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Fue Kant quien definió el Estado como una unión
de personas que se proponen vivir jurídicamente, entendido
esto como despliegue de la libertad bajo una ley y una coacción
universal (1). Mas allá de ver al Estado como la idea del
derecho en acto, lo que aquí interesa resaltar es la concepción
del Estado como el "Yo común" del sistema de
libertades que posee una sociedad.
Ciertamente que el núcleo del Estado es, como nos lo recuerda
Weber y Bourdieu el monopolio tanto de la violencia física
como de la violencia simbólica de una sociedad, lo que
habla entonces de jerarquías al interior del Estado. Sin
embargo, lo que aquí importa, es su capacidad de sintetizar
a la sociedad, de resumir el conjunto de valores y practicas organizativas
que poseen las colectividades de un país. Cuando esto no
sucede, el Estado se presenta como "parte", como segmento
y no como "resumen" y entonces el Estado vivirá
bajo acecho de la sociedad y el lenguaje gubernamental se agazapará
en el castigo, la disuasión y la amenaza de una parte de
la sociedad contra otra. Cuando estos componentes se convierten
en la norma general de la vida política, estamos ante una
crisis de Estado, que es lo que precisamente caracteriza la situación
política boliviana.
Lo más llamativo de esta crisis estatal es que a diferencia
de las que cíclicamente se repiten cada 15 a 20 años,
la actual crisis de Estado presenta una doble dimensión.
Parafraseando a Braudel podemos decir que hoy se manifiesta la
crisis de una estructura estatal de "larga duración"
y otra de "corta duración". La primera tiene
que ver con un deterioro radical y cuestionamiento de las certidumbres
societales, institucionales y cognitivas que atraviesan de manera
persistente los distintos ordenamientos estatales de la vida republicana,
a las que llamaremos estructuras de invariancia estatal, en tanto
que la crisis de "corta duración" hace referencia
al modo "neoliberal" o reciente de configuración
del Estado, al que llamaremos estructuras estatales temporales.
Las grietas estructurales del Estado boliviano
Las sublevaciones sociales que están desgarrando el escenario
político contemporáneo y están desbordando
la institucionalidad estatal prevaleciente, por su composición
interna, su liderazgo, sus demandas y sus formas organizativas,
expresan dos grandes fallas sistémicas del Estado boliviano,
en su correlación de fuerzas, sus instituciones y su sistema
cultural:
La primera es la fisura, la grieta entre el predominio arbitrario
de un orden estatal monocultural en medio de una sociedad mayoritariamente
multicultural y multinacional. En 178 años de vida republicana,
la cultura legítima, esto es dominante y consagrada en
el ámbito público, el régimen de derechos
culturales, el idioma de reconocimiento público y ascenso
social, los valores socialmente prestigiosos y la narrativa de
la historia oficial esta monopolizada por una sola matriz cultural,
la mestiza castellano-hablante, minoritaria hasta hoy, en tanto
que las otras matrices culturales indígenas, igualmente
minoritarias por separado pero mayoritarias si se suman (62% de
la población (2)), no son reconocidas institucionalmente
como culturas legítimas, como vehículos de ascenso
social y de ejercicio de derechos ciudadanos.
La segunda grieta estructural de la vida política es que
no existe, ni ha existido en Bolivia, un solo campo político,
esto es, un solo régimen normativo de producción
de lo político. Por lo general han existido dos campos
políticos: el estatal, con sus leyes, sus sistema de partidos,
sus normas, formas de producción del capital político
y modos de representación liberal de la voluntad colectiva;
y el campo político corporativo y comunitario, basado en
los sindicatos, los ayllus, las comunidades, con sus propias reglas
de funcionamiento, su sistema de rotación de cargos, de
fusión de la responsabilidad política con la ética
del comportamiento cotidiano, con sus sistema normativo de autoridades
tradicionales y sus formas consensuales de toma de decisiones.
