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Introducción
La democracia representativa, expresada fundamentalmente en el
voto para elegir unos representantes que, deben "interpretar"
la voluntad del pueblo que los ha elegido. Esto es, lo que se
conoce como modelo clásico liberal. Es también la
manifestación más clara de la soberanía de
los partidos políticos. Los que en Colombia no aprovecharon,
el inmenso poder que este sistema les confería y por el
contrario, abusaron del mismo y terminaron corrompiéndose
hasta los niveles que hoy conocemos.
La democracia participativa es otro modelo. Su pretensión,
superar la simple representación directa de la soberanía
partidista y construir un nuevo Estado fundamentado en la Participación
Ciudadana como fundamento de la democracia directa. Fue a través
de la Constitución de 1991 que, se crearon mecanismos más
directos. Se buscaba entonces una democracia, en la que el ciudadano
signifique más que un agente sufragante, más que
votar cada cuatro años, más que "estar enterado"
de lo que sucede en el país, se pretendía que, el
ciudadano fuera el protagonista de la Construcción de una
Nueva Sociedad cuyo fundamento fuera la participación democrática.
Esos fueron los presupuestos teóricos de los Constituyentes,
autores intelectuales de la actual carta que rige a los colombianos.
El gran propósito era superar el estrecho marco de la democracia
(electorera) representada y gestar un nuevo ethos político,
que diera un nuevo significado al Estado colombiano.
El nuevo modelo pretendía mayor igualdad en el ejercicio
de la política para los nuevos sectores y movimientos independientes
de las tradicionales colectividades "históricas"
liberales y conservadoras. Era desde luego fundamental superar
desde luego la marginalidad, la exclusión y la pobreza
a la que habían sido sometidos la mayoría de los
colombianos. Y para lograrlo se pacto un nuevo compromiso político.
| La
democracia participativa |
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De acuerdo con Camilo Gonzáles Posso (1)
ese compromiso político nació mucho antes de la
creación del histórico movimiento que llevó
a millones de colombianos a depositar en las elecciones de marzo
de 1990 un voto a favor de la convocatoria a una asamblea constituyente
dirigida a instituir la democracia participativa como pacto nacional
para alcanzar la paz y el progreso del país. Si bien es
cierto, fueron los jóvenes los impulsadores de la propuesta
fue en el seño de las centrales obreras y movimientos comprometidos
con la izquierda democrática donde surgió la semilla
generadora de la propuesta.
De la necesidad de una Asamblea Constituyente se venía
hablando señala el autor citado, por parte de los partidos
tradicionales sólo desde finales del Frente Nacional y
se insistió con fuerza durante los diálogos con
los sectores de la guerrilla durante el gobierno del presidente
Belisario Betancourt. Pero la idea se concretó en diciembre
de 1989, cuando aún el país sentía el duelo
por los asesinatos de Luis Carlos Galán, Guillermo Cano,
Jaime Pardo Leal.
El nuevo escenario de la democracia participativa, le da un nuevo
sentido ético al ejercicio de la política; a la
aplicación de la justicia; al bienestar social y busca
el económico para las mayorías nacionales. Por eso,
garantizar la paz, a través de comprometer a cada uno de
los ciudadanos con un destino público cobra un nuevo significado.
De ahí que, se proclama un nuevo Estado: El Estado Social
de Derecho. Cuya misión es dar plenas garantías
jurídicas a todos los colombianos, ampliando el espacio
público para el debate razonado, en la búsqueda
de la concertación o acuerdo en la solución de los
grandes conflictos que afligen a la sociedad colombiana.
El gran propósito del Estado Social de Derecho, garantizar
los derechos económicos y sociales y sobre todo, los derechos
fundamentales, vapuleados en los sectores más pobres. Transcurridos
14 años de vigencia de la Constitución aún
no se ven sus frutos, porque el ajuste neoliberal y la inserción
forzosa de la economía colombiana a la globalización
por parte de los mandatarios que se han sucedido en el mando del
Estado sólo les ha preocupado cumplir con los designios
del gran capital.
| Constitución
y participación
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La Constitución de 1991 se quedó corta en la definición
de los mecanismos del ejercicio de la participación democrática.
Ese vacío ha sido aprovechado para recrudecer políticas
perversas que han reducido sus grandes posibilidades a simples
espejismos jurídicos de buenas intenciones. En síntesis
los mecanismos consignados en las distintas leyes tienen que ver
con las posibilidades que tienen los ciudadanos de informarse
sobre la acción y actuación democrática,
pueden ser objeto de manipulación por parte del gobernante
de turno.
El país está aún inmerso en una encrucijada
y enfrentar males como la guerrilla, el paramilitarismo, la corrupción,
la delincuencia común, la inoperancia del aparato de justicia,
el atraso tecnológico, la pobreza, el desempleo, los pésimos
niveles de cobertura en la educación pública, la
escasa producción agroindustrial; requiere de grandes compromisos
políticos y económicos con los sectores populares.
No es suficiente realizar veedurías, fiscalizar o aplicar
algunos de los mecanismos consagrados en la ley.
De los 380 artículos consagrado en la Constitución
tan sólo 33 están destinados a tratar el tema de
la participación política, es decir el 9 por ciento:
Artículos 38, 39, 40, 45, 49, 57, 60, 64, 68, 78, 79, 103,
104, 105, 106, 112, 154, 155, 170, 242, 246, 258, 260, 270, 318,
329, 330, 340, 369, 374, 375, 376, 377. Y en los casos más
importantes se utilizan términos como "La Ley podrá",
"El Estado promoverá", "El Estado garantizará",
"La ley determinará"; expresiones de ambigüedad
que sólo contribuyen para que el legislador impida la plena
participación.
