Programa Andino
de Derechos Humanos

 

 

 

 

EDITORIAL

Derecho a un ambiente sano

 

Los derechos humanos de la tercera generación, también llamados derechos de los pueblos o derechos de la solidaridad, son un conjunto de derechos que presentan una alta complejidad en su fundamentación y vigencia, éstos son: el derecho a un ambiente sano, a la autodeterminación de los pueblos, al desarrollo, a la soberanía, a la paz y al usufructo equitativo de los avances tecnológicos. Son derechos sinérgicos, a la vez que requieren para su realización, del conjunto de los derechos, propician la garantía de éstos. Una de las urgencias de estos derechos es su exigibilidad y judicialidad.

El tema ambiental constituye uno de los pilares fundamentales para el desarrollo de la vida en general y por tanto de la vida humana; más allá de la visión del entorno natural como depósito de recursos para su usufructo, la comprensión ecológica de la vida nos alerta de la profunda interrelación existente entre todos los seres de la naturaleza y del entorno más allá de ésta. Interdependencia que demanda responsabilidad de las acciones para prevenir impactos negativos, que afecten el hábitat del cual somos parte. Implica también el reconocimiento del carácter limitado de los recursos y de los límites de soporte de los sistemas ecológicos a las acciones que inciden sobre su lógica.

Sin embargo, lejos de esta actitud responsable, las evidencias dicen del constante deterioro ambiental, a tal punto que ya no se habla de "unas pocas" especies en peligro de extinción, sino del riesgo de la extinción de la vida misma. Los datos en torno a la destrucción de bosques, desertificación, cambio climático, la situación de los océanos y recursos hídricos, polución, entre otros más, corroboran la situación y alertan de la profunda afectación de la biodiversidad en el planeta.

El uso adecuado de los recursos y la protección de aquellos en riesgo, chocan con la acción de las empresas transnacionales que no alcanzan a concienciar su responsabilidad en este campo y priorizan la utilidad económica sin límites éticos. También, somos agentes de afectación, la población asentada en ciudades, especialmente aquellas de gran escala y cuyos comportamientos no incluyen el cuidado ecológico de la vida. Los procesos de globalización, con el uso de tecnologías denominadas "de punta", están provocando un arrasamiento sin precedentes de los recursos naturales, inmerso en un cosumismo sin sentido.

El hablar del derecho humano a un ambiente sano, implica un salto conceptual importante, no se trata del derecho al usufructo de los recursos del entorno, sin pensar en éste, desde las visiones antropocéntricas imperantes, sino de un derecho que incorpora el cuidado y la protección del ambiente, para que este sea "sano". Cuidado que supera el interés actual y lo amplía a un cuidado futuro, que contiene la comprensión de la dependencia de la vida humana, a la vida del entorno y la responsabilidad de las generaciones actuales de no afectar negativamente a las generaciones venideras.

Las medidas a ser impulsadas para garantizar el derecho a un ambiente sano, no pueden limitarse a determinados ámbitos, requieren de intervenciones políticas, económicas, éticas y culturales profundas, que lamentablemente en la actualidad presentan debilidad. Acciones no solo desde las responsabilidades del Estado, sino desde las responsabilidades individuales, pues mientras cuidamos nuestro entorno natural y nos reconocemos como parte de éste, estamos garantizando la base de nuestra vida y de la lucha por la calidad de ésta. Éste es nuestro desafío cotidiano.


Gardenia Chávez Núñez

PADH-UASB
Quito, mayo de 2006.


 

 

Unión Europea
Programa Andino de Derechos Humanos y Democracia
2002-2005
 
Derechos reservados PADH-UASB