Una buena parte de la población tiene un régimen
de autoridad socio-política local o regional no estatal
(sindicatos, ayllus, federaciones, gremios), una cultura política
no liberal, unas formas de toma de decisiones no individuadas
y, de ahí que independientemente de lo que suceda en el
parlamento o los partidos, se moviliza, presiona al gobierno y
lo obliga al cambio de políticas públicas de manera
extraparlamentaria. Este sistema de autoridad existió antes
de que hubiera Bolivia como Estado y se mantendrá mientras
los sistemas tradicionales de organizar la economía y la
sociedad, que es el soporte técnico de este tipo de comunitarismo
político, se mantengan y regulan la reproducción
material de la mayoría de los bolivianos.
Ahora, ¿cómo enmendar esta esquizofrenia política
de un Estado que establece un tipo de ciudadanía asentada
en unos esquemas simbólicos monolingües y monoculturales
para una sociedad multicultural?¿Cómo superar la
esquizofrenia institucional de un Estado que se asume como moderno,
liberal, en una sociedad cuyo secular régimen normativo
político es sindical, asambleístico y comunal?
La Asamblea Constituyente
Esta claro que el actual régimen normativo del Estado,
su estructura institucional y emisión cultural no solo
es obsoleto en términos de las fuerzas sociales reales
con apetencia política (indígenas y mundo plebeyo
organizado en sindicatos, juntas vecinales, gremios, etc), sino
que esta siendo asediado de manera cada vez mas belicosa por esas
fuerzas. En el fondo se trata de una querella democrática
que busca incorporar la parte de los que nunca han tenido parte
en la decisión de la comunidad política, pero la
amplitud de sus demandas y la densidad histórica de la
misma es de tal naturaleza que su recepción no pasa por
meras reformas estatales cuya pertinencia ha sido rebasada por
los acontecimientos, sino por un remodelamiento estructural del
orden político institucional que vuelva a definir la manera
en que todas las fuerzas sociales están dispuestas a vivir
juntas.
La Asamblea Constituyente propuesta por los movimientos sociales
emergentes en abril del año 2000, al inicio de esta largo
ciclo de sublevaciones sociales, ha sido en este sentido, la propuesta
más atinada y lucida del mundo indígena-popular
para resolver, mediante el ejercicio supremo de la soberanía
democrática de la sociedad, la constitución de poderes,
esto es la crisis estatal, en sus dos dimensiones.
En sentido estricto, una Asamblea Constituyente es la conformación
de un tipo de poder soberano supremo, a la vez que provisional
y que se coloca por encima de cualquier otro poder anteriormente
constituido, en el que la sociedad, a través de sus representantes,
debe diseñan las normas de convivencia colectiva en al
menos tres ámbitos sustanciales: a) En el establecimiento
de las características de los bienes comunes de la sociedad,
del patrimonio colectivo en torno a los cuales las personas de
las distintas regiones, pueblos, culturas y posiciones sociales,
tienen derechos compartidos a usufructuar (régimen de propiedad
de recursos naturales y territoriales, régimen económico,
derechos sociales); b) El modo de administrar y gestionar esos
bienes comunes (organización administrativa del Estado,
niveles generales, regionales y locales de gobierno); c) Los mecanismos
de participación, representación y control social
del soberano, el demos, en la gestión de esos bienes económicos,
políticos y culturales comunes (la institucionalidad política
del Estado).
Esta claro que la Asamblea Constituyente no resuelve los problemas
y conflictos del país; lo que hace es diseñar los
medios, las rutas, los mecanismos y los procedimientos mediante
los cuales la sociedad acuerda dirimir y buscar soluciones a los
diferendos colectivos. La Asamblea Constituyente es un tipo de
poder constituyente temporal que tendrá que dar lugar a
una diseño de poder constituido con fuerza de rutinización,
con normas burocráticas de aplicación y sanciones
en caso de desobediencia, ya que ese es el fondo técnico
de cualquier institucionalidad estatal; pero se trata de una estructura
política que, por primera vez en 178 años, dependiendo
de la forma de participación y del tipo de presencia de
la sociedad en su diseño, podría contar con una
legitimidad histórica, esto es con un tipo de creencia
compartida por toda la sociedad, acerca de la justeza y necesidad
de esa instituciones capaz de garantizar producción de
un Estado como síntesis connotada de la las diversas colectividades
que existen en el país.
