Programa Andino
de Derechos Humanos

 


Documentos relativos a la Corte Penal Internacional


La Corte Penal Internacional y los países andinos


Todos los países andinos han firmado el Estatuto de la Corte Internacional Penal (el Estatuto de Roma) e iniciado el proceso de ratificación.

País Fecha de firma Fecha de ratificación
Bolivia 17 de julio de 1998  
Colombia 10 de diciembre de 1998  
Ecuador 7 de octubre de 1998 17 de diciembre de 2001
Perú 7 de diciembre de 2000 13 de septiembre de 2001
Venezuela 14 de octubre de 1998 7 de junio de 2000

Este proceso está avanzando más o menos rápido dependiendo de la situación legislativa y la voluntad política en cada uno de los países.
En Bolivia, la ratificación del Estatuto ha sido aprobada por los Comités de Derechos Humanos de cada uno de las dos Cámaras del Congreso. La Comisión de Relaciones Exteriores ha pedido la opinión del Ministerio de Relaciones Exteriores antes de aprobar la ratificación. La respuesta del Ministerio apoyó la ratificación de Estatuto tras la realización de un estudio técnico de este, por parte del Ministerio. También ha declarado que prefiere esperar hasta la finalización de las sesiones de la Comisión Preparatoria y la presentación de los documentos borradores de los elementos de los crímenes y las Reglas de Procedimiento y Prueba antes de tomar una decisión formal.
En Colombia, el Presidente Andrés Pastrana se declaró a favor de la ratificación y, el 5 de diciembre de 2001, la Cámara de Diputados de Colombia aprobó una enmienda constitucional con el objetivo de facilitar la ratificación del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional.
En Ecuador la ratificación del Estatuto de Roma fue resuelta por una amplia mayoría del Congreso Nacional a fines de año. Está aún pendiente su presentación por el Ministerio de Relaciones Exteriores ante los organismos correspondientes de la ONU.
Venezuela fue el primer país de la región que ratificó el Estatuto de Roma. La Comisión Permanente de Política Exterior del Senado de la República emitió en noviembre de 1999 un informe al Senado recomendando la aprobación de la Ley aprobatoria. Siguiendo esta recomendación el Senado y la Cámara de Diputados aprobaron dicha ley. Así, el 2 de junio de 2000 el Ministro de Relaciones Exteriores firmó el instrumento de ratificación del Estatuto. La fecha definitiva de la ratificación de Venezuela es el 7 de junio de 2000.
En Perú, después de un periodo de estancamiento durante el régimen de Fujimori, la situación cambió con el gobierno transitorio. El régimen de Paniagua firmó el Estatuto de Roma el 7 de diciembre del 2000 y, el 13 de septiembre de 2001, con una abrumadora mayoría el Congreso de la República de Perú aprobó el proyecto de ratificación del Estatuto de Roma. El 10 de noviembre, en el marco de la Asamblea General de las ONU, el presidente Alejandro Toledo depositó el instrumento de ratificación del Estatuto de Roma, convirtiéndose en el país Nro. 44 en apoyar formalmente el establecimiento de la Corte Penal Internacional.

Situación actual y la viabilidad del Estatuto

En las negociaciones del Estatuto de Roma participaron 150 países. De éstos, solamente seis votaron en contra de la aprobación del Estatuto en la votación final. Tres de estos países expresaron las razones por las que votaron en contra: porque el poder que se daba a la Sala de Cuestiones Preliminares para bloquear la iniciativa del fiscal no era suficiente y porque la adopción del Estatuto debería haberse hecho por consenso y no por votación (China), por cuestión del concepto de jurisdicción, la aplicación a los Estados no-partes y la falta de importancia dada por el Estatuto al Consejo de Seguridad en cuanto a la determinación de un acto de agresión (Estados Unidos) y, finalmente, porque el acto de trasladar habitantes a un territorio ocupado se incluía en la lista de crímenes de guerra (Israel).
El número de Estados aumentó rápidamente durante los últimos meses del 2000 y llegando a 139 países el 31 de diciembre, fecha limite para la firma del Estatuto de Roma en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York. Es notable que Irán, Israel y los Estados Unidos fueron los últimos de suscribir el Estatuto. Sin embargo, solamente 29 Estados lo han ratificado. Entre los países andinos todos los Estados han firmado y, a la fecha, ya lo han ratificado tres: Venezuela, Perú y Ecuador.
Para que la Corte entre en funcionamiento será necesaria la ratificación de 60 Estados.
¿Cuales son entonces las criticas que se han presentado en contra del Estatuto y el establecimiento de la Corte? Las críticas contra la Corte, como ya se ha mencionado en líneas anteriores, han sido de varios tipos. Estados Unidos, que al principio apoyó su formación, ha llegado a ser uno de sus críticos más importantes. Considera que el Consejo de Seguridad de la ONU, donde Estados Unidos es uno de los miembros permanentes con derecho de veto, debería tener un papel más importante en la definición de un acto de agresión y por lo tanto de competencia de la Corte. Por otra parte, varios Estados en vía de desarrollo han expresado su preocupación de que la Corte podría ser usada como una herramienta del Consejo de Seguridad para imponer la voluntad de los Estados allí representados a otros países. Existe una seria preocupación de que la Corte sea usada para justificar intervenciones en asuntos internos de estos países.
Al ratificar el Estatuto los Estados trasladan la competencia, como última instancia, para juzgar a sus ciudadanos o a extranjeros acusados de haber cometido delitos en el territorio del Estado. Hay que tomar en cuenta que la soberanía del poder judicial del Estado es un símbolo antiguo de la soberanía propia del país. Sin embargo, el hecho de aceptar la competencia de un tribunal internacional, y en este sentido perder algo de la soberanía del sistema judicial, no es nuevo. Tanto en América Latina como en Europa los Estados ya han aceptado la competencia de tribunales internacionales superiores en relación a ciertos hechos ocurridos bajo la competencia de la jurisdicción nacional. Aunque las competencias y las funciones de la Corte Penal Internacional se diferencian de las de estos tribunales por los motivos arriba mencionados, hay que reconocer que éste es un desarrollo por etapas y que es un paso más en un camino que ya empezó. La figura y estructura de la Corte no son ajenas a los pasos dados anteriormente.
Sin embargo, hay un trabajo importante que se está llevando a cabo tanto a nivel diplomático como entre ONGs, apoyando la ratificación y la entrada en vigor del Estatuto. Esto nos da razones para tener optimismo en cuanto a la posibilidad de conseguir las ratificaciones faltantes para que la Corte empiece a funcionar en un periodo no muy prolongado. Un buen número de países ya ha empezado el proceso de ratificación y se espera que el Estatuto pueda obtener el numero de ratificación necesarios para su entrada en vigor durante el año 2002.
El propio desarrollo del Derecho Internacional y, especialmente el de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario ha llegado al punto en que ya no es necesario establecer más obligaciones convencionales sino formas de controlar el cumplimiento de las obligaciones ya existentes. Los Derechos Humanos han pasado de ser un asunto de responsabilidad interno de los Estados a ser un asunto de responsabilidad internacional, tanto en el nivel de los Estados como de los individuos.

Fuentes: Comisión Andina de Juristas http://www.cajpe.org.pe
Coalición de una Corte Penal Internacional
http://www.igc.org/icc/html/spanish.htm

 
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