El 7 de diciembre de 2001 el Senado norteamericano votó una enmienda a la Ley de Presupuesto de Defensa que prohíbe la cooperación de Estados Unidos con la Corte Penal Internacional y le impide participar en operaciones internacionales de mantenimiento de paz, a menos que las mismas estén por fuera de la jurisdicción de la CPI.
El cable difundido por AFP informó que la enmienda, patrocinada por el senador republicano Jesse Helms y ya aprobado en la Cámara de Representantes, fue apoyada por 78 votos contra 21.
"Para que la medida se convierta en ley, debe ser aprobada por la Cámara Baja y firmada por el presidente George W. Bush. Bush no apoya la CPI a crearse en La Haya para procesar crímenes de guerra, genocidio y crímenes contra la humanidad, pero hasta el momento no la ha rechazado totalmente". El cable agrega que quienes apoyan esta legislación "argumentan que la misma es necesaria para proteger los derechos de los ciudadanos estadounidenses, garantizados bajo la constitución del país, y los que no estarían protegidos en el tratado de Roma de 1998 que creó la CPI".
A propósito de esta enmienda, la Coalición de ONG´s a favor del establecimiento de una Corte Penal Internacional denunciaron que esa ley de "Protección del Personal Militar Estadounidense" prohíbe toda asistencia militar por parte del gobierno Bush a la mayoría de los Estados que ratificaron el Estatuto de Roma, excepto a aquellos que son parte de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (OTAN) y sus aliados.
La ley establece que Estados Unidos limitará la transmisión de información sobre la seguridad nacional de los países que ratificaron el mencionado Estatuto, entre ellos la Argentina, uno de los países más comprometidos en el trabajo para que la Corte entre en funcionamiento.
Por otra parte, la ley proyectada se opone, en el caso de que la CPI entre en vigor, a la participación de estadounidenses en las operaciones para el mantenimiento de la paz de las Naciones Unidas y autorizaría al presidente de ese país a utilizar todos los medios necesarios adecuados para liberar a un ciudadano estadounidense detenido por la CPI.
En el caso de que Estados Unidos decida desvincularse del Estatuto de Roma, que firmó durante lo últimos días de mandato del ex presidente Bill Clinton, se provocará un conflicto técnico propio del derecho internacional público. Para acogerse a la cláusula de salida que prevé el tratado, hace falta firmarlo, un paso que aún no dio el Estado norteamericano.
Ya el 21 de agosto de 2001, la mayoría republicana de la Cámara de Representantes de Estados Unidos planteó condicionar el pago de parte de la deuda que tiene ese país con la Organización de las Naciones Unidas a que sea aprobada la Ley de Protección para los soldados estadounidenses en ejercicio, que busca eximirlos de la competencia de la Corte Penal Internacional.
Entre las disposiciones clave de la Ley de Protección para los soldados estadounidenses (ASPA) se encuentran:
&Mac183; La prohibición a EE.UU. de cooperar con la CPI.
&Mac183; Ningún país que haya ratificado el tratado de Roma recibirá ayuda militar estadounidense (a excepción de los miembros de la OTAN y otros aliados no pertenecientes a la OTAN, tales como Australia, Egipto, Israel, Japón, Corea, Nueva Zelandia y Taiwan).
&Mac183; Ninguna información clasificada como de seguridad nacional será transferida, ya sea de manera directa o indirecta a la CPI o a países que sean miembros del Estatuto de Roma.
&Mac183; Los EEUU no participarán en ninguna misión de mantenimiento de la paz a no ser que el presidente certifique ante el congreso que los miembros de sus fuerzas armadas estarán exentos de cualquier investigación de la CPI, y que todo país en el que los EEUU tengan fuerzas no es un miembro de la CPI o, en caso contrario, ha entrado en un acuerdo con los EEUU para eximir a los miembros de las fuerzas armadas estadounidenses de ser entregadas a la CPI, o que otros pasos han sido adoptados para garantizar que ningún miembro de las fuerzas armadas sean enjuiciados.
&Mac183; El presidente está autorizado a utilizar "todos los medios necesarios y apropiados" para lograr la liberación de personal estadounidense o aliado detenido o hecho prisionero por la Corte o en su nombre.
FUENTES: http://groups.yahoo.com/group/cecpi-esp
http://www.iccnow.org