A la largo de la historia política republicana, las distintas
instituciones políticas estatales resultantes de las casi
una docena de constituyentes, fueron construidas por elites partidarias
y mestizas que las diseñaron a la medida de intereses particulares.
Desde 1825 cuando se elaboro la primera constituyente, hasta el
borrador de reformas aprobado el 2002, individuos portadores de
una sola matriz cultural (mestizo-castellanohablante), y una sola
cultura política (liberal-representativa), han diseñado
el régimen de instituciones y derechos de la sociedad.
En todos los casos, comenzando por la exclusión de la ciudadanía
a los indios en 1825 y terminando en la exclusión de los
derechos políticos colectivos de los indígenas del
2002, los diseños constitucionales han consagrado una institucionalidad
esquizofrénica y parcializada en torno a una sola identidad
cultural y un solo tipo de representación política
liberal, siendo que la mayor parte de la población boliviana
porta otras prácticas culturales y ejercita otras técnicas,
comunitarias y sindicales de participación, deliberación
y representación política.
A diferencia de todas las propuestas de Asamblea Constituyente
precedentes que encubrieron autoritarismos oligárquicos,
esta es la primera vez que viene de la cabeza del demos real bajo
forma de movimientos sociales, y de ahí también
su radicalidad estructural y su radicalidad democrática
pues se trata del posicionamiento constituyente de aquella multitud
anteriormente expulsada de las grandes tomas de decisiones políticas.
Los constituyentes y la nueva constitución
Si la Asamblea Constituyente teóricamente es la visibilización
política del poder constituyente del demos, del "pueblo",es
evidente que son las características de ese pueblo las
que tienen que expresarse en una Constituyente. Y no hablamos
solo de sus demandas y propuestas sobre como reconfigurar el sistema
de poder del Estado boliviano, sino también, de su exigencia
a participar, a estar presente en esas tomas de decisión
política y, por tanto, de estar presente en la Constituyente
bajo los modos organizativos en que hoy existe el pueblo, a saber,
las formas sindicales, vecinales y comunitarias bajo las que se
presenta el pueblo como sujeto político.
El pueblo no es la suma aritmética de individuos aislados
con capacidad de delegar facultades políticas en un grupo
de personas que, habiendo sido elegidos por los individuos, toman
decisiones a nombre y al margen de sus electores. Esta es la ilusión
liberal de ciudadanía que ha fracasado como modelo exclusivo
de formación del soberano político. La historia
política del país y, recientemente, la fuerza de
las sublevaciones sociales muestran que el pueblo realmente existente
hoy, al menos en sus componentes mayoritarios, no es una simple
agregación numérica de soledades; es, por el contrario,
una trama de solidaridades, de flujos comunicacionales y emotivos,
de comunidades políticas interactuantes bajo la forma de
sindicatos, comunidades, juntas vecinales, federaciones, confederaciones
que se presentan como lugares de autorreflexión de la sociedad
sobre si misma. La participación de la sociedad en la Constituyente
y la representación popular pasa entonces inevitablemente
por la presencia de estas formas comunitarias de elección
de constituyentes, por la inclusión de sus practicas deliberativas
en el diseño de la Constituyente y, claro, por la proyección
de estas formas organizativas de la política en el propio
diseño estatal a construir a futuro.
Esto significa que, a no ser que se pretenda reproducir las estructuras
políticas y culturales de exclusión que instauraron
las técnicas liberales y partidarias de representación,
los constituyentes, una mitad como proponen algunos movimientos
sociales, o todos, como propone la Cumbre Social realizada a mediados
de año, deben ser elegidos de manera directa por representación
de las grandes organizaciones sociales, pues esa es la manera
en que el pueblo existe como sujeto político y esos son
los hábitos deliberativos mediante los cuales la población
mayoritaria toma decisiones sobre la vida en común.