Lo que hace pensar, en la necesidad de cambiar el rumbo de las
actuales políticas económicas y sociales. Asumir
una plena participación ciudadana implica tener una visión
crítica frente a la globalización injusta y sobre
todo, contra las políticas neoliberales de los gobernantes
de turno.
Colombia requiere de una nueva acción política,
con carácter civilista que, desde la acción dialógica,
fundada en la razón humanista, logre los mínimos
posibles en la participación democrática y en el
aprovechamiento de los recursos para las mayorías nacionales.
Es preciso entonces que la participación ciudadana deje
de ser un simple enunciado formal y se convierta en verbo permanente,
ligado a la formación del nuevo ciudadano constructor de
paz y del nuevo país. Para ello debemos ser más
solidarios, más pluralistas, más tolerantes y sobre
todo más equitativos. El país requiere de un sector
dirigente que renuncie a toda pretensión de unanimismos,
amiguismos, clientelismo y cuyo imperativo ético sea la
responsabilidad.
El artículo 7 de la Constitución reconoce a Colombia
como un Estado Diverso en lo Cultural y en lo Étnico y
se le asigna al Estado la responsabilidad de proteger dicha diversidad.
De igual manera, el artículo 13 establece que "Todos
las personas nacen libres e iguales ante la Ley, y recibirán
la misma protección y trato de las autoridades y gozaran
de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna
discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional
o familiar, lengua, religión, opinión o filosofía".
Lo anterior significa, que no puede haber en Colombia exclusiones,
restricciones o preferencias de motivación económica,
social, política, racial, ideológica o religiosa,
y que las autoridades estatales tienen la obligación de
impedir que el principio de la igualdad sea vulnerado o amenazado.
Pero la realidad expresa todo lo contrario; porque sólo
en una autentica participación se amplía la democracia
y desde luego, la aplicación de estos preceptos constitucionales.
La participación democrática exige desde luego
unos mínimos de condiciones objetivas y subjetivas
(2). Como la existencia de Derechos, la creación de
una cultura o ambiente para el ejercicio de tales libertades y
derechos. Esto significa que el Estado debe promover la intervención
de la ciudadanía en todos los asuntos que atañen
a tal participación. Pero en un ambiente de hostilidad,
de guerra, coacción, violencia es imposible generar tal
ambiente o tal cultura de participación.
En tal sentido el país necesita implementar una educación
que privilegie la participación cívica, con un amplio
sentido estético y compromiso ético. Que las distintas
comunidades acepten sus diferencias, que se admita el multiculturalismo
y la multiplicidad de formas de pensar y de actuar. Y sobre todo,
comprender que la defensa de la autonomía no es claudicando
ante la globalización. Que la autorrealización potencie
al nuevo ciudadano para que este termine siendo un sujeto irrenunciable
a su propio proyecto de vida.
Una autentica participación requiere de personas con deseo,
motivación e interés. En este sentido, el proceso
debe entenderse como una iniciativa particular que encuentra en
el consenso colectivo el peso y su propia definición. El
marco legal colombiano establece como niveles de participación:
- La gestión, como el manejo de un conjunto de recursos
de diversa índole, destinado a ejecutar las acciones
necesarias para obtener un resultado que puede ser una solución
o la satisfacción de una necesidad.
- La decisión, entendida como la adopción de una
o varias estrategias para resolver un problema.
- La concertación, es decir el acuerdo mediante el cual
dos o más personas o grupo de una comunidad definen la
solución más conveniente.
- La fiscalización o vigilancia que se ejerce a una persona
o grupo sobre el cumplimiento de las decisiones tomadas.
- La iniciativa o la formulación de sugerencias por parte
de interesados a resolver un problema o transformar una situación
problemática.
- La consulta o procedimiento mediante el cual los participantes
opinan, deliberan sobre aspectos problemáticos y juzgan
para tomar de una decisión.
- La información o el conjunto de datos, hechos, nociones
que los participantes requieren para la toma de decisiones.
En resumidas cuentas la llamada séptima papeleta del 11
de marzo que estremeció las urnas y que incorporó
a la civilidad a la nación colombiana, aún a su
pesar 15 años después, la sociedad no logra abrirse
a la plena participación. Un nuevo orden, proclamado por
el actual presidente de los colombianos impide su desarrollo.
La actual política de Seguridad Democrática como
la denomina el presidente Uribe no está interesada en el
tema vital que hemos tratado en este ensayo, sino en todo lo contrario:
la seguridad de la clase alta, en la defensa de las Fuerzas Armadas,
y en la creación de un nuevo Estado: El Estado Comunitario
(3). Cuya base es respeto por el medio ambiente,
cero poder de los violentos, impulso a los propietarios, carreteras
transitables, estatuto antiterrorista, ciudadanos cooperantes,
y mejoramiento de las instituciones públicas.
Quienes aún tenemos claro cual es el papel de la democracia
participativa no creemos en la "política de seguridad"
del presidente. Porque la historia siempre ha demostrado que siempre
que una democracia sacrifica la libertad y las oportunidades sociales
de las mayorías a nombre de la seguridad termina la democracia
encerrada, acorralada y aumentando los niveles inequidad con los
más pobres. En tal sentido reivindicar la democracia participativa
tiene aún vigencia sólo que esta por sí misma
no se desarrolla, requiere de líderes que la impulsen,
requiere de pueblo que la apoye.
1.Punto de Encuentro. Indepaz. Bogota, Abril-
Mayo de 2005. #27.
2. Manual sobre la participación y organización
para la gestión social. Esperanza González R, 1995.
3. Los 100 puntos de Uribe. Manifiesto Democrático.
Álvaro Uribe Vélez.
*Álvaro Mina Paz.
Licenciado en Ciencias Sociales. Docente de la Universidad Santiago
de Cali.
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