en que el Estado, en todos sus niveles
(nacional, regional y municipal) se ha visto reducido en magnitud
y funciones por lo que sus capacidades de responder a las crecientes
y cambiantes demandas sociales ha disminuido. No se trata de enajenar
la responsabilidad del cumplimiento de derechos establecidos en
declaraciones y pactos internacionales sino, por el contrario,
generar capacidades de negociación y acción dentro
de las propias comunidades que les permitan enfrentar sus carencias
y generar procesos sociales con miras hacia un futuro mejor.
Lo anterior nos lleva necesariamente a incluir, a partir de este
enfoque, actividades ya mencionadas como la capacitación,
el empoderamiento, los liderazgos, creación de identidades,
etc. Areas de trabajo como el desarrollo local, regional, la incorporación
al mercado de comunidades marginales, la diversidad cultural,
la creación de espacios de competitividad, la educación,
salud, medio ambiente, aparecen, en general, como prioridades
en los diagnósticos participativos que dan origen a cada
uno de estos procesos.
5. Análisis de impacto
En términos de herramientas utilizadas, el análisis
de impacto aparece como prioritario. ¿Qué ha pasado
en nuestra población objetivo luego de nuestra intervención?,
es la pregunta inicial para este tipo de evaluación. Un
seguimiento de la misma es indispensable así como evaluaciones
periódicas y flexibles que permitan enmendar el rumbo si
los resultados se están alejando en los plazos estipulados.
La satisfacción de una necesidad de manera inmediata, a
través de asistencia humanitaria, puede aliviar una situación
en el corto plazo, lo que es muy importante, especialmente en
situaciones de emergencia. Sin embargo, una acción sostenida
de mediano (y a veces largo) plazo permitirá establecer
procesos sostenibles que redunden en mejorar condiciones de vida
incluso para afrontar emergencias. A partir del seguimiento del
impacto, por otro lado, es posible determinar los niveles de acción
política requeridos para lograr el objetivo.
Si bien muchas veces este tipo de actividades de desarrollo escapa
a la clásica visión del activismo de los derechos
humanos, son muchas las experiencias que, comenzando por un proceso
de desarrollo local, se han visto fortalecidas y complementadas
con capacitación en derechos humanos, solicitada por las
mismas poblaciones que requieren de elementos para negociar mejor
sus derechos como tales en los diferentes ámbitos que les
conciernen.
Un enfoque actualizado de derechos humanos debe apuntar a cambiar,
ya sea a través de alterar la situación estructural
que provoca la intervención, como por medio de un proceso
de mediano y largo plazo que abra las puertas a reclamar la satisfacción
de derechos basado en el conocimiento y conciencia de los mismos
y con capacidad de negociarlos ante los portadores de deberes.5
Para las organizaciones que trabajan en derechos humanos ésta
es también una forma de fortalecer, desde la participación
de los protagonistas, las demandas que normalmente se realizan
a los entes del Estados en sus diferentes niveles
Es una actividad más orientada a la generación de
un proceso de construcción de derechos que permita a los
beneficiarios o población objetivo avanzar con paso firme
hacia un mayor bienestar y hacia una dinámica sostenible
de mejoría en el respeto a sus derechos, incorporando los
elementos antes señalados.6
6. Cambios en la operatividad cotidiana
Es cierto que un cambio de este tipo involucra algún cambio
organizacional tanto en la cultura de la organización (especialmente
en lo referido a la concepción del trabajo y sus alcances)
como en la operatividad cotidiana. Nuevas capacidades, como el
análisis político, conocimientos sobre negociación,
elementos de desarrollo, formación de liderazgos, etc..
pueden significar ciertos traumas en la inercia institucional
seguida hasta el momento. Pero eso es inevitable en cualquier
cambio de enfoque y requiere de un diagnóstico interno
de la organización y de la disposición de adaptar
su estructura cultural y física para realizarlo.
Esta incorporación al trabajo de derechos humanos de nuevas
formas operativas tiene especial relevancia si consideramos la
necesidad que hoy tienen las poblaciones marginadas de integrarse
a la sociedad desde una perspectiva más digna y participativa.
El mayor efecto negativo de la globalización en los pueblos
del Tercer Mundo es, sin duda, la progresiva exclusión
a que se ven sometidos. Esta exclusión, tradicionalmente
basada en aspectos sociales y económicos se ha visto reforzada
por la carencia de capacitación (educación), liderazgo,
identidad y autoestima, todos procesos que pueden abarcarse a
partir de un enfoque de derechos humanos.