Se ha dicho que esta manera de elección debilitaría
la representación general de los constituyentes a favor
de la participación localista de los electores. Sin embargo,
esto olvida que desde la fundación de la república,
los constituyentes primero, y luego los parlamentarios, siempre
han tenido un tipo de representación meramente local y
territorial, por lo que las "regiones" siempre han estado
representadas por el voto directo de sus electores. Los representantes
por organizaciones sociales en cambio, si bien cumplen en algunos
casos un tipo de representación territorial (las juntas
de vecinos y los gremiales, por ejemplo), tienen la capacidad
de combinar una representación general (las confederaciones
campesinas, la COB) mucho más "nacional" que
la de los diputados departamentales.
Se ha afirmado también que seria imposible diseñar
una ingeniería de presentación de constituyentes
por organizaciones sociales, dada la variedad de organizaciones
y movimientos sociales existentes. Este argumento, implícitamente
admite la cualidad grupal del sujeto político pueblo, aunque
ve en ello una dificultad representativa insalvable. Ciertamente
la complejidad de la trama organizativa de la sociedad civil es
compleja y requiere mucha madurez para lograr acuerdos de consenso
entre todas los movimientos sociales para fijar un tipo de representación
social. Con todo, esto es posible mediante el cumplimientito de
tres pasos inmediatos. El primero, llevando a cabo un saneamiento
interno de las organizaciones sociales a fin de suprimir los paralelismos
organizativos. En segundo lugar mediante la elección interna
de constituyentes directos por organización social, sobre
la base del cumplimiento de sus propias normas democráticas
estatutarias, que podrían ser verificadas por la Corte
Nacional Electoral. Y, en tercer lugar, para delimitar el numero
de constituyentes por organización social, mediante un
acuerdo político entre los movimientos sociales más
importantes del país (CSUTCB, COB, CONALJUVE, CSTCB, CIDOB-CEPES,),
acuerden el número de constituyentes en función
del número de afiliados activos, a la capacidad organizativa,
a la trayectoria de movilización social, a las propuestas
políticas planteadas y a su vitalidad orgánica contemporánea.
Una representación simultáneamente dual, territorial-liberal
y gremial-comunitaria de los constituyentes, al tiempo de materializar
ya en la constituyente la dualidad organizativa e identitaria
de la población boliviana, brindaría la máxima
legitimidad y representación tanto de las personas que
estarían en la Constituyente como a los temas puestos en
debate y a las propias resoluciones finalmente adoptadas por la
Asamblea. Harían de la Constituyente un auténtico
lugar de cristalización del poder constituyente del demos
históricamente existente, que es lo que nunca a tenido
como fondo colectivo el Estado boliviano en sus 178 años
de vida.
Pero además, esto permitiría garantizar el debate
del tema central por el que la Constituyente tiene razón
de ser y que no es otra cosa que el cierre de los dos grandes
abismos que separan el actual sistema político de la sociedad.
En primer lugar, la constitución de un régimen político
multicultural que permita que las tres grandes culturas mayoritarias
(qheswa, aymara, mestiza) y el gran número de culturas
minoritarias (guaraní, mojeña, trinitaria, etc),
puedan ser reconocidas, practicadas y coexistir en igualdad de
condiciones en todos los niveles de la organización del
Estado (el régimen de autogobiernos regionales indígenas
en los territorios donde son mayoritarias, pudiera ser una forma
de unidad estatal con autonomía indígenas).
En segundo lugar, la articulación en todos los 3 niveles
de la organización política estatal (local-municipal,
meso-autonómica y superior-general), las practicas políticas
y organizativas comunitarias en la elección de autoridades,
en la toma de grandes decisiones y en la formación de la
legitimidad del nuevo orden político. En el fondo, los
dos temas centrales que deberán ser abordados por los constituyentes
son los mismos que han generado la demanda y la fuerza histórica
de los movimientos sociales para plantearse una asamblea constituyente:
¿Cómo compartimos en igualdad de condiciones varias
culturas la gestión del poder político del país?
Y, ¿Cómo ensamblamos varias prácticas y modos
organizativos políticos (liberal-representativos y comunitario-asambleísticos),
la elección de autoridades?
Notas
1.I. Kant, Crítica de la razón práctica,
El Ateneo, Buenos Aires, 1951
2. INE, Censo de Población y Vivienda, 2001.
*Álvaro García
Linera. Matemático y sociologo. Analista político.
Profesor de varias universidades bolivianas.
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