Todos los países andinos han firmado el Estatuto de la
Corte Internacional Penal (el Estatuto de Roma) e iniciado el
proceso de ratificación.
| País |
Fecha de firma |
Fecha de ratificación |
| Bolivia |
17 de julio de 1998
|
|
| Colombia |
10 de diciembre de
1998 |
|
| Ecuador |
7 de octubre de 1998 |
17 de diciembre de
2001 |
| Perú |
7 de diciembre de 2000 |
13 de septiembre de
2001 |
| Venezuela |
14 de octubre de 1998 |
7 de junio de 2000 |
Este proceso está avanzando más
o menos rápido dependiendo de la situación legislativa
y la voluntad política en cada uno de los países.
En Bolivia, la ratificación del Estatuto ha sido aprobada
por los Comités de Derechos Humanos de cada uno de las
dos Cámaras del Congreso. La Comisión de Relaciones
Exteriores ha pedido la opinión del Ministerio de Relaciones
Exteriores antes de aprobar la ratificación. La respuesta
del Ministerio apoyó la ratificación de Estatuto
tras la realización de un estudio técnico de este,
por parte del Ministerio. También ha declarado que prefiere
esperar hasta la finalización de las sesiones de la Comisión
Preparatoria y la presentación de los documentos borradores
de los elementos de los crímenes y las Reglas de Procedimiento
y Prueba antes de tomar una decisión formal.
En Colombia, el Presidente Andrés Pastrana se declaró
a favor de la ratificación y, el 5 de diciembre de 2001,
la Cámara de Diputados de Colombia aprobó una
enmienda constitucional con el objetivo de facilitar la ratificación
del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
En Ecuador la ratificación del Estatuto de Roma fue resuelta
por una amplia mayoría del Congreso Nacional a fines
de año. Está aún pendiente su presentación
por el Ministerio de Relaciones Exteriores ante los organismos
correspondientes de la ONU.
Venezuela fue el primer país de la región que
ratificó el Estatuto de Roma. La Comisión Permanente
de Política Exterior del Senado de la República
emitió en noviembre de 1999 un informe al Senado recomendando
la aprobación de la Ley aprobatoria. Siguiendo esta recomendación
el Senado y la Cámara de Diputados aprobaron dicha ley.
Así, el 2 de junio de 2000 el Ministro de Relaciones
Exteriores firmó el instrumento de ratificación
del Estatuto. La fecha definitiva de la ratificación
de Venezuela es el 7 de junio de 2000.
En Perú, después de un periodo de estancamiento
durante el régimen de Fujimori, la situación cambió
con el gobierno transitorio. El régimen de Paniagua firmó
el Estatuto de Roma el 7 de diciembre del 2000 y, el 13 de septiembre
de 2001, con una abrumadora mayoría el Congreso de la
República de Perú aprobó el proyecto de
ratificación del Estatuto de Roma. El 10 de noviembre,
en el marco de la Asamblea General de las ONU, el presidente
Alejandro Toledo depositó el instrumento de ratificación
del Estatuto de Roma, convirtiéndose en el país
Nro. 44 en apoyar formalmente el establecimiento de la Corte
Penal Internacional.
Situación actual y la viabilidad del Estatuto
En las negociaciones del Estatuto de Roma participaron 150 países.
De éstos, solamente seis votaron en contra de la aprobación
del Estatuto en la votación final. Tres de estos países
expresaron las razones por las que votaron en contra: porque
el poder que se daba a la Sala de Cuestiones Preliminares para
bloquear la iniciativa del fiscal no era suficiente y porque
la adopción del Estatuto debería haberse hecho
por consenso y no por votación (China), por cuestión
del concepto de jurisdicción, la aplicación a
los Estados no-partes y la falta de importancia dada por el
Estatuto al Consejo de Seguridad en cuanto a la determinación
de un acto de agresión (Estados Unidos) y, finalmente,
porque el acto de trasladar habitantes a un territorio ocupado
se incluía en la lista de crímenes de guerra (Israel).
El número de Estados aumentó rápidamente
durante los últimos meses del 2000 y llegando a 139 países
el 31 de diciembre, fecha limite para la firma del Estatuto
de Roma en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Es
notable que Irán, Israel y los Estados Unidos fueron
los últimos de suscribir el Estatuto. Sin embargo, solamente
29 Estados lo han ratificado. Entre los países andinos
todos los Estados han firmado y, a la fecha, ya lo han ratificado
tres: Venezuela, Perú y Ecuador.
Para que la Corte entre en funcionamiento será necesaria
la ratificación de 60 Estados.
¿Cuales son entonces las criticas que se han presentado
en contra del Estatuto y el establecimiento de la Corte? Las
críticas contra la Corte, como ya se ha mencionado en
líneas anteriores, han sido de varios tipos. Estados
Unidos, que al principio apoyó su formación, ha
llegado a ser uno de sus críticos más importantes.
Considera que el Consejo de Seguridad de la ONU, donde Estados
Unidos es uno de los miembros permanentes con derecho de veto,
debería tener un papel más importante en la definición
de un acto de agresión y por lo tanto de competencia
de la Corte. Por otra parte, varios Estados en vía de
desarrollo han expresado su preocupación de que la Corte
podría ser usada como una herramienta del Consejo de
Seguridad para imponer la voluntad de los Estados allí
representados a otros países. Existe una seria preocupación
de que la Corte sea usada para justificar intervenciones en
asuntos internos de estos países.
Al ratificar el Estatuto los Estados trasladan la competencia,
como última instancia, para juzgar a sus ciudadanos o
a extranjeros acusados de haber cometido delitos en el territorio
del Estado. Hay que tomar en cuenta que la soberanía
del poder judicial del Estado es un símbolo antiguo de
la soberanía propia del país. Sin embargo, el
hecho de aceptar la competencia de un tribunal internacional,
y en este sentido perder algo de la soberanía del sistema
judicial, no es nuevo. Tanto en América Latina como en
Europa los Estados ya han aceptado la competencia de tribunales
internacionales superiores en relación a ciertos hechos
ocurridos bajo la competencia de la jurisdicción nacional.
Aunque las competencias y las funciones de la Corte Penal Internacional
se diferencian de las de estos tribunales por los motivos arriba
mencionados, hay que reconocer que éste es un desarrollo
por etapas y que es un paso más en un camino que ya empezó.
La figura y estructura de la Corte no son ajenas a los pasos
dados anteriormente.
Sin embargo, hay un trabajo importante que se está llevando
a cabo tanto a nivel diplomático como entre ONGs, apoyando
la ratificación y la entrada en vigor del Estatuto. Esto
nos da razones para tener optimismo en cuanto a la posibilidad
de conseguir las ratificaciones faltantes para que la Corte
empiece a funcionar en un periodo no muy prolongado. Un buen
número de países ya ha empezado el proceso de
ratificación y se espera que el Estatuto pueda obtener
el numero de ratificación necesarios para su entrada
en vigor durante el año 2002.
El propio desarrollo del Derecho Internacional y, especialmente
el de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario
ha llegado al punto en que ya no es necesario establecer más
obligaciones convencionales sino formas de controlar el cumplimiento
de las obligaciones ya existentes. Los Derechos Humanos han
pasado de ser un asunto de responsabilidad interno de los Estados
a ser un asunto de responsabilidad internacional, tanto en el
nivel de los Estados como de los individuos.
Fuentes: Comisión
Andina de Juristas http://www.cajpe.org.pe
Coalición de una Corte Penal Internacional
http://www.igc.org/icc/html/spanish.htm