7. Negociación, cabildeo o "lobby
Un punto final al que quiero referirme tiene que ver con la negociación,
cabildeo o "lobby", tan importante en lograr que los
derechos humanos sean incorporados a la acción de los Estados,
especialmente a través de políticas sostenibles
en el tiempo.
Es obvio que en los foros internacionales el cabildeo es permanente,
especialmente para nuestro interés, en los espacios que
Naciones Unidas ha creado para los derechos humanos. Sin embargo,
en América Latina, al menos, es muy importante localizar
estas acciones en las cancillerías o ministerios nacionales
antes de participar en dichos foros. Son muchas las experiencias
que demuestran que si bien los derechos humanos exceden el espacio
nacional, quienes representan a los Estados en Naciones Unidas
son diplomáticos o burócratas sujetos a instrucciones
desde sus gobiernos. Esto vuelve indispensable el desarrollo de
un proceso de relacionamiento e interpelación permanente,
a partir de la negociación, con quienes toman las decisiones.
Igualmente sucede a la hora de condicionar recursos, apoyos políticos,
etc, en espacios internacionales. Hoy la dinámica internacional
obliga a una interacción permanente con instituciones financieras
y países desarrollados que tienen voto (y veto) en dichas
instituciones o aplican directamente recursos en nuestros países.
¿Porqué no condicionar préstamos y apoyos
al respeto a los derechos civiles y políticos, a la aplicación
correcta de políticas sociales, a la distribución
del ingreso, a la generación de empleos, salud y educación
en los países beneficiarios, además de las tradicionales
condicionantes macroeconómicas del ajuste fiscal y otras?
Los desafíos son muchos y tienen siempre varios puntos
de partida. La cuestión es, a mi juicio, comprender que
los derechos humanos son parte de la dinámica social de
los países y, más allá de sus estructuras
internacionales y nacionales (y de sus fundamentos inalienables),
deben adaptar sus estructuras y metodologías, especialmente
las organizaciones que los defienden y promueven, para lograr
un mayor impacto en la sociedad y en los cambios que el mundo
requiere. Así como los cambios que generan estos desafíos
son múltiples y de orígenes diversos, también
hay que afrontarlos desde una perspectiva multidisciplinaria.
Cualquier estudio de nuestra región debiera llevarnos a
un análisis crítico de cómo han influido,
y cómo pueden influir en el futuro, las organizaciones
de derechos humanos en esta dinámica tan cambiante y en
la que, sin duda, hay un importante papel que jugar.
Febrero de 2002
NOTAS
1. Se entiende que en derechos restrictivos como no matar, no
torturar, etc, la base mínima está claramente establecida
en la no comisión de dichos actos que en sí constituyen
violaciones a los derechos humanos.
2. Informe de Desarrollo Humano 2000, PNUD, pág. 93, "La
eliminación de los mitos sobre las diferencias".
3. Ver al respecto el Pacto de Derechos Civiles y Políticos
y el Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
En el artículo 2 de dicho Pacto se establece el concepto
de adoptar medidas a favor de estos derechos "hasta el máximo
de recursos de que disponga", "para lograr progresivamente"
la plena efectividad de estos derechos.
4. Nos referimos a la supervisión en base a derechos humanos.
Las relaciones de los países con instituciones financieras
internacionales escapan a esta lógica por razones obvias.
5. Que un sujeto sea portador de derechos humanos no significa
que no sea también sujeto de deberes ante la sociedad.
Se utiliza este término para diferenciar de quienes tienen
como función principal el respetar los derechos de las
personas. De hecho, la construcción de derechos incluye
el conocimiento y ejercicio de deberes.
6. En este punto corresponde acotar de manera clara los límites
(basados en el objetivo de cada proyecto) de la intervención
puesto que, de no hacerlo, ésta puede prolongarse indefinidamente.
En el caso que los límites establezcan una acción
focalizada en determinada población, no es siempre necesario
intentar cambiar o ejercer presión directa sobre autoridades
ni inmiscuirse en aspectos de la política contingente.
La acción desarrollada en términos locales es a
veces más efectiva, como forma de acción indirecta
(facilitador de procesos en términos del documento), que
una acción política para la que a veces no se está
inmediatamente preparado.
* Pablo Frederick S. Economista, ex coordinador
adjunto de Serpaj América Latina, miembro de la Comisión
Sudamericana de Paz, Chile Ponencia presentada en el Panel "¿Derechos
Humanos desafiados?: Efectos de los intereses políticos
y económicos en la implementación del Derecho Internacional",
parte del Seminario Internacional Exigibilidad de los Derechos
Humanos: Un Enfoque Integral. El uso efectivo de los sistemas
y mecanismos internacionales. Quito, febrero 8 2002.

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